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Subvenciones destinadas a espacios de formato medio y grande de actividad escénica y salas de exhibición cinematográfica 2025

Del 02/04/2025 hasta 15/04/2025 Tramitar en línea

Información

Descripción

El objeto de la presente convocatoria es el desarrollo de las artes escénicas y cinematográficas mediante ayudas a la actividad, promoción y sostenibilidad de las salas de actividad escénica y salas de exhibición cinematográfica que forman parte del tejido cultural de la ciudad de Madrid.

La presente convocatoria va dirigida a los siguientes espacios culturales con las siguientes modalidades:

A)    SALAS DE ACTIVIDAD ESCÉNICA: espacios situados en la ciudad de Madrid acondicionados para las artes escénicas, con acceso del público mediante precio de entrada, con un proyecto de programación estable y continua, fundamental y principalmente dedicado a las artes escénicas sin perjuicio de su apertura a otras actividades complementarias y manifestaciones artísticas, con independencia del número de salas que tenga el espacio y un aforo mínimo de 251 localidades.

Para los espacios de actividad escénica que cuenten con varias salas el cómputo se referirá a la suma del aforo de las salas.

B)    SALAS DE EXHIBICIÓN CINEMATOGRÁFICA: espacios situados en la ciudad de Madrid, acondicionados para la exhibición de películas con acceso del público mediante precio de entrada, con un proyecto de programación estable y continuado y principalmente dedicado a la exhibición cinematográfica, con independencia del número de salas/pantallas que tenga el espacio.

No se considerarán incluidos en ninguno de los apartados anteriores, los espacios destinados a la prestación de servicios sociales, educativos o de otra índole similar en los que los ámbitos culturales definidos resulten complementarios o accesorios a su correspondiente actividad principal.

 

¿A quién va dirigido?

Podrán optar a la presente convocatoria las empresas privadas, ya sean personas físicas o jurídicas, que cumplan los requisitos de la presente convocatoria.

Plazo

02/04/2025 - 15/04/2025

Requisitos

Requisitos

  1. Que ostenten la titularidad de la gestión de la sala o espacio, en régimen de propiedad, arrendamiento, cesión o cualquier otro título jurídico que acredite y garantice la gestión y explotación del espacio.
  2. Que se comprometan mediante declaración responsable a mantener la actividad del espacio abierto al público con programación estable y continua, al menos, durante el periodo subvencionable.

 No podrán acceder a las subvenciones previstas en la presente convocatoria las entidades privadas que gestionen servicios, programas y/o espacios de titularidad pública de cualquier administración.

No se admitirán solicitudes de entidades en las que la participación mayoritaria en su capital social, patrimonio fundacional o en sus órganos de gobierno, administración o dirección corresponda a cualquier Administración Pública, entidad del sector público, financiera o de crédito.

Las subvenciones previstas en la presente convocatoria serán incompatibles con aquellas otras subvenciones, tanto de concesión directa como de concurrencia competitiva, de cualquier área de gobierno del Ayuntamiento de Madrid con la misma finalidad.

No podrán acceder a la condición de beneficiarios de las subvenciones las personas físicas o jurídicas y las entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante, Ley General de Subvenciones).

Con base en lo establecido en el artículo 15.2 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos públicos (en adelante, OBRGS), en ningún caso se podrá acceder a la condición de beneficiario cuando estén pendientes de justificación subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Madrid o sus organismos públicos, siempre que el plazo establecido para su presentación hubiera finalizado, con independencia de que el requerimiento a que se refiere el artículo 70.3 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, (en adelante, RGS) se hubiera realizado o no.

No podrán concurrir las personas jurídicas cuyos fines u objetivos, sistema de admisión o acceso, funcionamiento, trayectoria, actuación, organización o estatutos sean contrarios al principio de igualdad de mujeres y hombres; no podrán concurrir aquellos que hayan sido sancionados en firme en vía administrativa, laboral o penal por vulneración del derecho a la igualdad y a la no discriminación por razón de sexo; no podrán concurrir las empresas que incumplan las obligaciones establecidas en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, y en la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la Igualdad Real y Efectiva de las Personas Trans y para la Garantía de los Derechos de las Personas LGTBI.

Cómo realizar el trámite

Cómo realizar el trámite

Están obligados a realizar la tramitación por medios electrónicos las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y demás sujetos obligados por el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Plazo solicitud: del 2 al 15 de abril de 2025 (10 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid), publicándose el texto íntegro de la misma en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, así como en la Sede Electrónica (https://sede.madrid.es). 

Una vez publicada la convocatoria en la Sede Electrónica, los interesados podrán hacer un seguimiento de los sucesivos trámites a través de la opción “suscribirse” que da la página principal de dicha convocatoria.

Documentación

Documentación

1. Impreso de solicitud debidamente cumplimentado que se obtendrá a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid (https://sede.madrid.es), firmado por el solicitante o representante legal de la entidad.

2. Presupuesto debidamente cumplimentado que se obtendrá a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid (https://sede.madrid.es), en el que se recogerán los gastos subvencionables previstos relacionados por conceptos (Anexo II).

3. Memoria sucinta firmada por el representante legal de la entidad, de una extensión máxima de 20 páginas a una sola cara, que describa la actividad subvencionable y la necesidad de los gastos previstos descritos en el anexo presupuesto, además deberá incluir el calendario de programación con descripción del espectáculo o espectáculos, y fechas previstas de exhibición, comprendidos en el periodo subvencionable indicado en el artículo 2.

4. Documentación que acredite que ostenta la titularidad de la sala en régimen de propiedad, arrendamiento, cesión o cualquier otro título jurídico que garantice la gestión y explotación del local, ya sea en su totalidad o en parte.

5. Si el solicitante es una persona jurídica, copia de la escritura o documento de constitución, estatutos y modificaciones posteriores, si las hubiera, debidamente inscritos en el Registro Mercantil.

6. Acreditación del poder de representación, en los casos en que proceda.

Más Información

Tramitación

  • Fase 1 convocatoria: aprobación de las bases por las que se regirá la convocatoria de subvenciones pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a espacios de formato medio y grande de actividad escénica y salas de exhibición cinematográfica 2025. BOAMnº 9.851 de 1 de abril de 2025.
  • Fase 2 subsanación: Resolución de 29 de abril de 2025 del Director General de Programas y Actividades Culturales por la que se concede un plazo para la subsanación de las solicitudes presentadas en la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a espacios de formato medio y grande de actividad escénica y salas de exhibición cinematográfica 2025. BOAM 9.871 de 5 de mayo de 2025.

Información complementaria

  •  Más información: ver Bases completas de la convocatoria en el apartado "Información Relacionada".

Entidad Gestora

Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte del Ayuntamiento de Madrid

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