Cementerios Municipales. Solicitud de reducción de restos
Información
Descripción
La reducción de restos sólo podrá ser efectiva en nichos, sepulturas, mausoleos o panteones.
Requisitos
Requisitos
Haber transcurrido 5 años desde el fallecimiento de los cadáveres a reducir y 2 años desde la inhumación del último cadáver en la sepultura, el cual no se reducirá.
En el caso específico de los nichos, solo se procederá a realizar la reducción de restos para inhumar un nuevo cuerpo y una vez trascurridos 10 años desde la inhumación. Siempre que las condiciones en las que se encuantre el cuerpo sean propicias para su reducción.
Cómo realizar el trámite
Cómo realizar el trámite
Presencialmente: en la Empresa Municipal de Servicios Funerarios y Cementerios de Madrid con cita previa.
Documentación
Documentación
- Partidas de defunción de cada uno de los cuerpos a reducir, expedidas por el Registro Civil correspondiente al domicilio del fallecimiento.
Si han pasado 10 años de la inhumación, el Cementerio extiende un certificado que reemplaza la partida de defunción.
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Fotocopia del DNI del solicitante y del titular de la unidad de enterramiento.
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Documentación de la unidad de enterramiento.
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Autorización para gestionar, si el trámite lo realiza una tercera persona.
Más Información
Información complementaria
Teléfonos 915 108 202 / 915 108 203
Fundamento legal
Reglamento de Prestación de Servicios Funerarios y Cementerios
Entidad Gestora
Empresa Municipal de Servicios Funerarios y Cementerios de Madrid, S.A
Tramitar
Presencial
Con cita previa obligatoria
Empresa Municipal de Servicios Funerarios y Cementerios de Madrid, S.A.
Dpto. de Reducciones y Traslados, teléfonos 915 108 202 ó 915 108 203