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BOAM nº 8837 (01/03/2021)
Ayuntamiento Pleno

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Acuerdos de la sesión (1/2021), ordinaria del Pleno celebrada el día 26 de enero de 2021.

"Primero.- Dejar sin efecto el Acuerdo del Pleno de 27 de marzo de 2015, por el que se determina la forma de gestión directa del servicio público cultural, de la Escuela de Tauromaquia de Madrid por la sociedad mercantil de capital íntegramente municipal Madrid Destino Cultura Turismo y Negocio, S.A., se le encomienda la prestación del servicio en determinadas condiciones, se afecta a la gestión del servicio público de la Escuela de Tauromaquia de Madrid los bienes inmuebles descritos en la memoria del expediente y se transmiten a la citada sociedad mercantil municipal los bienes muebles propiedad del Consorcio “Escuela de Tauromaquia de Madrid”, como consecuencia de la cesión global de activos del Consorcio a favor de la Sociedad.

Segundo.- Derogar las normas reguladoras del servicio que se incorporaron como anexo I del acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid de 27 de marzo de 2015.

Tercero.- Acordar, con fecha de efectos de 1 de febrero de 2021, la gestión directa por el Ayuntamiento de Madrid del servicio y de los bienes afectos al mismo, a cuyo efecto se subrogará en los derechos y obligaciones derivadas de los contratos suscritos por Madrid Destino, Cultura, Turismo y Negocio, S. A. y en vigor a dicha fecha, así como de cualquier otro negocio jurídico formalizado por esta sociedad, con la excepción del contrato laboral vigente en este momento y con finalización prevista de 15 de octubre de 2021 en el que no operará la subrogación, pasando a ser titular de cualesquiera derechos de explotación derivados de la actividad de la Escuela de Tauromaquia de Madrid y de los bienes muebles asignados a la misma.

Cuarto.- El importe de la subvención de capital otorgada a Madrid Destino y no aplicada a la finalidad de su concesión se reintegrará por esta sociedad al Ayuntamiento de Madrid en el primer trimestre de 2021".

 

Punto 6. Adoptar el siguiente acuerdo:

"ÚNICO. Declarar los Restaurantes Centenarios de Madrid (Bodega de la Ardosa, Botín, Café Gijón, Casa Alberto, Casa Ciriaco, Casa Labra, Casa Pedro, La Casa del Abuelo, Lhardy, Malacatín, Posada de la Villa y Taberna Antonio Sánchez) como espacios culturales y turísticos de especial significación ciudadana e interés general para la ciudad de Madrid".

 

COMISIÓN PERMANENTE ORDINARIA DE HACIENDA Y PERSONAL Y DE ECONOMÍA, INNOVACIÓN Y EMPLEO

 

Punto 7. Adoptar los siguientes acuerdos:

"1) Conceder la declaración de especial interés o utilidad municipal, solicitada por D. Andrés Asenjo Bezos, con NIF 0137****-*, en el expediente número 711/2017/11007, a los efectos de lo dispuesto en el artículo 5.c).c.2 de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Construcciones Instalaciones y Obras, por concurrir los requisitos objetivos que el citado precepto establece para que pueda tener lugar esa declaración.

2) Conceder la declaración de especial interés o utilidad municipal, solicitada por D.ª Valle Rodríguez Fernández, en representación de Amadeus It Group, S.A., con CIF *-*4236***, en el expediente número 711/2017/13595, a los efectos de lo dispuesto en el artículo 5.e) de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, por concurrir los requisitos objetivos que el citado precepto establece para que pueda tener lugar esa declaración.

3) Conceder la declaración de especial interés o utilidad municipal, solicitada por D. Javier Campos Carratalá, en representación de Hermanos Campos, C.B., con CIF *-**1009**, en el expediente número 711/2017/24160, a los efectos de lo dispuesto en el artículo 5.c).c.2 de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Construcciones Instalaciones y Obras, por concurrir los requisitos objetivos que el citado precepto establece para que pueda tener lugar esa declaración.

4) Conceder la declaración de especial interés o utilidad municipal, solicitada por ATOCHA ASESORES, S.L., en representación de la Comunidad de Propietarios de la calle Cordovín n.º 6, con CIF ****6197*, en el expediente número 711/2018/23819, a los efectos de lo dispuesto en el artículo 9 de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, por concurrir los requisitos objetivos que el citado precepto establece para que pueda tener lugar esa declaración.

5) Conceder la declaración de especial interés o utilidad municipal, solicitada por REQUITECTURA, S.L., en representación de la Comunidad de Propietarios de la calle Baranoa n.º 4, con CIF *****1913, en el expediente número 711/2019/27307, a los efectos de lo dispuesto en el artículo 9 de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, por concurrir los requisitos objetivos que el citado precepto establece para que pueda tener lugar esa declaración.

6) Conceder la declaración de especial interés o utilidad municipal, solicitada por Requitectura, S.L., en representación de la Comunidad de Propietarios de la calle Aristóteles n.º 10, con CIF *7901****, en el expediente número 711/2020/09526, a los efectos de lo dispuesto en el artículo 9 de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, por concurrir los requisitos objetivos que el citado precepto establece para que pueda tener lugar esa declaración.

7) Conceder la declaración de especial interés o utilidad municipal, solicitada por D. José Manuel Ochoa Arizu, en representación de Sanitas, S.A. de Hospitales, S.A., con CIF *-*8986***, en el expediente número 711/2020/17724, a los efectos de lo dispuesto en el artículo 5.e) de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, por concurrir los requisitos objetivos que el citado precepto establece para que pueda tener lugar esa declaración.

8) Conceder la declaración de especial interés o utilidad municipal, solicitada por D. Luis Filipe Madeira Caeiro Figo, en representación de Damash Assets, S.L., con CIF *-**5827***, en el expediente número 711/2020/17822, a los efectos de lo dispuesto en el artículo 5.c).c.1 de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Construcciones Instalaciones y Obras, por concurrir los requisitos objetivos que el citado precepto establece para que pueda tener lugar esa declaración.

9) Conceder la declaración de especial interés o utilidad municipal, solicitada por D. Pablo Flores, en representación de Host Spain Holdings, S.L., con CIF *-***2373*, en el expediente número 711/2020/18735, a los efectos de lo dispuesto en el artículo 5.c).c.1 de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Construcciones Instalaciones y Obras, por concurrir los requisitos objetivos que el citado precepto establece para que pueda tener lugar esa declaración.

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