Ayudas al estudio para personas desempleadas que realicen acciones formativas 2023
Información
Descripción
La presente Convocatoria tiene por finalidad la concesión de becas de ayuda al estudio, a fin de incentivar la participación de personas desempleadas en las acciones formativas referidas, con el objetivo de capacitar para el desempeño de una actividad laboral, coadyuvando así a minimizar los obstáculos que impiden a las personas participantes finalizar con éxito la formación recibida y, por tanto, adquirir los conocimientos.
¿A quién va dirigido?
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones los participantes en las acciones formativas definidas en el apartado primero de esta convocatoria,
Plazo
08/06/2023 - 15/09/2023
Importe
La cuantía de la ayuda por hora lectiva de formación acreditada es de:
- 2 euros por hora, para aquellos alumnos que cursen acciones formativas entre 60 y 250 horas lectivas de duración.
- 3 euros por hora, para aquellos que cursen acciones formativas de más de 250 horas de formación.
El importe máximo a percibir por persona será de mil euros (1.000 €) para el conjunto de la presente convocatoria,
Sobre la cantidad resultante se efectuará una retención del 2% a cuenta del IRPF.
Se becarán acciones formativas individuales, no pudiéndose acumular las horas de formación realizadas en varias acciones formativas diferentes organizadas o impulsadas por la Agencia para el Empleo del Ayuntamiento de Madrid.
Requisitos
Requisitos
- Haber obtenido calificación de apto/a en la acción formativa.
- Estar en situación de desempleo a fecha de inicio de la acción formativa.
- Estar empadronado/a en la ciudad de Madrid a fecha de inicio de la acción formativa. Este requisito se excluye para personas que pertenezcan a colectivos, que, por prevención y para garantizar la asistencia y protección de las personas afectadas, se aplique una normativa especÍfica al respecto o se excepcionen específicamente en la resolución de aprobación de la acción formativa
Cómo realizar el trámite
Cómo realizar el trámite
- En línea: realizando la solicitud a través del enlace "Registro Electrónico" disponible en "Tramitar en línea" (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda.
- Presencialmente: en la oficina de registro situada en Paseo de los Pontones, 10 o en las oficinas de registro del Ayuntamiento de Madrid, o mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Más Información
Tramitación
Fase 1 Convocatoria:
- Publicado en BOAM de fecha 2 de junio de 2023, número 9396.
- Publicado en el BOCM de fecha 7 de junio de 2023, número 134.
Información complementaria
- Se deberá cumplimentar una solicitud por cada acción formativa finalizada, indicando el código y denominación de la misma, así como el número de horas de duración.
- Se deberá completar la cuenta bancaria donde se realizará el abono de la ayuda. Así mismo se deberá aportar, junto a la solicitud, un certificado de titularidad bancaria donde se compruebe la titularidad y el número de cuenta bancaria.
- Se deberá declarar responsablemente que el solicitante no es perceptor de ninguna otra ayuda pública con la misma finalidad.
Entidad Gestora
Agencia para el Empleo de Madrid
Tramitar
En línea
Presencial
Con cita previa obligatoria
Oficinas de asistencia en materia de registro del Ayuntamiento de Madrid