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BOAM nº 5903 (20/03/2009)
Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública

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Decreto de 10 de marzo de 2009 del Delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública por el que se convoca una bolsa de trabajo de funcionarios interinos en la categoría de Médico en Medicina General.

m) Cumplir con la política de calidad del servicio comunicando al responsable inmediato aquellas desviaciones del estándar o procedimiento correspondiente que afecten a su actividad.

 

n) La colaboración en los proyectos de investigación y docencia aprobados por los órganos competentes del Servicio.

 

ñ) La asistencia a las sesiones de formación continuada que con carácter obligatorio organice el Servicio.

 

o) Todas aquellas que, en la línea de las descritas y similares a ellas, sean precisas para la buena marcha del Servicio. Todo ello bajo la dependencia, dirección y control de la correspondiente jefatura.

 

p) Presentarse en el servicio voluntariamente o a requerimiento, ante situaciones de riesgo y/o catástrofe, fuera de su guardia.

 

1.3. El personal interino que se incorpore al Ayuntamiento de Madrid, como consecuencia de la presente convocatoria, prestará su servicio en régimen de jornada completa, conforme a los turnos y horarios establecidos para el Servicio de Asistencia Extrahospitalaria SAMUR-Protección Civil.

 

1.4. No se tomarán en consideración las solicitudes presentadas por las personas que a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias ostentasen ya la condición de funcionario interino del Ayuntamiento de Madrid en la categoría objeto de convocatoria.

 

1.5. El proceso de selección constará de dos fases:

 

a) Fase de concurso.

b) Prueba práctica.

 

1.6. Además de las publicaciones preceptivas de los actos de desarrollo del proceso de selección establecidas en la presente convocatoria, el Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública suministrará en aquellos casos que estime necesario información adicional a través de la página web del Ayuntamiento de Madrid (http//www.munimadrid.es)  y en los siguientes teléfonos de información: 010 si llama desde Madrid y 91 5404040 y 91 5298210 para todo el territorio español. Esta información tendrá valor orientativo y no será vinculante para la Administración municipal ni generará derechos para sus destinatarios.

 

2. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.

 

2.1. Para ser admitidos al proceso selectivo los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

 

a) Tener nacionalidad española.

 

También podrán participar en igualdad de condiciones que los españoles:

 

- Los nacionales de los Estados Miembros de la Unión Europea.

- El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrá participar los descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes.

- Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

 

b) Poseer capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

 

c) No exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.

 

d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial para el acceso al cuerpo o escala de funcionario en el que hubiese sido separado o inhabilitado.

 

En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

 

e) Estar en posesión del título de Licenciado en Medicina expedido con arreglo a la legislación vigente o en condiciones de obtenerlo a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

 

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.

 

f) Estar inscrito en el Registro de Médicos de Urgencias Extrahospitalarias de la Comunidad de Madrid, de conformidad con la Orden 1.102/2003, de 12 de noviembre, de la Consejería de Sanidad, que modificó la Orden 560/1997, de 17 de marzo, o haber presentado la solicitud de inscripción a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, siempre que la citada inscripción esté formalizada en el momento de presentación de la documentación prevista en la base 8.

 

2.2 Todos los requisitos establecidos en la base 2.1 deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, mantenerse durante todo el proceso de selección y acreditar su cumplimiento como requisito previo imprescindible para poder ser nombrado, en su caso, funcionario interino.

 

3. SOLICITUDES Y PLAZO DE PRESENTACIÓN.

 

3.1. Los interesados en formar parte de la bolsa de trabajo podrán solicitarlo mediante instancia dirigida al Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública, Dirección General de Gestión de Recursos Humanos, con indicación de la categoría en que solicitan quedar incluidos. El impreso de solicitud podrá obtenerse a través de internet consultando la página web http://www.munimadrid.es. Este impreso deberá obtenerse por duplicado al objeto de que el interesado se quede con copia sellada de la instancia presentada.

 

3.2. El impreso de solicitud con su copia, debidamente cumplimentados, se presentarán en la Oficina de Registro del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública (Personal) -C/ Bustamante, nº 16. Asimismo podrá ser presentado en las restantes Oficinas de Registro del Ayuntamiento de Madrid y en los registros que establecen las disposiciones vigentes. También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

 

3.3. El plazo de presentación de solicitudes así como de la documentación a la que se hace referencia en la base 6.2 será de veinte días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

4. ADMISIÓN DE ASPIRANTES.

 

4.1. Para ser admitido al proceso selectivo bastará con que los aspirantes manifiesten en sus instancias que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base 2.1, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias. El cumplimiento de estas condiciones será acreditado mediante la presentación de los documentos correspondientes en la forma prevista en la base 8.

 

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