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Subvenciones para el desarrollo de itinerarios de empleabilidad 2021-2022

Del 20/07/2021 hasta 09/08/2021 Tramitar en línea

Información

Descripción

Resolución de la gerente de la agencia para el empleo de la ciudad de Madrid por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones destinada a entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro para el desarrollo de itinerarios de empleabilidad en el marco de los planes de barrios en las anualidades 2021 y 2022 de la agencia para el empleo de Madrid.

¿A quién va dirigido?

¿Quién lo puede solicitar?

Entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro.

¿A quién va dirigido?

Al empleo de personas empadronadas en la ciudad de Madrid, que sean desempleadas y que se encuentran con más dificultades para acceder a un empleo debido a sus circunstancias personales y sociales, la intervención se focalizará en el 2021 específicamente en los barrios y zonas colindantes de:

  • San Isidro (Carabanchel)
  • Almendrales (Usera)
  • Orcasur (Usera)
  • Entrevías (Puente de Vallecas)
  • San Diego (Puente de Vallecas)
  • San Cristóbal (Villaverde)
  • Villaverde Alto, Casco Histórico de Villaverde (Villaverde)
  • Casco Histórico de Vicálvaro (Vicálvaro)
  • Amposta (San Blas-Canillejas)

Plazo

20/07/2021 - 09/08/2021

Importe

El crédito total destinado a esta convocatoria se cifra en seiscientos dos mil doscientos euros (602.200 €), de los cuales, trescientos un mil cien euros (301.100 €) serán con cargo al ejercicio 2021 y trescientos un mil cien euros (301.100 €) con cargo al ejercicio 2022.

Requisitos

Requisitos

Las entidades que soliciten subvención con cargo a la presente convocatoria deberán reunir a la finalización del plazo de presentación de solicitudes los siguientes requisitos, que deberán mantenerse, al menos, durante el periodo en el que disfruten de la condición de beneficiarias:

a) Tener personalidad jurídica y carecer de ánimo de lucro.

b) Que sus fines y actividades sociales coincidan con la finalidad de la convocatoria y el contenido del proyecto presentado.

c) Desarrollar sus actividades o tener sede en el ámbito territorial de la ciudad de Madrid.

d) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.

e)  Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Madrid.

f) Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

g) No tener pendientes de justificación subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Madrid o sus organismos públicos, siempre que el plazo establecido para su presentación hubiera finalizado, con independencia de que el requerimiento a que se refiere el artículo 70.3 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003,de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante, RGS), se hubiera realizado o no. La apreciación de esta prohibición se realizará de forma automática y subsistirá mientras perdure la ausencia de justificación.

Cómo realizar el trámite

Cómo realizar el trámite

  • En línea: realizando la solicitud a través del enlace "Registro Electrónico" disponible en "Tramitar en línea" (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda
  • Presencialmente: en la oficina de registro situada en Paseo de los Pontones, 10 o en las oficinas de registro del Ayuntamiento de Madrid, o mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Documentación

Documentación

Documentación que deberá acompañar a la solicitud.

a) Escritura pública de constitución o acta fundacional del solicitante, en su caso, con sus posibles modificaciones posteriores, debidamente inscritas en el correspondiente Registro Oficial.

b) Solicitud de domiciliación bancaria (Documento normalizado "T" alta de pago por transferencia) debidamente cumplimentado.

c) Anexo I, Memoria explicativa del proyecto, debidamente cumplimentado.

Declaraciones responsables que deberá formular el solicitante

a) Declaración de quien ostente la representación legal de la empresa, entidad o institución solicitante haciendo constar, bajo su responsabilidad, que ésta no se halla incursa en ninguna de las causas que impiden obtener la condición de beneficiaria de subvenciones públicas, según lo dispuesto en el artículo 13 LGS, y de estar al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

b)  Declaración de que la documentación que se presenta con la solicitud y con cualquier otro trámite asociado al procedimiento de concesión de las subvenciones y su justificación, es una copia idéntica del documento original y que los datos contenidos son ciertos Las referidas declaraciones se suscribirán en la propia solicitud.

Más Información

Tramitación

Fase 1 Convocatoria:

  • Publicado en BOAM de fecha 16 de julio de 2021, número 8932.

Fase 2  Propuesta de resolución provisional.

  • Publicado en Sede y Madrid.es el 6 de octubre de 2021.

Fase 3 Propuesta de resolución definitiva.

  • Publicado en Sede y Madrid.es el 5 de noviembre de 2021.

Fase 4 Resolución definitiva de la convocatoria.

  • Publicado en Sede y Madrid.es el 1 de diciembre de 2021.

Fase 5 Resolución itinerarios empleabilidad barrios 2022.

  • Publicado en Sede y Madrid.es el 4 de noviembre de de 2022.

 

Información complementaria

El Proyecto de Itinerarios de Empleabilidad habrá de contemplar la realización de las siguientes actuaciones.

a) Identificar el colectivo susceptible de participar en la actuación.

b) Analizar las necesidades, motivaciones, expectativas y preferencias laborales del colectivo sobre el que se propone actuar, identificando los factores que promueven u obstaculizan la participación de las referidas personas en los distintos programas existentes de promoción del empleo (formación, orientación, intermediación laboral y autoempleo).

c) Detectar los principales sectores laborales y ámbitos de actuación para promocionar el empleo entre las personas con más dificultades de inserción laboral.

d) Definir las actuaciones a seguir respecto a la promoción y motivación hacia el empleo, a partir del análisis realizado en el apartado b), incluyendo entre otras:

• La realización de un diagnóstico y propuesta de itinerarios de orientación sociolaboral

• La identificación y derivación a recursos necesarios

• El acompañamiento y seguimiento personalizado

• Impartición de talleres formativos sobre competencias de acceso al empleo.

• El apoyo activo en la identificación de oportunidades de empleo.

e) Prescribir programas formativos a seguir por los participantes de los ofrecidos por las entidades públicas y, en particular, de la Agencia para el Empleo.

f) Elaborar informes con los resultados más importantes del proceso de mediación.

La entidad beneficiaria deberá disponer de los medios materiales y personales necesarios para su realización, tanto en el año 2021 como en el año 2022. A estos efectos, contará, para la realización de  cada  proyecto, con un equipo compuesto como mínimo por: un coordinador del proyecto, 5 facilitadores de empleo de barrio, 1 facilitador de formación y un auxiliar administrativo, que deberán acreditar documentalmente su formación.

Para ver la publicación completa de la convocatoria en el Boletín Oficial de Ayuntamiento de Madrid, acceda a Información relacionada.

 

Entidad Gestora

Agencia para el Empleo de Madrid

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