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Subvenciones para proyectos de prevención del sinhogarismo y atención a personas sin hogar 2025

Cerrado plazo para presentar solicitudes

Información

Descripción

El objeto de la Convocatoria es impulsar y fomentar los proyectos de la iniciativa social complementarios a los programas municipales, promovidos por asociaciones, fundaciones, ONG y demás entidades privadas sin ánimo de lucro, que trabajen a favor de la integración de personas sin hogar.

La Convocatoria Pública de subvenciones, para el año 2025, a entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro, que desarrollen proyectos de prevención del sinhogarismo y atención a personas sin hogar que complementen la actuaciones de la Dirección General de Inclusión Social y Cooperación al Desarrollo se encuadra en el Plan Estratégico de Subvenciones 2024-2027, Línea de Subvención 5 “Apoyar programas que promuevan el desarrollo y el bienestar social de los colectivos más desfavorecidos”, Objetivo estratégico 3 y en concreto en el desarrollo del objetivo específico 17.

A los efectos previstos en esta convocatoria, sólo se valorarán aquellos proyectos que se encuadren en alguno de los ámbitos materiales que se encuadren en alguna de las siguientes áreas:

a) Área de alimentación/atención diurna en atención a Personas Sin Hogar.

b) Atención residencial en alojamientos con acompañamiento social para Personas Sin Hogar.

c) Acompañamiento social y/o inserción social de Personas Sin Hogar.

d) Acciones de sensibilización con relación al ámbito del sinhogarismo.

¿A quién va dirigido?

Entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro, que desarrollen proyectos que complementen las actuaciones de la Dirección General Inclusión Social y Cooperación al Desarrollo, de acuerdo con los ámbitos materiales recogidos en el artículo 2.1 de las bases de la convocatoria.

Quedarán excluidos de la presente convocatoria los proyectos que:

a) planteen exclusivamente la promoción de campañas publicitarias, documentales, publicaciones, guías, jornadas y congresos y los que tengan exclusivamente como beneficiarios directos menores de edad.

b) en su presupuesto contemplen como subvencionables partidas económicas para la realización de obras o para la adquisición de material inventariable.

c) presenten actividades que sean discriminatorias por razón de sexo, orientación o identidad sexual o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

d) tengan una coincidencia, ya sea parcial o total, en cuanto a los plazos, objetivos, actividades, contenidos o destinatarios con otros que figuren en el anexo de subvenciones nominativas de las Bases de Ejecución del Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid vigente en el momento de concesión.

Requisitos

Requisitos

Las entidades que soliciten subvención con cargo a la presente convocatoria deberán reunir a la finalización del plazo de presentación de solicitudes los requisitos indicados en el artículo 4 de las bases de la convocatoria, que deberán mantenerse, al menos, durante el periodo en el que disfruten de la condición de beneficiaria.

Cómo realizar el trámite

Cómo realizar el trámite

En línea: realizando la solicitud a través del enlace "Registro Electrónico" disponible en "Tramitar el línea" (requiere identificación y firma electrónica) Para más información: consultar la ayuda. En caso de no poder realizar la tramitación con certificado de representante de persona jurídica, puede acceder con certificado de persona física seleccionando la opción “Persona o entidad representante”.

Plazo: será del 31 de enero al 13 de febrero del 2025. A partir del día siguiente de la publicación de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid nº 25, de fecha 30 de enero de 2025.

Deberá acompañar a la solicitud una memoria explicativa de las características sustanciales de la entidad solicitante, así como una memoria del proyecto para el que se solicita la subvención. Dichas memorias se formalizarán, respectivamente, en los Anexos I y IIa la presente convocatoria.

La solicitud deberá firmarse electrónicamente por quien ostente la representación legal de la entidad haciendo constar en todos los documentos el nombre y firma del o de la representante legal de la entidad solicitante.

Los datos comunes que figuren en los anexos deberán ser coincidentes. La denominación de la entidad que figure en los estatutos es la que deberá indicarse en toda la documentación que se presente.

Documentación

Documentación

  • Solicitud en formulario normalizado, disponible en "Tramitar en línea" (Registro electrónico) y en "Modelos de formularios".
  • Anexo I y Anexo II, disponibles en "Modelos de formularios".
  • Documentación que se especifica en el artículo 5 de las bases de la convocatoria.

La información relativa al proyecto y a su presupuesto contenida en Solicitud y Anexos I y II debe ser coincidente.

Los anexos complementarios aportados por la entidad irán identificados en un índice donde se detalle el contenido del cada uno. La documentación complementaria no podrá exceder 50 hojas DIN A4.

La información relativa al proyecto y su presupuesto contenida en la Solicitud y en los Anexos debe ser coincidente.

Se podrá anexar un máximo de 13 documentos. El tamaño máximo de cada documento no puede exceder de 10 MB. Toda la documentación presentada por la entidad, incluyendo Anexos propios, no podrá exceder 15MB.

Los PDF´s del Anexo I y II son editables. Se aconseja utilizar el navegador Chrome y la aplicación Adobe Acrobar Reader. Para su correcta cumplimentación, tras acceder al documento se aconseja “Guardar” primero el PDF y abrirlo de nuevo para su cumplimentación posterior.

Ambos PDF,s se deben anexar como documentación al formulario de la Solicitud.

 

Más Información

Tramitación

  • Fase 1 Convocatoria: aprobadas las Bases por las que se regirá la convocatoria de subvenciones que complementen las actuaciones de la Dirección General de Inclusión Social y Cooperación al Desarrollo, BOCM nº 25 y  BOAM nº.9808 de fecha 30 de enero del 2025.
  • Fase 2 Propuesta de Resolución Provisional:
  • Fase 3 Propuesta de Resolución Definitiva:
  • Fase 4 Resolución Definitiva:

Información complementaria

Más información: ver Bases completas de la convocatoria en el apartado Información relacionada: otros contenidos, y la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid.

Estamos a vuestra disposición para la resolución de dudas a través de e-mail con el ASUNTO: Consulta y nombre de la entidad, CC 2025. Ejemplo: "Consulta Asociación Inclusiva CC 2025".

Correo: subvenciondgis@madrid.es

OTROS SITIOS DE INTERÉS

Visualizador subvenciones. Datos abiertos.

Fundamento legal

Entidad Gestora

Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad

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