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Mobiliario urbano (excepto mobiliario para terrazas de veladores). Solicitud de homologación y formulario de autoliquidación de tasa

Información

Descripción

Los Servicios Municipales, previo estudio, emitirán informe favorable para conceder la homologación en base a las características del elemento del mobiliario urbano, su armonización con el entorno y las ventajas de su explotación. La homologación de los nuevos elementos se concederá por los siguientes plazos:

  • Para los elementos sometidos al régimen de concesión, por los señalados en las bases que los regulan.
  • Para los restantes elementos, por un máximo de cinco años.   
  • Las prórrogas se concederán por un plazo máximo de cinco años siempre que el elemento no haya sufrido modificación alguna y cumpla con la normativa vigente, previa petición del interesado con antelación de 3 meses a la caducidad del plazo de homologación.

Cómo realizar el trámite

Cómo realizar el trámite

En línea: realizando la solicitud a través del enlace ‘Registro Electrónico' disponible en ‘Tramitar en línea' (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda 

Documentación

Documentación

Deberá presentarse formulario de solicitud de homologación normalizado, acompañado de la siguiente documentación:

  1. Memoria descriptiva del elemento con detalle de los datos constructivos, materiales empleados, tratamientos, acabados y demás especificaciones de uso.
  2. Planos, a escala conveniente, de planta, alzado y perspectivas del elemento, debidamente doblados a tamaño A4 con arreglo a lo dispuesto en las normas UNE.
  3. Fotografías impresas tomadas con perspectiva, así como en soporte digital en tamaño mínimo de 10x10 cm y a una resolución 250 ppp formato JPEG.
  4. Explicación pormenorizada del elemento: forma de instalación, explotación, conservación, reposición y reparación.
  5. Certificado ISO 9001 del fabricante del elemento, o cualquier otra documentación que garantice la calidad de los materiales y el proceso de fabricación.
  6. Certificado ISO 14001, EMAS u otro que acredite que el fabricante se encuentra adherido a un sistema de gestión integral de residuos.
  7. En el caso de que el elemento tenga piezas de madera, especies de maderas empleadas y certificado que justifique la integración del fabricante o proveedor en cadena de custodia (FSCPEFC o sistema equivalente).
  8. En el caso de juegos infantiles, certificado de cumplimiento de la norma UNE-EN-1176 por el elemento.
  9. En el caso de juegos deportivos o de mayores, certificado de cumplimiento de la norma UNE-EN 16630 por el elemento.
  10. Justificante del pago de la tasa. Tenga en cuenta que:
  • Si la solicitud se realiza en línea, en el mismo proceso se requerirá el pago electrónico, que adjuntará automáticamente el justificante de pago a la solicitud.
  • En caso de tramitación presencial, el pago debe realizarse utilizando exclusivamente los formularios de autoliquidación PDF disponibles en el apartado "Modelos de formularios".

Más Información

Fundamento legal

  • Ordenanza General sobre Mobiliario Urbano. Acuerdo Pleno de 1 de marzo 1985. BOAM Num. 4607 de 16 de mayo 1985.
  • Ordenanza Reguladora de los Quioscos de Prensa. Acuerdo del Pleno de 27 de febrero de 2009. BOAM núm. 5902 17/03/2009. BOCM núm. 69 23/03/2009.
  • Ordenanza Municipal Reguladora de la Venta Ambulante. Acuerdo del Pleno de 27 de marzo de 2003. BOAM. Num. 5549 29/05/2003. BOCM num. 93 21/04/2003. Rectificaciones BOCM 28/04/2003.
  • Pliego de Condiciones Técnicas Generales del Ayuntamiento de Madrid.
  • Normalización de Elementos Constructivos del Ayuntamiento de Madrid, capítulo 9.
  • Condiciones y Criterios Generales Estéticos y de Diseño del Mobiliario Urbano de la Ciudad de Madrid.
  • Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Expedición de Documentos Administrativos.

Entidad Gestora

Dirección General del Espacio Público, Obras e Infraestructuras del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos

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