Taxi. Autorización de módulo luminoso para taxi
Información
Descripción
Trámite de autorización de módulo luminoso para vehículos taxi del Área de Prestación Conjunta de Madrid
Importe
- Autorización de módulo luminoso. Tasa: 400,00 euros
Cómo realizar el trámite
Cómo realizar el trámite
- En línea: Realizando solicitud y pago a través del enlace ‘Registro Electrónico' disponible en ‘Tramitar en línea' (requiere identificación y firma electrónica).
- Presencial: Se presentarán las solicitudes, junto con la documentación preceptiva.
- En las Oficinas de registro municipales, así como en los registros de otras Administraciones Públicas. También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Correo electrónico: dptotecnicotaxi@madrid.es
Documentación
Documentación
- Solicitud en formulario normalizado, disponible en ‘Tramitar en línea' (Registro electrónico) y ‘Modelos de formularios'.
- Justificante del pago de la tasa prevista en la ordenanza fiscal vigente.
- Identificación del solicitante.
- Memoria descriptiva suficiente de la actuación que se pretende, que incluya:
- Justificación cumplimiento de normativa en materia de Industria y Ordenanza Reguladora del Taxi
- Planta, alzados anterior y posterior, y perfil acotados del módulo luminoso.
- Informe acerca de la instalación del módulo tarifario luminoso, sistema de sujeción y procedimiento de precintado, con planos de detalle (Vista del precintado)
- Condiciones de mantenimiento y limpieza del módulo luminoso.
- Definición de las protecciones frente a perturbaciones exteriores (grados de estanqueidad, protección contra impactos,etc).
- Catálogo comercial del módulo luminoso.
Más Información
Fundamento legal
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
https://www.boe.es/eli/es/l/2015/10/01/39 - Ley 20/1998, de 27 de noviembre, de Ordenación y Coordinación de los Transportes Urbanos de la Comunidad de Madrid.
https://www.boe.es/eli/es-md/l/1998/11/27/20/con - Ordenanza Reguladora del Taxi, de 28 de noviembre de 2012. Artículo 23.
https://sede.madrid.es/portal/site/tramites/menuitem.5dd4485239c96e10f7a72106a8a409a0/?vgnextoid=00dd1186c996f710VgnVCM1000001d4a900aRCRD&vgnextchannel=e81965dd72ede410VgnVCM1000000b205a0aRCRD&vgnextfmt=default - Decreto 74/2005, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de los servicios de transporte público urbano en automóviles de turismo de la Comunidad de Madrid. Artículo 27.
- Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Prestación de Servicios relacionados con licencias, autorizaciones y otros documentos administrativos de autotaxis, de 15 de diciembre de 1989.
https://sede.madrid.es/portal/site/tramites/menuitem.5dd4485239c96e10f7a72106a8a409a0/?vgnextoid=0ef5d94a931d3810VgnVCM2000001f4a900aRCRD&vgnextchannel=e81965dd72ede410VgnVCM1000000b205a0aRCRD&vgnextfmt=default
Entidad Gestora
Departamento Técnico del Taxi - Subdirección General de Regulación de la Circulación y del Servicio del Taxi - Dirección General de Gestión y Vigilancia de la Circulación
Tramitar
En línea
Presencial
Sin cita previa
Oficinas de registro municipales que atienden SIN cita previa
Con cita previa obligatoria
Correo electrónico
Correo
Departamento Técnico del Taxi. S.G. de Regulación de la Circulación y del Servicio del Taxi Calle Albarracín, 33 primera planta. 28037 Madrid