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BOAM nº 8375 (09/04/2019)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid

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Acuerdo de 4 de abril de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que establece el número definitivo de plazas de Policía de la Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento de Madrid y de sus Organismos Autónomos para el año 2018, aprobada por Acuerdo de 13 de diciembre de 2018, y se adoptan medidas de promoción interna para el Cuerpo de Policía Municipal.

En los procesos selectivos que se deriven del presente acuerdo se velará por el cumplimiento del principio de igualdad establecido en los artículos 9.2, 14 y 23 de la Constitución, así como en la directiva comunitaria 2002/73/CE, de 23 de septiembre, que modifica la Directiva 76/207/CEE del Consejo relativa a la aplicación del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en lo que se refiere al acceso al empleo, a la formación y a la promoción profesionales, y a las condiciones de trabajo. Se velará asimismo por el cumplimiento de los principios de mérito y capacidad, consagrados por el artículo 103 del texto constitucional y en el artículo 18 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

 

Por motivos de eficacia en la gestión de las convocatorias derivadas del presente acuerdo, estas podrán incorporar las plazas incluidas en las Ofertas de Empleo Público de ejercicios anteriores que, estando consignadas presupuestariamente, aún no hubiesen sido convocadas.

 

De conformidad con lo previsto en el artículo 37.1 del TREBEP, la propuesta ha sido objeto de negociación en la sesión de la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos celebrada el 1 de marzo de 2019.

 

En virtud de lo dispuesto en el artículo 127.h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y el artículo 17.1.m) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, corresponde a la Junta de Gobierno Local la competencia para la aprobación de la Oferta de Empleo, así como las demás competencias en materia de personal que no estén expresamente atribuidas a otros órganos.

 

El Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 29 de octubre de 2015, por el que se establece la organización y competencias de la Gerencia de la Ciudad, en su apartado 3º.2.6.g) atribuye al titular de la Gerencia de la Ciudad la competencia para elevar a la Junta de Gobierno el proyecto anual de oferta de empleo público, en la que se integrarán las plazas de la Administración del Ayuntamiento de Madrid y de sus Organismos Públicos.

 

En virtud de lo expuesto, a propuesta del Gerente de la Ciudad, que eleva la Secretaria de la Junta de Gobierno, previa deliberación, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 4 de abril de 2019,

 

ACUERDA

 

Primero.- Establecer que el número definitivo de plazas de Policía (turno libre) resultante de la aplicación de la tasa adicional prevista en la Disposición Adicional centésima sexagésima quinta de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, y Disposición Transitoria segunda del Real Decreto 1449/2018, de 14 de diciembre, por el que se establece el coeficiente reductor de la edad de jubilación a favor de los policías locales al servicio de las entidades que integran la Administración Local, asciende a 565, dando cumplimiento de esta forma a lo previsto en el apartado Segundo y en el Anexo III del Acuerdo de 13 de diciembre de 2018 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se aprobó la Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento de Madrid y de sus Organismos Autónomos para el año 2018.

 

Segundo.- Adoptar las medidas necesarias de promoción interna para el Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid, como consecuencia del anticipo de edad de jubilación de los policías locales, estableciendo el número de plazas a convocar que figura en el Anexo que acompaña al presente acuerdo, con indicación de las categorías profesionales en que se distribuyen y para cuya ejecución existe suficiente consignación presupuestaria con cargo al vigente presupuesto.

 

Tercero.- Por motivos de eficacia en la gestión de las convocatorias derivadas del presente acuerdo, estas podrán incorporar plazas incluidas en las Ofertas de Empleo Público de ejercicios anteriores que, estando consignadas presupuestariamente, aún no hubiesen sido convocadas.

 

Cuarto.- El presente acuerdo se publicará en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

Madrid, a 4 de abril de 2019.- La Secretaria de la Junta de Gobierno, Rita Maestre Fernández.

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