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BOAM nº 9645 (04/06/2024)
Distrito de Latina

1888

Decreto de 21 de mayo de 2024 del Concejal Presidente del Distrito de Latina por el que se aprueban las bases que han de regir la séptima edición del Certamen de Arte Urbano de Latina Juan Carlos Argüello “Muelle”.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 33 de la Ordenanza, el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la seguridad social se comprobará de oficio por la Administración municipal, salvo que el interesado no autorice expresamente la consulta. En este caso, se deberán aportar las certificaciones acreditativas o una declaración responsable, conforme a lo dispuesto en el citado artículo.

 

La autorización expresa a la consulta de datos tributarios y de la seguridad social, así como la declaración responsable, se incluirán en el formulario.

 

En el formulario se indicará la forma en que se va a realizar la presentación de la documentación y los bocetos, que podrá ser presencial o por correo ordinario certificado.

 

En el caso de optar por la forma presencial, la presentación de la documentación y los bocetos se realizará en la Unidad de Servicios Culturales y Ocio Comunitario, sita en avenida de la Águilas, n.º 2, 2.ª planta. Una vez recibido, en esta unidad, la solicitud de inscripción con el formulario cumplimentado por registro electrónico se comunicará al interesado vía e-mail, el día y la hora para la presentación de los bocetos y la documentación de forma presencial.

 

En caso de optar por presentar dicha documentación y los bocetos a través de correo ordinario certificado, del mismo modo, una vez recibido la solicitud de inscripción con el formulario cumplimentado por registro electrónico en la Unidad de Servicios Culturales y Ocio Comunitario, la persona interesada deberá comunicar, mediante correo electrónico a cultulatina@madrid.es, la fecha en que ha realizado su envío.

 

La documentación se debe presentar, tanto en la forma presencial como por correo certificado, se incluirá en dos sobre cerrados:

 

- Sobre A que contendrá el boceto realizado, en DIN A4, conforme a los requisitos establecidos en el apartado 5 de estas bases, acompañado de una breve descripción, sobre el diseño y tema del graffiti, indicando el título de dicha obra.

 

- Sobre B con los siguientes datos y documentos:

 

· Datos personales de la persona participante: nombre y apellidos, fecha de nacimiento, correo electrónico y teléfono de contacto.

· Título de la obra.

 

En el caso de participantes menores de edad, la solicitud de participación deberá ser firmada por alguno de sus progenitores, personas tutoras o representantes legales, autorizando así al menor a participar en el certamen.

 

La ausencia de datos o su inexactitud puede dar lugar, en su caso, a la exclusión de la obra.

 

Estos datos se custodiarán en el anonimato por lo que, en ningún momento, el jurado tendrá conocimiento de la autoría de dichos bocetos.

 

7.- Órgano competente para la valoración de los bocetos.

 

Las obras serán valoradas por un jurado compuesto por las siguientes personas:

 

Presidencia: El Concejal Presidente del Distrito de Latina o persona en quien delegue.

Vocales: D. Fernando Argüello Garzo, un/a vocal por cada uno de los grupos políticos con representación en la Junta Municipal de Latina, la persona que ostente la Jefatura de Unidad de Servicios Culturales y Ocio Comunitario o persona en quien delegue y la persona que ostente la Jefatura de Servicios a la Ciudadanía o persona en quien delegue.

Secretaría: La Secretaria del Distrito o persona funcionaria en quien delegue.

 

Los criterios a tener en cuenta en la valoración de las obras (máximo 30 puntos) serán:

 

- Actualidad y/o trascendencia del tema elegido por el/la artista (10 puntos).

- Fuerza expresiva (10 puntos).

- Destreza en la técnica (10 puntos).

 

Finalizado el plazo de inscripción, los bocetos preseleccionados serán valorados por el jurado conforme a los criterios señalados anteriormente, seleccionándose tres bocetos, ordenados en función de la valoración del jurado, que corresponderán al ganador o la ganadora del concurso y a los dos suplentes, que serán galardonados/as con el segundo y tercer premio, salvo que se dé alguna de las circunstancias previstas en el párrafo siguiente.

 

La persona ganadora dispone de dos días hábiles, contados a partir del siguiente a la notificación del premio, para aceptarlo o rechazarlo mediante correo electrónico. Tanto si rechaza el premio como si no se recibe contestación transcurrido ese plazo, el/la primer suplente será designado ganador/a, remitiéndose la consiguiente notificación y aplicándosele el mismo plazo para que comunique su aceptación o rechazo. Si transcurrido este nuevo plazo el/la primer suplente rechazara el premio o no enviara la aceptación de este, se designaría como ganador/a del certamen al/a la segundo/a suplente, utilizando los mismos plazos que lo señalados anteriormente. Si el/la segundo/a suplente rechazara el premio o no lo aceptara de la forma establecida, el premio quedará desierto.

 

No obstante lo anterior, el premio podrá ser declarado desierto a criterio del jurado.

 

La Secretaría del jurado levantará una única acta del certamen, que será visada por la presidencia, en la cual se reflejarán las personas que componen el jurado, las puntuaciones emitidas por cada una de ellas, los datos de las personas ganadoras y todas aquellas incidencias que el jurado considere dignas de resaltar.

 

El jurado es el único responsable de la interpretación de estas bases, así como de la resolución de cualquier incidencia que pudiera presentarse en el desarrollo del certamen.

 

El fallo del jurado, que será inapelable, tendrá lugar antes del día 15 de julio de 2024, comunicándose a las personas premiadas de manera individual y publicándose posteriormente en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en la sede electrónica https://sede.madrid.es.

 

La Unidad de Servicios Culturales y Ocio Comunitario podrá modificar las fechas señaladas cuando circunstancias sobrevenidas así lo aconsejen.

 

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