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Alegaciones a proyectos normativos, aprobados por la Junta de Gobierno, en período de información pública

Proyecto en fase de información pública (del 25 de octubre al 24 de noviembre de 2025)

Alegaciones a los expedientes de aprobación inicial de las Ordenanzas Fiscales.

Proyectos en fase de información pública (del 28 de octubre al 26 de noviembre de 2024)

Alegciones al expediente de aprobacion inicial de Reglamento por el que se modifica el Reglamento de Prestación del Servicio de los Mercados Centrales de Abastecimiento de Madrid, S.A. (Mercamadrid), de 6 de abril de 1984 y las Normas de Funcionamiento para los Usuarios de la Zona de Servicios y Almacenes (S.Y.A) de la Unidad Alimentaria de Madrid, aprobadas por Decreto de 15 de noviembre de 1985 del Concejal del Área de Consumo y Abastos.

Proyecto inicial Presupuestos 2026 (del 8 al 24 de noviembre de 2025)

Alegaciones al expediente de aprobación inicial del proyecto de Presupuestos Generales del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos para 2026.

Proyectos en fase de información pública (del 12 al 26 de noviembre de 2025)

Alegaciones al expediente de aprobación inicial de la propuesta de concesión de un suplemento de crédito. 

Información

Descripción

Presentación de alegaciones a los proyectos iniciales de ordenanzas, reglamentos, presupuestos y demás disposiciones de carácter general así como sus modificaciones que, aprobados por la Junta de Gobierno, se encuentran en trámite de información pública.

Puede consultar los proyectos normativos que se encuentran en fase de información pública.

 

¿A quién va dirigido?

Cualquier persona física o jurídica puede presentar alegaciones.

Cómo realizar el trámite

Cómo realizar el trámite

Están obligados a realizar la tramitación por medios electrónicos las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y demás sujetos obligados por el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En cumplimiento del artículo 68.4 de la Ley 39/2015, si la solicitud fuera presentada presencialmente, se le requerirá para que subsane tal hecho a través de su presentación electrónica. A estos efectos se considerará la fecha de presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la subsanación.

  • Presencialmente: Las personas físicas y los demás sujetos no incluidos en el mencionado artículo 14.2 de la Ley 39/2015, pueden optar por presentar su solicitud en las oficinas de registro municipales, o mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Más Información

Fundamento legal

  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. (BOE  236, de 02/10/2015).
  • Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid. (BOE  159, de 05/07/2006).
  • Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. (BOE  59, de 09/03/2004).
  • Reglamento Orgánico del Pleno del Ayuntamiento de Madrid aprobado por Acuerdo Plenario de 31 de mayo de 2004 (BOAM  5610 de 29/07/2004 y BOCM  153 de 29/06/2004).
  • Resolución del 26 de julio de 2006 del presidente del Pleno, relativa al procedimiento para la aprobación de las normas y el presupuesto por el Pleno del Ayuntamiento. (BOAM  5715 de 03/08/2006).

Entidad Gestora

Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno

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