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BOAM nº 8993 (11/10/2021)
Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias

2637

Resolución de 7 de octubre de 2021 del Director General de la Policía Municipal por la que se convoca concurso para ocupar destinos con funciones no operativas por motivos de edad o destinos acordes al estado de salud del personal del Cuerpo de Policía Municipal.

2.4. Todos los funcionarios de carrera del Cuerpo de Policía Municipal de Madrid en las categorías señaladas que habiendo participado en anteriores convocatorias hayan obtenido destino no operativo, podrán participar en la presente convocatoria.

 

2.5. El personal que encontrándose en las situaciones descritas en los apartados 1.a) y 1.b) del apartado 2.3 (Forzosos), no participe voluntariamente en la presente convocatoria o lo haga en número insuficiente de destinos, le será adjudicado un destino con carácter forzoso de entre los que queden vacantes una vez efectuada la adjudicación al personal que participa voluntariamente.

 

TERCERO.- Presentación de solicitudes.

 

3.1. Las solicitudes para tomar parte en esta convocatoria se ajustarán al modelo publicado como Anexo II que se adjunta a esta resolución. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, a computar desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en la Orden General del Cuerpo que además será objeto de publicación en los tablones de anuncios de las distintas Unidades. Los/as Jefes/as de las Unidades darán las órdenes oportunas para su cumplimiento.

 

3.2. Podrán solicitarse cuantos destinos se incluyen en la presente convocatoria, siempre que se reúnan los requisitos y condiciones exigidas.

 

3.3. Cada funcionario/a presentará una sola solicitud que contendrá, caso de ser varios los destinos solicitados, el orden de preferencia en la adjudicación.

 

3.4. El impreso de solicitud se rellenará con la máxima diligencia, con el fin de no incurrir en errores, y se tramitará de conformidad con lo establecido en el artículo 41 del Reglamento del Cuerpo de Policía Municipal.

 

3.5. Los mandos de las unidades cuidarán que las solicitudes de participación sean introducidas en la aplicación informática en los plazos que a estos efectos determine la Orden General del Cuerpo en la que se publique la presente resolución, remitiendo posteriormente las mencionadas solicitudes al Servicio de Selección y Provisión de Puestos de Trabajo de la Subdirección General de Recursos Humanos, junto con el listado de solicitud de destinos que emite la aplicación.

 

En las solicitudes presentadas deberá hacerse constar, de conformidad con lo establecido en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la fecha de entrada de estas en las distintas oficinas de las unidades, con su sello correspondiente.

 

CUARTO.- Criterios de adjudicación.

 

4.1. De este modo, la adjudicación de los destinos se realizará por aplicación del criterio de antigüedad en la categoría, teniendo prioridad el personal que haya solicitado destino:

- Primero: En la misma unidad y turno.

- Segundo: En el mismo turno.

- Tercero: En la misma unidad.

 

4.2. De conformidad con el apartado 8.6 del Acuerdo de Junta de Gobierno, en primer lugar se adjudicará destino al personal que haya presentado la correspondiente solicitud, siguiendo el orden de prioridad establecido en el apartado anterior de la presente convocatoria y en atención a las peticiones que formule.

 

4.3. Posteriormente se adjudicará destino al personal que por razones de salud y/o por edad (con 58 o más años) no haya participado en la convocatoria o no haya manifestado en su solicitud opciones en número suficiente como para obtener destino.

 

QUINTO.- Valoración de la antigüedad.

 

5.1. La antigüedad se valorará exclusivamente a razón de 1 punto por cada año de servicio prestado en la correspondiente categoría.

 

En relación con la puntuación del párrafo anterior y a estos solos efectos, las fracciones de tiempo iguales o superiores a seis meses serán equiparables a un año. La fracción inferior a seis meses se valorará a razón de 0,5 puntos.

 

5.2. En caso de empate en la puntuación al aplicar el criterio de antigüedad en la categoría, se acudirá para dirimirlo a la pertenencia a una promoción más antigua y en segundo lugar, al orden de puntuación obtenido en ella.

 

5.3. Los criterios anteriores se aplicarán con referencia a la fecha del cierre del plazo de presentación de solicitudes.

 

SEXTO.- Propuesta de resolución.

 

6.1. La Subdirección General de Recursos Humanos elevará propuesta de resolución al Director General de Policía Municipal que contendrá la relación de funcionarios adjudicatarios y de destinos propuestos.

 

6.2. Con carácter previo a la resolución de la convocatoria se procederá, en cumplimiento de lo establecido en el apartado 3 de la Instrucción de la Dirección General de Seguridad de fecha 12 de junio de 2014, a convocar una reunión de la Comisión de Seguimiento del Acuerdo, para resolver cuantas incidencias puedan haberse planteado durante la tramitación.

 

SÉPTIMO.- Resolución.

 

Una vez resuelta la convocatoria, se publicarán las asignaciones de los destinos junto con la fecha de la toma de posesión, a través de la Orden General del Cuerpo, en los tablones de anuncios de la Jefatura del Cuerpo y en las distintas Comisarías Principales, Comisarías y Unidades, de conformidad con el artículo 49.1 del Reglamento del Cuerpo de Policía Municipal.

 

OCTAVO.- Destinos.

 

Los destinos adjudicados en esta convocatoria serán irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo de la toma de posesión, se hubiere obtenido otro destino mediante convocatoria pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 del Real Decreto 364/95, de 10 de marzo.

 

NOVENO.- Recursos.

 

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, cabrá recurso potestativo de reposición ante este mismo órgano, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su notificación, conforme a lo establecido en los artículos 8.1 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

 

Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente, en virtud de lo dispuesto en el artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Madrid, a 7 de octubre de 2021.- El Director General de la Policía Municipal, Pablo Enrique Rodríguez Pérez.

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