Taxi. Suspensión temporal
Cuando se produzca una circunstancia que impida la prestación del servicio por plazo superior a treinta días consecutivos o sesenta alternos, el Ayuntamiento de Madrid podrá autorizar la suspensión temporal de la licencia, por plazo máximo de un año, previa solicitud justificada de la persona que ostente la titularidad.
Transcurrido el plazo máximo de un año, la persona que ostente la titularidad deberá incorporarse al servicio o solicitar el pase a la situación de excedencia.
En la situación de suspensión temporal no se podrá prestar ningún servicio con el vehículo.
La suspensión temporal concedida por plazo inferior al máximo podrá ser prorrogada hasta alcanzar el plazo máximo, en los mismos términos señalados para la concesión inicial.
Si antes de finalizar el plazo por el que fue concedida, la persona que ostente la titularidad quisiera reanudar el servicio previa la debida comunicación al Ayuntamiento, dicha situación quedará sin efecto.
Para poder solicitar la Suspensión temporar previamente debe realizar el trámite de entrega de todas las tarjetas de identificación activas de la licencia - Ver trámite Entrega de Tarjetas de Identificación
Documentación
Recuerde que debe aportar toda la documentación solicitada al realizar el tramite.Sin la aportación correcta de estos documentos la tramitación será denegada.
Estado del Trámite
- Una vez realizada la tramitación puede consultar el estado de su trámite en: Mi Carpeta.
- Mediante correo electrónico a tarjetaconductortaxi@madrid.es dando los datos de identificación del solicitante, el nº de anotación de registro y el trámite solicitado.
¿Necesitas ayuda?
- Información importante para la tramitación electrónica.
- Ayuda trámites en línea de la sede electrónica.
- Como presentar una solicitud a través de registro electrónico.
- Preguntas frecuentes uso formularioso electrónicos.
- Preguntas más frecuentes acerca de solicitudes de trámites y contacto Oficina Municipal del Taxi.
¿Quieres contactar con nosotros?
- En el correo electronico: tarjetaconductortaxi@madrid.es
- Nuestras oficinas: Taxi Ayuntamiento de Madrid.
¿A quién va dirigido?
Personas que ostenten la titularidad de licencias de autotaxi o su/s heredero/s o herederas/s
- En línea: realizando solicitud y pago a través del enlace ‘Registro Electrónico' disponible en ‘Tramitar en línea' (requiere identificación y firma electrónica).
Para más información: consultar la ayuda. Si realizando el trámite tiene errores o fallos puede consultar este vínculo: Preguntas frecuentes uso formularios electrónicos.
- Presencial: Con cita previa obligatoria. Las solicitudes, junto con la documentación preceptiva, deberán presentarse en la calle Albarracín, 33, planta baja), o en las Oficinas de registro municipales, así como en los registros de otras Administraciones Públicas. También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El horario de apertura de las instalaciones será de 08:30 a 14:00 horas, de lunes a viernes, salvo festivos.
Puede solicitar la cita para realizar el trámite a través de los canales de atención de Línea Madrid:
- Solicitud cita en línea: a través del enlace www.madrid.es/citaprevia. Seleccione en “Tipo de servicio” [Gestión del taxi] y en “Gestión” [Licencias de autotaxi]
- Solicitud cita por teléfono: A través del teléfono gratuito 010, si llama desde la ciudad de Madrid, o del 915 298 210, si llama desde la ciudad de Madrid o desde fuera (se factura como cualquier otra llamada al municipio de Madrid, en función de las tarifas que tenga contratado el abonado llamante).
- Línea Madrid en redes sociales:
- Twitter: @Lineamadrid
- Messenger de Facebook: @Lineamadrid
- Contactar a través Chat en línea: Pulsando el icono 'Chat on line Línea Madrid' que encontrará flotando en la página”.
- Nota sobre la cita previa para realizar trámites: No se atenderan en las oficinas de la calle albarracín nº 33 a personas que pidan cita para otros departamentos y otros trámites que no sean el que se pretende tramitar. Esto alteraría injustamente las listas de espera para acceder a la ventanilla para realizar trámites.
Nota importante sobre la tramitación Presencial: Se ruega que acuda puntual, en base a la hora de cita asignada. En caso contrario no se permitirá el acceso a las instalaciones hasta llegar la misma, pudiendo incluso perderse el turno de cita de haber un retraso excesivo.
La atención será individual, de 1 en 1, excepto personas dependientes y su acompañante o personas adultas con menores a su cargo, siempre y cuando no sea evitable que acudan acompañados/as, y con un máximo de 2 personas por cita, independientemente de su edad.
Los ciudadanos/as deberán acudir provistos de mascarilla (obligatoria) y guantes (recomendados), así como de la documentación que acredite su identidad.
Se facilitará gel hidroalcohólico para la desinfección de las manos antes de acceder a las instalaciones, siendo obligatoria su utilización.
A fin de garantizar la distancia de seguridad en la sala de espera, se controlará el acceso en función del aforo de la misma, por lo que en caso de ser necesario pudiera darse la circunstancia de que las personas deban esperar en el exterior del edificio.
Se deberán guardar las distancias interpersonales de seguridad en todo momento (2 metros) y el respeto de los encaminamientos de circulación indicados en el interior de las instalaciones.
El incumplimiento de las normas anteriores o de las indicaciones del personal de las instalaciones podrá suponer que se impida el acceso a las mismas o su expulsión de ellas.
- Solicitud en formulario normalizado, disponible en ‘Tramitar en línea' (Registro electrónico) y ‘Modelos de formularios'.
- Deberá indicarse la circunstancia que motiva la solicitud y el plazo por el que se solicita (máximo un año).
Para poder solicitar la Suspensión temporar previamente debe realizar el trámite de entrega de todas las tarjetas de identificación activas de la licencia - Ver trámite Entrega de Tarjetas de Identificación
Información complementaria
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- Apple Store: IOS-TXMAD.
- Google Play: Android-TXMAD.
Protección de datos
Sugerencias, reclamaciones y felicitaciones en el Ayuntamiento de Madrid
- Si quiere enviar cualquiera de sus opiniones sugerencias, reclamacines o felicitaciones puede hacerlo a través de este vínculo: Sugerencias y Reclamaciones.
Mejora nuestra Web
- Si encuentra que la información de esta página web del Ayuntamiento no es correcta o esta desactualizada puede comunicarlo de forma anónima a través del vínculo que aparece al pie de la misma junto al epígrafe ¿Te ha sido útil esta página? (recuerde es anónima y sólo sirve para informar de errores en la información de la página o errores de funcionamiento y no sobre la tramitación de expedientes).
Fundamento legal
- Ordenanza Reguladora del Taxi. Acuerdo Pleno de 28 de noviembre de 2012. Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 13 de diciembre de 2012 (núm. 297, pág. 52).
- Modificación de la Ordenanza Reguladora del Taxi. Acuerdo del Pleno de 30 de julio de 2014. Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 13 de agosto de 2014 (núm. 191, pág. 228).
- Modificación de la Ordenanza Reguladora del Taxi. Acuerdo del Pleno del 1 de junio de 2021, que aprueba la Ordenanza 8/2021, del 1 de junio del 2021. Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de 22 de junio de 2021.
Entidad Gestora
Departamento Jurídico del Taxi - Subdirección General de Regulación de la Circulación y del Servicio del Taxi - Dirección General de Gestión y Vigilancia de la Circulación
Tramitar
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Información relacionada
- Otros trámites