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Subvenciones para la modernización y dinamización de los mercados municipales y galerías de alimentación 2022

Del 26/02/2022 hasta 17/03/2022 Tramitar en línea
Publicados los listados de beneficiarios de subvención 2022

Pueden consultar la información en el apartado "Otros contenidos" de esta misma página.

Información

Descripción

Convocatoria de subvenciones dirigida a la financiación de proyectos realizados en los mercados municipales, galerías de alimentación definidas en el Anexo I de la Convocatoria, y en los locales de estos establecimientos, para las siguientes inversiones:

  • Obras de construcción, reforma integral, modernización o acondicionamiento de edificios, locales o instalaciones.
  • Supresión de barreras arquitectónicas.
  • Modernización de aseos públicos y dependencias para uso de los trabajadores de estos establecimientos.
  • Mejora de la accesibilidad de las instalaciones.
  • Obras e instalaciones destinadas al consumo racional de recursos energéticos o reducción de impacto medioambiental de los residuos generados.
  • Desarrollo de experiencias de agrocompostaje.
  • Instalación de puntos de recarga de vehículos eléctricos.
  • Instalación de equipos de frío industrial.
  • Adquisición e instalación de mostradores, vitrinas y expositores de venta al público. 
  • Gastos de certificación de la eficiencia energética en mercados municipales y galerías de alimentación
  • Adquisición de equipos de control y conteo de afluencia de visitantes.
  • Adquisición de taquillas refrigeradas y puntos de recogida de compra.
  • Adquisición de equipos de control de calidad del aire.
  • Instalación de placas solares fotovoltaicas de producción eléctrica.
  • Sustitución de gases fluorados de efecto invernadero.
  • Sustitución de cubiertas de edificaciones realizadas con materiales fuera de normativa o que puedan constituir residuo peligroso.
  • Gastos corrientes señalados en la base 5.2. de la convocatoria.

Los porcentajes y máximos de subvención a obtener podrán consultarse en la base 9 de la Convocatoria.

Más información y gastos excluidos de subvención en las bases de la convocatoria, en el apartado "Información relacionada".

¿A quién va dirigido?

  • Titulares de concesión administrativa de los mercados municipales
  • Usuarios o titulares del derecho de uso que ejercen la actividad de comercio o servicios en locales de mercados municipales. 
  • Titulares de galerías de alimentación con autorización inicial de actividad concedida por el Ayuntamiento de Madrid según los Reglamentos de Galerías de Alimentación de 1965, 1967, 1969, 1971 o 1976. En el Anexo I de esta Convocatoria pueden consultar el listado de galerías de alimentación que cumplen estos requisitos. 
  • Quienes ejerzan la actividad de comercio en un local de las galerías de alimentación indicadas en el punto anterior.

 

NOTA: No se admitirán a trámite las solicitudes que no se acompañen al menos de:

  1. Memoria descriptiva de las actuaciones que integran el proyecto.

  2. Facturas o presupuestos definidos y detallados de las inversiones para las que se solicita ayuda

Plazo

26/02/2022 - 17/03/2022

Requisitos

Requisitos

  • Desarrollar su actividad en dichos mercados y/o galerías de alimentación y realizar la inversión en los mismos.
  • No tener deudas en período ejecutivo de  pago con el Ayuntamiento de Madrid salvo que estén debidamente garantizadas.
  • Las Asociaciones sin ánimo de lucro deben de estar legal y formalmente constituidas.
  • Los usuarios de locales y titulares de galerías de alimentación deben tener la consideración de pyme.
  • Plazo de ejecución: del 1 de septiembre de 2021 al 31 de diciembre de 2022, salvo subvenciones de carácter plurianual.
  • Las galerías de alimentación, realizadas las obras subvencionadas, deberán cumplir lo siguiente:
    • Un mínimo de 5 establecimientos activos.
    • Al menos 4 establecimientos con una superficie inferior a 500 metros cuadrados.
    • Y al menos el 35% de los establecimientos de la galería se dedicarán al comercio al por menor de productos alimenticios y bebidas.
  • Para poder proceder a la tramitación de la ayuda, la inversión mínima será, con carácter general, de 2.000 euros en el caso de locales y 6.000 euros en el caso de mercados y galerías. 

Cómo realizar el trámite

Cómo realizar el trámite

Están obligados a realizar la tramitación por medios electrónicos: las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y demás sujetos obligados por el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

  • Presencialmente: los ciudadanos y demás sujetos no incluidos en el mencionado artículo 14.2 de la Ley 39/2015, pueden optar por presentar su solicitud en las Oficinas de asistencia en materia de registro del Ayuntamiento de Madrid, con cita previa, así como en los registros de otras Administraciones Públicas. También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

  • Plazo de presentación de solicitudes: 20 días naturales desde el día siguiente al de publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Documentación

Documentación

 

  • Solicitud en formulario normalizado, disponible en "Tramitar en línea" (Registro electrónico) y "Modelos de formularios"
  • Memoria descriptiva de la actividad que contenga datos generales, comerciales y técnicos de la persona física o jurídica solicitante.
  • Datos del proyecto:
    • Memoria descriptiva detallada de la inversión a realizar,
    • Facturas o presupuestos económicos que integran el proyecto, con descripción de cada una de los conceptos incluidos y desglose del gasto por unidades.
    • Planos de situación de la actividad comercial y de las inversiones para las que se solicita subvención.
    • Previsión de fases de ejecución y cronograma de actuaciones.

 

Es preciso que consulten la base 13.3. de la Convocatoria, donde pueden ampliar la información sobre la documentación necesaria para tramitar su solicitud de ayuda.

Más Información

Tramitación

  • Fase 1 convocatoria: publicación de las bases por las que se regirá la convocatoria de subvenciones para la modernización y dinamización de los mercados municipales y galerías de alimentación correspondiente al año 2022. BOAM  9085 de 25 de febrero de 2022
  • Fase 2 propuesta de resolución provisional
  • Fase 3 propuesta de resolución definitiva
  • Fase 4 resolución definitiva

Información complementaria

Más información: ver bases completas y anexos de la convocatoria en "información relacionada"

Fundamento legal

Entidad Gestora

Dirección General de Comercio y Hostelería

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