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BOAM nº 9294 (02/01/2023)
Área de Gobierno de Hacienda y Personal

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Resolución de 21 de diciembre de 2022 del Director General de Planificación de Recursos Humanos por la que se da publicidad al Plan de Formación del Ayuntamiento de Madrid para el año 2023.

1.1. La presente resolución da publicidad al Plan de Formación del Ayuntamiento de Madrid de 2023 (en adelante, el Plan de Formación), incorporando los criterios de admisión y selección de alumnos/as y de asignación de formadores/as (anexo I), el régimen de asistencia/participación a las actividades formativas (anexo II), el régimen de obtención de los certificados de asistencia, participación y aprovechamiento (anexo III), las reglas de compensación horaria (anexo IV) y el tiempo para los desplazamientos motivados por la realización de actividades formativas (anexo V).

 

1.2. El contenido del Plan de Formación se adjunta como anexo VI de la presente resolución.

  

2. Clases de actividades formativas, itinerarios formativos y formación de acceso libre.

 

2.1. Las actividades formativas incluidas en el Plan de Formación se clasifican en distintas categorías en función de su modalidad de enseñanza, finalidad, duración y contenido.

 

2.2. En función de la modalidad de impartición, las actividades formativas se clasifican en:

 

a) Actividades presenciales. Actividades formativas desarrolladas mediante la presencia física de los alumnos/as en las aulas. Asimismo, las actividades presenciales pueden realizarse también en línea de forma síncrona a través de plataformas digitales adecuadas a tal fin (en particular, a través de la plataforma Teams). Se identifican en el Plan de Formación mediante el código "P".

b) Actividades virtuales. Actividades formativas desarrolladas mediante plataformas informáticas virtuales (en la Escuela Virtual del Ayuntamiento de Madrid), con asistencia tutorizada o sin ella. Se identifican en el Plan de Formación mediante el código "V".

c) Actividades semipresenciales. Son aquellas que combinan las dos modalidades de impartición, virtual y presencial, y cuyas sesiones presenciales no superan el 75% de las horas lectivas totales de la actividad formativa. Las sesiones presenciales pueden realizarse en aula o en línea de forma síncrona a través de plataformas informáticas adecuadas a tal fin (en particular, a través de la plataforma Teams). Se identifican en el Plan de Formación mediante el código "S".

 

2.3. En función de la modalidad de acceso, las actividades formativas se clasifican en:

 

a) Actividades abiertas. Actividades formativas para la promoción interna y la carrera profesional que tienen por objeto la cualificación administrativa general en función del subgrupo de titulación o categoría laboral, así como facilitar la adquisición de los conocimientos necesarios para acceder a otros cuerpos, escalas, subescalas, clases, categorías o puestos de trabajo a través de los sistemas de provisión de puestos, promoción interna o promoción profesional específica. Se identifican en el Plan mediante el código "AB".

b) Actividades transversales. Actividades formativas abiertas, dirigidas a la totalidad de los empleados/as municipales e impartidas en modalidad semipresencial o virtual, cuyo objeto consiste en proporcionar conocimientos en ámbitos o sobre materias de interés común en toda la organización municipal. Se identifican en el Plan mediante el código "TA".

c) Actividades restringidas. Actividades formativas para el desempeño del puesto de trabajo, perfeccionamiento y/o readaptación, cuyo objetivo consiste en proporcionar una mejora o actualización en los conocimientos o habilidades necesarios para el eficaz desempeño del puesto de trabajo. Se identifican en el Plan mediante el código "RE".

Las actividades restringidas se dirigen a empleados/as municipales que desarrollen un determinado puesto de trabajo y que precisen de una formación específica relacionada con el mismo.

d) Actividades obligatorias. Actividades formativas de realización obligatoria para los empleados/as municipales. Podrán tener por objeto la cualificación administrativa general o la mejora y actualización de los conocimientos o habilidades necesarios para el eficaz desempeño del puesto de trabajo. Se identifican en el Plan mediante el código "OB". Estas actividades redundarán en una mejora de la capacitación y motivación de la plantilla municipal.

e) Actividades de acceso libre. Actividades formativas accesibles en modo consulta a través de plataformas de formación virtual. Las actividades de acceso libre se dirigen a la totalidad del personal municipal.

 

2.4. En función de su duración, las actividades formativas se clasifican en:

 

a) Cursos. Actividades formativas con una duración superior a 10 horas lectivas.

b) Sesiones. Actividades formativas con una duración igual o inferior a 10 horas lectivas.

 

2.5. En función de su contenido, las actividades formativas se clasifican en los siguientes programas de formación:

 

- 1. Programa jurídico administrativo. Recoge contenidos relacionados con el derecho, procedimiento administrativo, contratación, régimen administrativo y otros contenidos jurídicos generalistas.

- 2. Programa económico tributario. Integra actividades relacionadas con la actividad presupuestaria, tributos, fiscalización, contabilidad, subvenciones y otros contenidos relativos a la gestión económica.

- 3. Programa de competencias directivas. Comprende la formación para desarrollar y mejorar los conocimientos y las habilidades de gestión en puestos directivos y predirectivos, como gestión por objetivos, gestión de proyectos, gestión y motivación de equipos de trabajo, dirección de reuniones, técnicas de negociación, de gestión del tiempo, comunicación, etc.

- 4. Programa de comunicación y atención al ciudadano. Se compone de las actividades relacionadas con la participación ciudadana, el marketing público, la atención a la ciudadanía y las formas de comunicación de la gestión.

- 5. Programa de gestión pública y de recursos humanos. Recoge todas aquellas actividades relacionadas con la calidad y transparencia de los servicios públicos, datos abiertos, innovación, evaluación de políticas públicas, así como aquellos relativos a la gestión de personal.

- 6. Programa de prevención de riesgos laborales. Recoge las actividades de formación relacionadas con la prevención de riesgos laborales.

- 7. Programa de competencias digitales. Está formado por aquellas actividades formativas que tengan por objeto programas informáticos específicos, no generalistas, o que afecten a la administración electrónica, redes sociales, protección de datos, cualificación informática, diseño gráfico o gestión de tributos, entre otros; asimismo, este programa comprende aquellas actividades que puedan mejorar las capacidades digitales, esenciales en un entorno de teletrabajo. También comprende formación en programas informáticos generalistas o de ofimática de uso habitual en las tareas administrativas.

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