Licencia de primera ocupación y funcionamiento
ESTE TRÁMITE YA NO SE REALIZA
Consulte el ANEXO II de la Instrucción 1/2020 para comprobar que trámite lo sustituye en caso necesario
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Descripción
Tras la entrada en vigor de la Ley 1/2020 de 8 de octubre de Modificación de la Ley 9/2001 del Suelo de la Comunidad de Madrid se ha establecido , en el apartado c) del artículo 155, que la Primera Ocupación y Funcionamiento de las edificaciones de nueva planta y de las casas prefabricadas, así como de los edificios o instalaciones en general sean actos cometidos a Declaración Responsable Urbanística
Enlace a Instrucción 1/2020 del Delegado del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano
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Entidad Gestora
Área de Gobierno de Desarrollo Urbano y Distritos del Ayuntamiento, en función de sus competencias