Certamen de Cortometrajes de Carabanchel 2025
Información
Descripción
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El objeto de este certamen es promover e incentivar, mediante la concesión de cuatro premios, los equipos de dirección y producción del mundo del cortometraje, brindando una oportunidad a los realizadores y realizadoras para la exhibición de sus obras.
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La finalidad de esta convocatoria es el impulso de la competitividad de la industria audiovisual y favorecer el desarrollo de los agentes y el talento del sector.
¿A quién va dirigido?
Personas físicas, (directores de cine y productores) y jurídicas (empresas productoras), de ámbito estatal, que elaboren los cortometrajes.
Plazo
12/11/2024 - 25/11/2024
Requisitos
Requisitos
De los cortometrajes:
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El año de producción ha de ser el 2023 o el 2024, y no debe haber participado en ediciones previas de este certamen.
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Debe ser de producción española y su duración no podrá ser superior a 30 minutos.
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Las obras cuyo idioma original sea diferente al castellano deberán incluir subtítulos en este idioma.
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Se admiten cortometrajes de ficción, animación, experimentales y documentales.
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Los cortometrajes deberán tener la resolución del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICAA) relativa a la calificación por edades, que tiene carácter imprescindible. Los que no dispongan de ello serán automáticamente excluidos de la participación en este certamen.
De los participantes:
- Los participantes se responsabilizan de que no existan derechos a terceros por el uso de piezas musicales en las obras presentadas, ni por derechos de imagen de las personas que aparezcan en ellas, eximiendo a la organización de cualquier tipo de responsabilidad ligados a la producción y muestra del cortometraje presentado.
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De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, no podrán obtener la condición de beneficiario del premio si concurren en alguna de las circunstancias enumeradas en el citado artículo.
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Deberán encontrarse al corriente de pago en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y del cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones en la forma establecida en el artículo 33 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismo Públicos.
Cómo realizar el trámite
Cómo realizar el trámite
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En línea a través del enlace disponible en el apartado “Tramitar en línea” (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda.
- Presencialmente: en las oficinas de asistencia en materia de registro del Ayuntamiento de Madrid, así como en los registros de otras Administraciones Públicas. También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Sólo se admitirá la presentación de un cortometraje por formulario de solicitud.
La solicitud de participación podrá ser presentada:
- Persona física productora del corto, coincidiendo la persona interesada con la productora del cortometraje.
- Por una distribuidora, o persona física interesada, (director del corto…) representando a la empresa productora o empresa coproductora participante, en cuyo caso, deberá bajo su responsabilidad cumplimentar los apartados referidos a las declaraciones responsables, permisos, aceptación del premio y consulta de datos en nombre de la productora a efectos de liquidación.
- Por la empresa productora del cortometraje presentado.
Forma de presentación del cortometraje:
El cortometraje deberá estar colgado en una plataforma para su visionado sin necesidad de descarga (con contraseña si fuera necesario). En el caso de ser seleccionado tendrá que ser posible su descarga.
Formatos permitidos: formato MP4 o H264. Cualquier otro formato utilizado o el incumplimiento de las condiciones del párrafo anterior supondrá la no admisión a concurso.
Por correo electrónico a cultucarabanchel@madrid.es se enviará un enlace para el visionado del cortometraje y se adjuntará una ficha técnica de la obra en formato Word, en la que deberá constar:
- Título y autoría
- Género (ficción, animación, experimental, documental) y duración
- Dirección y reparto
- Producción y año de producción
- Breve sinopsis
- Resguardo de la solicitud presentada por registro
Plazo: del 12 de noviembre hasta las 14 horas del 25 de noviembre de 2024 (día siguiente de la publicación de las bases en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid nº 270 de 12 de noviembre de 2024).
Documentación
Documentación
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Formulario de solicitud disponible en "Tramitar. Registro Electrónico" y "Modelos de formularios":
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En el apartado relativo a datos de participación se deberá especificar el título de cortometraje presentado y los datos identificativos, y de contacto, del director del citado cortometraje.
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En el apartado relativo a datos a efectos de liquidación se deberán detallar los datos identificativos de la persona física o productora en la que va a recaer el cobro del premio.
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En el apartado relativo a declaraciones responsables deberá marcar la casilla de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como la de que acepta el contenido de las presentes bases.
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En el apartado consulta de datos tributarios se habrá de marcar la autorización de la mencionada consulta o en caso contrario aportar documentación que acredite estar al corriente de pago.
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En el apartado de aceptación del premio se deberá marcar la casilla tanto si presenta la solicitud en nombre propio como si se hace como distribuidora, o representante, de la productora en la que va a recaer el premio.
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En el apartado relativo a documentación a aportar deberá marcar las casillas relativas al Certificado de calificación por edades del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales y del documento de coproducción si fuera el caso.
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- A la solicitud de inscripción deberá adjuntarse la siguiente documentación:
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Certificado de calificación por grupos de edad del público, al que van destinados los cortometrajes, por parte del ICAA (Ministerio de Cultura y Deporte).
- Certificado de nacionalidad española para películas cinematográficas.
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Declaración responsable de coproducción donde se indique la empresa productora a liquidar, incluyendo los datos de participación y porcentaje de todas las empresas coproductoras. El documento estará debidamente firmado por todas las coproductoras.
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Más Información
Tramitación
Criterios de selección y valoración.
Los criterios para tener en cuenta en la valoración de las obras presentadas serán:
- La creatividad y el mérito artístico
- La originalidad e innovación
- La dificultad técnica
- La fotografía
- La interpretación y la dirección artística.
Se seleccionarán seis cortometrajes, que se proyectarán cada uno junto a un largometraje dentro de la programación general de la Semana de Cine Español en Carabanchel. El último día se proyectará, de nuevo, el cortometraje que haya resultado ganador.
Se consideran fuera de concurso los cortometrajes de carácter publicitario/comercial.
Información complementaria
Premios:
Se establecen 4 premios para los cortometrajes de ficción, animación, experimentales y documentales:
- Primer premio: 8.000 € y trofeo/placa.
- Segundo premio: 6.000 € y trofeo/placa.
- Tercer premio: 4.000 € y trofeo/placa.
- Cuarto premio: 2.000 € y trofeo/placa.
Los premios no podrán ser divididos, pero sí podrán ser declarados desiertos. Un mismo cortometraje no podrá recibir más de un premio.
Más información: ver bases completas de la convocatoria en el apartado "Información relacionada. Otros contenidos".
Fundamento legal
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Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones. Capítulos I y II del título I. Artíclos 22-27.
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Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones. Capítulos I y II del título I. Artículos 55-64.
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Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013. Capítulo III. Artículos 23-29 y disposición adicional primera.
Entidad Gestora
Distrito de Carabanchel del Ayuntamiento de Madrid
Tramitar
En línea
Presencial
Sin cita previa
Oficinas de registro municipales que atienden SIN cita previa
Modelos de formularios
Formulario de solicitud (presencial)