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Denuncias por vulneración de las normas de seguridad contra incendios

Información

Descripción

  • En caso de vulneración de la normativa vigente en materia de seguridad, cualquier persona que se considere afectada podrá denunciar la supuesta infracción. Si se comprueba la mala fe de la persona denunciante se le impondrá la sanción correspondiente.
  • Recepcionada la denuncia se efectuará la visita de inspección. La propiedad o usuarios de los edificios o actividades deberán permitir y, a su vez tendrán derecho, a presenciar la inspección y comprobaciones necesarias.
  • Emitido el informe, se comunicará a la persona interesada las deficiencias a corregir en un plazo determinado.
  • Si se apreciara la existencia de una situación de peligro inminente, el/la titular de la actividad debe suspender su funcionamiento.

Cómo realizar el trámite

Cómo realizar el trámite

En línea: realizando la solicitud a través del enlace ‘Registro Electrónico' disponible en ‘Tramitar en línea' (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda 

Presencialmente: en las Oficinas de registro municipales, así como en los registros de otras Administraciones Públicas. También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 

 

Documentación

Documentación

Solicitud en formulario normalizado, disponible en ‘Tramitar en línea' (Registro electrónico) y ‘Modelos de formularios'

Más Información

Fundamento legal

Decreto Legislativo 1/2006, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley por la que se regulan los servicios de prevención, extinción de incendios y salvamentos de la Comunidad de Madrid

Entidad Gestora

Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias

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