Subvenciones para la realización o participación de mujeres en actividades deportivas 2025
El plazo de solicitudes es desde el 8 de mayo al 22 de mayo de 2025, ambos inclusive.
Información
Descripción
La finalidad de esta convocatoria es contribuir a reducir la brecha de género en la práctica deportiva y prevenir situaciones como el abandono temprano del deporte por un gran número de mujeres adolescentes mediante el apoyo al tejido asociativo de la ciudad, a través de la concesión de ayudas a entidades sin ánimo de lucro para la realización de actividades deportivas destinadas a mujeres o para promover su participación durante 2025.
Actividades deportivas destinadas a mujeres o para promover su participación
Se considerarán subvencionables las actividades que reúnan los siguientes requisitos:
1. Que se realicen en el término municipal de Madrid.
2. Que supongan un avance o aumento respecto de las actividades que ya vengan realizando las entidades beneficiarias, que estén dentro de un proyecto deportivo propio de la entidad y que cumpla alguna línea de acción de al menos dos objetivos de los tres formulados:
Objetivo 1. Potenciar y extender la práctica del deporte para mujeres:
Aumentar el número de licencias deportistas femeninas de la entidad en cada federación.
Mejorar el rendimiento y el nivel competitivo de las deportistas aumentando el número de equipos en JDM y/o federados.
Desarrollar acciones que faciliten la incorporación o continuidad, de mujeres en riesgo de pobreza y/o exclusión social, mujeres con discapacidad, o hayan sido víctimas de violencia de género.
Objetivo 2. Conseguir la paridad en la estructura:
Aumentar o mantener la presencia de mujeres en la estructura de la entidad.
Aumentar la presencia de entrenadoras en el cuerpo técnico de la entidad.
Desarrollar proyectos que faciliten la incorporación y permanencia de las deportistas en la entidad.
Objetivo 3. Promocionar el deporte femenino:
Desarrollar campañas específicas de promoción del deporte femenino en el entorno territorial de la entidad, especialmente entre la población en edad escolar.
Realizar acciones formativas sobre la igualdad entre mujeres y hombres en el deporte profesional y de base.
Realizar actos deportivos o competiciones, exclusivamente destinados a la participación de mujeres. No podrán ser los clasificatorios para campeonatos de España, ni ranking, ni copas autonómicas o nacionales o que la modalidad sea exclusiva de mujeres. Solo se valorará un proyecto por entidad.
Periodo subvencionable
Las entidades beneficiarias podrán obtener subvención para las actividades deportivas destinadas a mujeres o para promover su participación cuya fecha de inicio se encuentre entre el 1 de enero al 31 de diciembre de 2025.
¿A quién va dirigido?
La convocatoria se realiza en régimen de concurrencia competitiva entre entidades sin ánimo de lucro, legalmente inscritas y reconocidas en su correspondiente registro con al menos un año de antigüedad la fecha de publicación de la convocatoria.
Plazo
08/05/2025 - 22/05/2025
Importe
El importe total de esta convocatoria asciende a la cantidad de 200.000 euros.
La cuantía de la subvención correspondiente a cada proyecto beneficiario, en atención a las solicitudes presentadas y el crédito disponible, se determina en función de la puntuación obtenida al aplicar los criterios de valoración hasta un máximo de 70 solicitudes con mejor puntuación.
Requisitos
Requisitos
Podrán ser beneficiarias de la subvención las entidades sin ánimo de lucro que reúnan los siguientes requisitos:
a) Que en la fecha de publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid lleven al menos un año inscritas y reconocidas en su correspondiente registro.
b) Que tengan su domicilio social en el término municipal de Madrid (salvo las federaciones deportivas madrileñas y españolas, que podrán tener su domicilio social en el ámbito nacional).
c) Que su personalidad jurídica sea alguna de las que se relacionan a continuación:
- Federaciones deportivas madrileñas adscritas a las federaciones deportivas españolas reconocidas por la Comunidad de Madrid y por el Consejo Superior de Deportes.
- Entidades deportivas con personalidad jurídica propia previstas en el Capítulo II del Título IV de la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid y reguladas por Decreto 199/1998, de 26 de noviembre, de la Consejería de Educación y Cultura de la Comunidad de Madrid por el que se regulan las Asociaciones y Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid, que se hallen inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid, así como aquellas entidades que hayan constituido en su seno secciones de acción deportiva sujetas al marco jurídico mencionado y estén igualmente inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid.
- Fundaciones legalmente constituidas y reconocidas al amparo de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones o de la Ley 1/1998, de 2 de marzo, de Fundaciones de la Comunidad de Madrid, clasificadas e inscritas en los correspondientes Registros de Fundaciones regulados por estas normativas y que tengan entre sus actividades las relacionadas con el deporte.
- Otras entidades sin ánimo de lucro inscritas en el Registro de Asociaciones del Ministerio del Interior cuando la actividad deportiva que organicen esté autorizada por el Ayuntamiento de Madrid o por la federación deportiva competente.
No podrán ser beneficiarias las entidades anteriores en las que concurra alguna de las circunstancias que se determinan en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Cómo realizar el trámite
Cómo realizar el trámite
- En línea: realizando la solicitud a través del enlace "Registro electrónico" disponible en "Tramitar - en línea" durante el plazo de la solicitud, en "Modelos de formularios" (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda).
- Plazo del 8 al 22 de mayo de 2025 (10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, nº 108 de 7 de mayo de 2025
Documentación
Documentación
Solicitud en formulario normalizado, disponible en "Tramitar en línea" (Registro electrónico).
La solicitud deberá cumplimentarse en su totalidad y acompañarse de la documentación acreditativa correspondiente:
a) Proyecto, que deberá concretar al menos los siguientes aspectos:
- El compromiso explícito de la entidad con la igualdad entre mujeres y hombres.
- Un diagnóstico previo de la situación del deporte femenino en la entidad antes del proyecto, con indicadores cuantificables y datos segregados por sexo.
- Como mínimo una línea de acción de al menos dos objetivos de los tres relacionados en el apartado Tercero punto 2 de la presente convocatoria. Rellenando los apartados en el proyecto con antes y después.
Tanto en el proyecto presentado como durante todo el periodo de ejecución de este, la entidad deberá hacer uso de un lenguaje no sexista, evitar imágenes discriminatorias de las mujeres y fomentar la transmisión de mensajes con valores de igualdad de género.
b) Presupuesto de ingresos y gastos firmado por la persona representante legal de la entidad, donde no deberá figurar cantidad alguna como subvención del Ayuntamiento, debiendo detallarse de forma expresa el resto de los ingresos.
En caso de que no se haya realizado el proyecto, presupuesto estimado de gastos e ingresos, firmado por la persona representante legal de la entidad.
c) En caso de haber finalizado el proyecto en el momento de la solicitud, memoria de la ejecución realizada y los resultados obtenidos.
d) Inscripción de la entidad en el registro correspondiente, salvo las entidades deportivas inscritas en el Registro de entidades deportivas de la Comunidad de Madrid.
Las solicitudes podrán presentarse en un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el “Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid”.
Más Información
Tramitación
Fase 1 convocatoria: aprobación de las bases por las que se regirá la convocatoria de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la realización de actividades deportivas destinadas a mujeres o para promover su participación durante el año 2025. BOAM Nº
Información complementaria
Para obtener información detallada del tipo de gastos subvencionables, documentación, requisitos, obligaciones de los beneficiarios, criterios de valoración y otros detalles de esta subvención, consultar las Bases de la convocatoria disponibles en el apartado Información relacionada.
¿Cómo certificar el Anexo 3?
La participación en las competiciones federadas, será la Federación Territorial la que certifique a través del Anexo 3 el número de licencias y/o equipos y sólo será válida si está debidamente firmada por la federación correspondiente.
¿Cómo certificar el Anexo 4?
Para certificar la participación en Juegos Deportivos Municipales se deberá cumplimentar por la entidad y firmar el Anexo 4. Esta declaración será comprobada de oficio.
Fundamento legal
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Capítulos I a III del Título I. Artículos 22-34.
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones. Capítulos I y II del Título I. Artículos 55-66.
- Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013. Capitulo III. Artículos 23-30.
Entidad Gestora
Dirección General de Deporte del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte