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Cementerios Municipales. Solicitud de reducción de restos

Información

Descripción

La reducción de restos sólo podrá ser efectiva en nichos, sepulturas, mausoleos o panteones.

Requisitos

Requisitos

Haber transcurrido 5 años desde el fallecimiento de los cadáveres a reducir y 2 años desde la inhumación del último cadáver en la sepultura, el cual no se reducirá.

En el caso específico de los nichos, solo se procederá a realizar la reducción de restos para inhumar un nuevo cuerpo y una vez trascurridos 10 años desde la inhumación. Siempre que las condiciones en las que se encuantre el cuerpo sean propicias para su reducción.

Cómo realizar el trámite

Cómo realizar el trámite

Presencialmente: en la Empresa Municipal de Servicios Funerarios y Cementerios de Madrid con cita previa.

Documentación

Documentación

  • Partidas de defunción de cada uno de los cuerpos a reducir, expedidas por el Registro Civil correspondiente al domicilio del fallecimiento.

Si han pasado 10 años de la inhumación, el Cementerio extiende un certificado que reemplaza la partida de defunción.

  • Fotocopia del DNI del solicitante y del titular de la unidad de enterramiento.

  • Documentación de la unidad de enterramiento.

  • Autorización para gestionar, si el trámite lo realiza una tercera persona.

Más Información

Información complementaria

Teléfonos 915 108 202 / 915 108 203

Fundamento legal

Reglamento de Prestación de Servicios Funerarios y Cementerios

Entidad Gestora

Empresa Municipal de Servicios Funerarios y Cementerios de Madrid, S.A

Tramitar

Presencial

Con cita previa obligatoria

Empresa Municipal de Servicios Funerarios y Cementerios de Madrid, S.A.

Dpto. de Reducciones y Traslados, teléfonos 915 108 202 ó 915 108 203

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