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BOAM nº 9065 (28/01/2022)
Ayuntamiento Pleno

212

Acuerdos de la sesión (21/2021), extraordinaria y urgente del Pleno de 29 de diciembre de 2021.

SEGUNDO.- Facultar a la Presidencia del Pleno, tan ampliamente como en derecho proceda, y siguiendo criterios de eficacia, eficiencia, economía procesal y seguridad jurídica, para corregir de oficio los errores materiales o de hecho que pudieran detectarse, de lo que, en su caso, se dará cuenta en la próxima sesión ordinaria del Pleno que se celebre".

 

El texto de la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles aprobado por el Pleno se incluye como apéndice III, relacionado con el punto 4 del orden del día.

 

Punto 5. Adoptar el siguiente acuerdo:

"PRIMERO.- Aprobar la Ordenanza por la que se modifica la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Actividades Económicas, que figura como anexo, y que, una vez publicado su texto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, entrará en vigor el 1 de enero de 2022.

SEGUNDO.- Facultar a la Presidencia del Pleno, tan ampliamente como en derecho proceda, y siguiendo criterios de eficacia, eficiencia, economía procesal y seguridad jurídica, para corregir de oficio los errores materiales o de hecho que pudieran detectarse, de lo que, en su caso, se dará cuenta en la próxima sesión ordinaria del Pleno que se celebre".

 

El texto de la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Actividades Económicas aprobado por el Pleno se incluye como apéndice IV, relacionado con el punto 5 del orden del día.

 

Punto 6. Adoptar el siguiente acuerdo:

"PRIMERO.- Aprobar la Ordenanza por la que se modifica la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Expedición de Documentos Administrativos, que figura como anexo, y que, una vez publicado su texto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, entrará en vigor el 1 de enero de 2022.

SEGUNDO.- Facultar a la Presidencia del Pleno, tan ampliamente como en derecho proceda, y siguiendo criterios de eficacia, eficiencia, economía procesal y seguridad jurídica, para corregir de oficio los errores materiales o de hecho que pudieran detectarse, de lo que, en su caso, se dará cuenta en la próxima sesión ordinaria del Pleno que se celebre".

 

El texto de la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Expedición de Documentos Administrativos aprobado por el Pleno se incluye como apéndice V, relacionado con el punto 6 del orden del día.

 

Punto 7. Adoptar el siguiente acuerdo:

"PRIMERO.- Aprobar la Ordenanza por la que se modifica la Ordenanza Fiscal reguladora de las Tasas por Servicios y Actividades relacionados con el Medio Ambiente, que figura como anexo, y que, una vez publicado su texto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, entrará en vigor el 1 de enero de 2022.

SEGUNDO.- Facultar a la Presidencia del Pleno, tan ampliamente como en derecho proceda, y siguiendo criterios de eficacia, eficiencia, economía procesal y seguridad jurídica, para corregir de oficio los errores materiales o de hecho que pudieran detectarse, de lo que, en su caso, se dará cuenta en la próxima sesión ordinaria del Pleno que se celebre".

 

El texto de la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de las Tasas por Servicios y Actividades relacionados con el Medio Ambiente aprobado por el Pleno se incluye como apéndice VI, relacionado con el punto 7 del orden del día.

 

Punto 8. Adoptar el siguiente acuerdo:

"PRIMERO.- Aprobar la Ordenanza por la que se modifica la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Prestación de Servicios de Higiene y Salud Pública, que figura como anexo, y que, una vez publicado su texto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, entrará en vigor el 1 de enero de 2022.

SEGUNDO.- Facultar a la Presidencia del Pleno, tan ampliamente como en derecho proceda, y siguiendo criterios de eficacia, eficiencia, economía procesal y seguridad jurídica, para corregir de oficio los errores materiales o de hecho que pudieran detectarse, de lo que, en su caso, se dará cuenta en la próxima sesión ordinaria del Pleno que se celebre".

 

El texto de la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Prestación de Servicios de Higiene y Salud Pública aprobado por el Pleno se incluye como apéndice VII, relacionado con el punto 8 del orden del día.

 

Punto 9. Adoptar el siguiente acuerdo:

“PRIMERO.- Aprobar la Ordenanza por la que se modifica la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Utilización Privativa o Aprovechamiento Especial del Domino Público Local, que figura como anexo, y que, una vez publicado su texto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, entrará en vigor el 1 de enero de 2022.

SEGUNDO.- Facultar a la Presidencia del Pleno, tan ampliamente como en derecho proceda, y siguiendo criterios de eficacia, eficiencia, economía procesal y seguridad jurídica, para corregir de oficio los errores materiales o de hecho que pudieran detectarse, de lo que, en su caso, se dará cuenta en la próxima sesión ordinaria del Pleno que se celebre".

 

El texto de la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Utilización Privativa o Aprovechamiento Especial del Domino Público Local aprobado por el Pleno se incluye como apéndice VIII, relacionado con el punto 9 del orden del día.

 

Punto 10. Adoptar el siguiente acuerdo:

“PRIMERO.- Aprobar la Ordenanza por la que se modifica la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Utilización Privativa o Aprovechamiento Especial del Domino Público Local para el Desarrollo de Acciones Publicitarias Especiales, que figura como anexo, y que, una vez publicado su texto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, entrará en vigor el 1 de enero de 2022.

SEGUNDO.- Facultar a la Presidencia del Pleno, tan ampliamente como en derecho proceda, y siguiendo criterios de eficacia, eficiencia, economía procesal y seguridad jurídica, para corregir de oficio los errores materiales o de hecho que pudieran detectarse, de lo que, en su caso, se dará cuenta en la próxima sesión ordinaria del Pleno que se celebre".

 

El texto de la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Utilización Privativa o Aprovechamiento Especial del Domino Público Local para el Desarrollo de Acciones Publicitarias Especiales aprobado por el Pleno se incluye como apéndice IX, relacionado con el punto 10 del orden del día.

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