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BOAM nº 7732 (29/08/2016)
Área de Gobierno de Cultura y Deportes

1858

Resolución de 9 de agosto de 2016 de la Secretaría General Técnica del Área de Gobierno de Cultura y Deportes por la que se ordena la publicación del Decreto de la Delegada del Área, de fecha 1 de agosto de 2016, por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el apoyo en nuestra ciudad de grandes eventos deportivos durante el año 2016 y las correspondientes bases.

ARTÍCULO 7.- Gastos no subvencionables.

No serán subvencionables los siguientes gastos:

a) Los de personal, a no ser que se deriven de contratación de personal específico para el desarrollo de la actividad.

b) Los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación.

c) Los de material fungible u otros corrientes y ordinarios salvo que sean específicos para la actividad deportiva. En este caso deberá aportarse un certificado del representante legal de la entidad en el que se justifique la necesidad de la adquisición y el destino del citado material.

d) Los intereses deudores de cuentas bancarias.

e) Los intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.

f) Los de procedimientos judiciales.

g) Los gastos de inversión y de material inventariable (ordenadores, cámaras de fotos, equipos de sonido, etc).

h) Cócteles, ágapes u otros protocolarios derivados de la celebración del evento.

i) Los gastos ocasionados con motivo de la organización de actos de inauguración o clausura del acto deportivo.

 

ARTÍCULO 8.- Plazo de presentación de las solicitudes.

1. Las solicitudes podrán presentarse en un plazo de 15 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el "Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid".

2. Las solicitudes irán dirigidas a la Delegada del Área de Gobierno de Cultura y Deportes del Ayuntamiento de Madrid y se presentarán, junto con la documentación exigida, en el Registro del Área de Gobierno de Cultura y Deportes o por cualquiera de las formas previstas en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; o utilizando el Registro Electrónico del Ayuntamiento de Madrid.

 

ARTÍCULO 9.- Solicitudes y documentación a presentar por los solicitantes.

Se presentará una solicitud diferente para cada evento, no pudiendo presentarse para más de tres eventos. En caso contrario se tendrán en cuenta los tres primeras solicitudes presentadas desestimándose el resto.

Asimismo se presentará la ficha relativa a la previsión de metas para el pago por resultados conforme al modelo que figura como Anexo I para eventos internacionales o Anexo II para eventos nacionales.

Las solicitudes, debidamente cumplimentadas según el modelo que se adjunta a la presente convocatoria y que se obtendrá a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid (https://sede.madrid.es) podrán ser presentadas:

a) Presencialmente, una vez cumplimentado y firmado, en el Registro del Área de Gobierno de Cultura y Deportes, calle Montalbán n.º 1; en los registros de los Distritos; en los restantes registros del Ayuntamiento de Madrid; en los registros de la Administración General del Estado, en los de las Comunidades Autónomas, o mediante las demás formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

b) A través del Registro Electrónico. En este caso deberán utilizarse los certificados electrónicos admitidos por el Ayuntamiento de Madrid.

La presentación de la solicitud conlleva la autorización para que el órgano instructor pueda obtener la información de consulta y verificación de los datos de identidad y de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

En el supuesto de que la entidad solicitante denegara expresamente su consentimiento para la verificación de los datos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, deberá aportar la correspondiente certificación de conformidad con lo previsto en el artículo 22.4 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Igualmente, la presentación de la solicitud supone la declaración por parte de la entidad solicitante de no hallarse incursa en ninguno de los supuestos recogidos en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones, así como que todos los datos presentados con la solicitud son ciertos y se encuentra al corriente de pago en todo tipo de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

Asimismo se comprobará de oficio la inexistencia de deudas tributarias en período ejecutivo de pago con el Ayuntamiento de Madrid y que no es deudor por reintegro a la Hacienda Municipal.

La certificación definitiva de estar al corriente en el pago de cuotas con la Seguridad Social será aportada por el solicitante en el momento en que este sea propuesto como beneficiario de la subvención y es condición necesaria para la concesión de la subvención objeto de la presente convocatoria.

Para las entidades que no figuren inscritas en el sistema de la Seguridad Social ni tengan asignado código de cotización, por no tener trabajadores a su cargo, la acreditación se efectuará mediante certificado de no encontrarse inscritos, expedido por el órgano competente de la Seguridad Social, acompañado de una declaración responsable en la que deberá figurar expresamente que la entidad "no figura inscrita como empresario/a en el sistema de la seguridad Social, ni tiene asignado código de cotización, al no tener trabajadores/as a su cargo". El contenido de dicho certificado o declaración tendrá una validez de seis meses, salvo que se produzca variación de las circunstancias declaradas en la misma, en cuyo caso deberá actualizarse en el momento de producirse dicha variación.

La solicitud deberá acompañarse de la siguiente documentación:

 

Sobre 1 (deberá figurar la siguiente leyenda)

"Documentación General de la convocatoria para la realización de grandes eventos deportivos"

 

1. Copia compulsada de los estatutos de la entidad solicitante.

2. Copia compulsada de la tarjeta de identificación fiscal de la entidad.

3. Copia compulsada del documento acreditativo de la inscripción de la entidad en el registro correspondiente.

4. Certificado suscrito por el presidente o secretario de la entidad de la composición y nombramiento de la junta directiva de la misma, o fotocopia compulsada de escritura de poder del representante de la entidad si no constara su capacidad de representación en alguno de los documentos anteriores.

 

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