Subvenciones para el desarrollo de eventos que promuevan la ciencia, la tecnología, el emprendimiento y la innovación 2025
Información
Descripción
El objeto de la convocatoria es apoyar la innovación mediante el desarrollo de eventos que promuevan la ciencia, la tecnología, el emprendimiento y la innovación en la ciudad de Madrid, para la anualidad 2025.
Puede consultar las distintas fases en las que se encuentra la tramitación en el apartado "Más información - Tramitación".
¿A quién va dirigido?
Tendrán la consideración de entidades beneficiarias aquellas empresas que realicen eventos que promuevan la ciencia, la tecnología, el emprendimiento y la innovación y que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 3 de la convocatoria.
Cuantía máxima de las ayudas: La ayuda consistirá en una subvención del 50% del coste sin IVA del evento, hasta un máximo de 200.000 euros.
Plazo
20/05/2025 - 16/06/2025
Requisitos
Requisitos
Para ser beneficiarios
Tendrán la consideración de entidades beneficiarias las empresas que cumplan todos los requisitos establecidos a continuación:
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Que realicen eventos que promuevan la ciencia, la tecnología, el emprendimiento y la innovación en la ciudad de Madrid
Se consideran eventos que promuevan la ciencia, la tecnología, el emprendimiento y la innovación los siguientes:
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Que estén centrados en la innovación. No se considerará que un evento está centrado en la innovación por el mero hecho de utilizar tecnología en su producción o desarrollo.
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Que tengan como finalidad principal alguna de las siguientes:
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promover el emprendimiento innovador o tecnológico
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difundir los últimos avances tecnológicos entre las empresas
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divulgar la investigación científica para su transferencia al mercado, conectando el sector empresarial con centros académicos y de investigación
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acercar los avances tecnológicos y la innovación a la ciudadanía, haciéndola participe con un enfoque experimental y abierto.
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Que se realicen en el término municipal de Madrid, desde el 1 de noviembre de 2024 hasta el 31 de octubre de 2025.
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Que se realicen en un plazo cierto no superior a 5 días consecutivos, ni inferior a 2 días consecutivos, no formando parte del evento a los efectos de la subvención, los actos de presentación realizados con anterioridad o de resultados realizados con posterioridad.
- Que tengan carácter presencial o formato híbrido.
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Que tengan un sitio web.
- Que tengan un coste sin IVA igual o superior a 150.000 euros.
- Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
- Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Madrid
- Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones
- No tener pendientes de justificación subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Madrid o sus organismos públicos, siempre que el plazo establecido para su presentación hubiera finalizado, con independencia de que el requerimiento a que se refiere el artículo 70.3 del RGS se hubiera realizado o no. La apreciación de esta prohibición se realizará de forma automática y subsistirá mientras perdure la ausencia de justificación.
- No estar incursas en el resto de las prohibiciones que se establecen en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la LGS para obtener la condición de entidad beneficiaria de subvenciones.
- Que cumplan el art. 19.3 LGS que establece que el importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.
No serán eventos subvencionables:
- Aquellos que, estando centrados en materias distintas de la innovación, incluyan de manera complementaria charlas o actuaciones que puedan versar sobre ciencia, tecnología, investigación o emprendimiento.
- Aquellos que consistan fundamentalmente en la entrega de premios y reconocimientos.
- Aquellos cuya finalidad sea fundamentalmente la promoción de los intereses comerciales de la entidad solicitante.
- Aquellos que consistan fundamentalmente en la formación, tales como seminarios, capacitaciones y otros eventos de carácter didáctico.
Quedan excluidos como beneficiarios de la subvención todas aquellas entidades que no cumpla la condición de sociedad mercantil.
Cómo realizar el trámite
Cómo realizar el trámite
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En línea: realizando la solicitud a través del enlace `Registro Electrónico´ disponible en `Tramitar en línea´ (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda.
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Plazo: del 20 de mayo al 16 de junio de 2025 (20 días hábiles contados desde el siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid) BOCM número 118 de 19 de mayo de 2025).
Documentación
Documentación
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Solicitud en formulario normalizado, disponible en ‘Tramitar en línea' (Registro electrónico)
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Documento en la que aparezca la relación numerada de los documentos aportados.
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Memoria descriptiva del evento con un mínimo de 10 páginas y un máximo de 20 páginas. Incluirá los siguientes elementos: descripción del evento, fecha y lugar de celebración, programa detallado de actividades (provisional o definitivo, en función de si el evento ya se ha realizado), sitio web del evento, número de asistentes (previsto o real, en función de si el evento ya se ha realizado), acreditación del cumplimiento de los requisitos para ser beneficiarios contenidos en el apartado 3 de las presentes bases y la información que considere relevante para la acreditación de los criterios de valoración a los que se refiere la apartado 12 de las presentes bases.
- Memoria económica del evento:
La memoria económica se presentará de conformidad a los modelos Excel disponibles en “Información relacionada” y a la Nota explicativa que consta en el mismo apartado.
- Si se trata de un evento que no se hubiera celebrado con anterioridad a la presentación de la solicitud de subvención, se especificará el presupuesto del coste sin IVA del evento, desglosado al menos por las partidas de gastos subvencionables establecidas en el apartado 5 de las presentes bases. En relación con el cumplimiento del artículo 19.3 de la LGS, se especificará el presupuesto de ingresos del evento, desglosado por ingresos de entradas, alquiler de stands, otras subvenciones, patrocinios y otros ingresos directos del evento.
- Si se trata de un evento celebrado con anterioridad a la presentación de la solicitud de subvención, se presentará la siguiente documentación:
- Listado de facturas que forman parte del coste sin IVA del evento estructurado en una tabla, según formato disponible en "Información relacionada. Modelos de documentos".
Para cada factura se indicarán, entre otros datos, el importe de la factura, el importe de la factura imputado al evento y el importe de la factura financiado por la subvención.
Por cada factura (o documento de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil con eficacia administrativa) incluida en este listado, se aportará un documento PDF que incluya la factura. Dicho documento se denominará “Factura_f.PDF”, donde f es el orden de la factura en la relación anterior.
Sólo se admitirán para el cómputo del coste sin IVA las facturas en las que los gastos estén identificados y se haga mención del evento subvencionado por parte del emisor de la factura, no admitiéndose conceptos codificados o el añadido de menciones al evento por parte del beneficiario.
Las facturas habrán de reunir los requisitos que exige el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre.
- Listado de nóminas correspondientes al gasto de personal propio que forman parte del coste sin IVA del evento estructurado en una tabla, según formato disponible en "Información relacionada. Modelos de documentos".
Para cada nómina se indicarán, entre otros datos, el salario total devengado, el importe imputado al evento y el importe financiado por la subvención.
Por cada nómina incluida en este listado, se aportará un documento PDF que incluya la nómina. Dicho documento se denominará “Nómina_n.PDF”, donde n es el orden de la nómina en la relación anterior.
Además, por cada persona empleada de la que se presenten nóminas, se deberá aportar una declaración firmada por la persona empleada en la que se incluirá su nombre, su cargo en la entidad, una breve descripción de sus responsabilidades en relación con el evento y los porcentajes de dedicación al evento en los meses a los que se refieren las nóminas que se incluyan.
- En relación con el cumplimiento del artículo 19.3 LGS, una declaración sobre el importe de los diferentes ingresos y costes del evento.
El importe de los ingresos se desglosará en ingresos por entradas, ingresos por patrocinios, ingresos por subvenciones, ingresos por alquiler de stands y otros ingresos directos.
El importe de los costes se desglosará por el coste sin IVA del evento (correspondiente al total imputado al evento de las facturas y nóminas de los apartados anteriores y por otros costes directos del evento (no documentado en las facturas y nóminas de los apartados anteriores).
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Documento normalizado "T" alta de pago por transferencia
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Copia de la escritura o documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda según el tipo de persona jurídica de que se trate, así como acreditación del poder de representación del firmante de la solicitud en caso de que dicha solicitud se haya presentado, actuando como representante, por persona distinta de la entidad interesada.
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Certificados de estar al corriente del pago en las obligaciones tributarias con la Administración estatal y con la Seguridad Social (sólo en el caso de que en el formulario de solicitud no se haya autorizado expresamente la consulta de los datos a través de la Plataforma de Intermediación de Datos de la Administración General del Estado).
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Certificado de estar el corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Madrid (sólo en el caso de que en el formulario de solicitud no se haya autorizado expresamente la consulta de los datos disponibles en el Ayuntamiento de Madrid).
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Declaración de quien ostente la representación legal haciendo constar, bajo su responsabilidad, que esta se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Así como, de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Madrid.
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Declaración de quien ostente la representación legal de la entidad haciendo constar, bajo su responsabilidad, que ésta no se halla incursa en ninguna de las causas que impiden obtener la condición de entidad beneficiaria de subvenciones públicas, según lo dispuesto en el artículo 13 LGS, y de estar al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
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Declaración de quien ostente la representación legal de la entidad solicitante haciendo constar, bajo su responsabilidad, que la entidad no tiene pendiente de justificación fuera de plazo subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Madrid o sus organismos públicos.
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En caso de concurrencia con otras subvenciones al evento, declaración de quien ostente la representación legal de la entidad solicitante haciendo constar, bajo su responsabilidad, las subvenciones al evento solicitadas o concedidas, indicando organismo concedente, fecha de solicitud o concesión, importe de la subvención solicitada o concedida.
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Declaración de quien ostente la representación legal de la entidad solicitante haciendo constar, bajo su responsabilidad, que cumple con la normativa de minimis para ser beneficiaria de la ayuda.
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Certificado de ayudas de minimis, emitido durante el plazo de presentación de solicitudes, cuya obtención se puede realizar en el apartado enlaces de la dirección web https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/index
Más Información
Tramitación
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Fase 1 convocatoria: BOAM número 9880 de 19 de mayo de 2025.
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Fase 2 propuesta de resolución provisional:
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Fase 3 propuesta de resolución definitiva:
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Fase 4 resolución definitiva, concesión:
Información complementaria
Más información: ver bases completas de la convocatoria en el apartado "Información relacionada"
Fundamento legal
Entidad Gestora
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda