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BOAM nº 5750 (09/04/2007)
Distrito de Moncloa-Aravaca

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Decreto de 12 de marzo de 2007, del Concejal Presidente de la Junta Municipal de Moncloa-Aravaca, por el que se aprueba y dispone la publicación de la convocatoria para la concesión de subvenciones a Entidades Ciudadanas del Distrito de Moncloa-Aravaca para el año 2007.

3. No podrán obtener la condición de beneficiarios aquellas Entidades que incurran en las causas de prohibición previstas en los apartados 5 y 6 del artículo 4 de la Ley Orgánica 1/2002, Reguladora del Derecho de Asociación.  

 

4. Previamente a la concesión de la subvención objeto de ésta convocatoria deberá estar aprobada la justificación de las subvenciones recibidas en el ejercicio anterior.

 

Artículo 6.- Proyectos subvencionables.

 

En esta convocatoria se subvencionarán con una cuantía fija y única que establecerá la Comisión de Valoración los doce proyectos que obtengan mayor puntuación, de acuerdo con los criterios de valoración para la subvención a proyectos establecidos en las presentes Bases.

En caso de que todavía resultara crédito disponible después de distribuir la cuantía fija y única establecida para los doce primeros proyectos, se subvencionarán otros proyectos hasta consumir el crédito total, en las cuantías que acuerde la Comisión de Valoración.

En ningún caso podrá superarse el límite de 5.000 euros de subvención por proyecto; ni la suma de todos los proyectos subvencionados el crédito presupuestario consignado en el artículo 4 de las presentes Bases.

 

a) Finalidades.

Las actividades subvencionables que tengan previsto realizar las Entidades Ciudadanas del Distrito de Moncloa-Aravaca en el año 2007, tendrán como ámbito de actuación el Distrito de Moncloa-Aravaca y deberán perseguir alguna de las siguientes finalidades:

- Fomentar la participación y el voluntariado.

- Fomentar la convivencia, la tolerancia y la paz.

- Favorecer la integración social.

- Concienciar a los ciudadanos por el respeto al medio ambiente.

- Fomentar la práctica del deporte.

- Promover el consumo cultural entre los ciudadanos

- Divulgar la historia, el patrimonio y las señas de identidad de los barrios del Distrito de Moncloa-Aravaca.

- Aumentar el conocimiento de los servicios, asuntos y actividades municipales.

- Favorecer la conciliación de la vida laboral y familiar.

 

b) Categorías.

Los proyectos deberán pertenecer a alguna de las siguientes categorías de actividad:

Categoría A: Jornadas, congresos, seminarios, ciclos de conferencias y debates.

Categoría B: Exposiciones temporales y encuentros.

Categoría C: Premios, concursos, certámenes culturales, y competiciones deportivas.

Categoría D: Programas de actividades socioeducativas en periodos vacacionales no lectivos.

Categoría E: Actividades culturales, festivas y recreativas que se incluyan en la programación de las fiestas oficiales del Distrito: San Antonio de la  Florida (del 9 al 13 de junio), Dehesa de la Villa (del 23 al 25 de junio), Aravaca (del 8 al 10 de septiembre) y Navidad.

Categoría I: Impresión y distribución de revistas o publicaciones periódicas que tengan como finalidad alguna de las expresadas en el presente artículo.

Categoría J: Otras actividades.

 

Artículo 7.- Contenido y redacción de los proyectos de actividad.

 

En su redacción se expresará la categoría de proyecto a la que pertenece el mismo según las relacionadas en el artículo 6 de las presentes bases.

En su contenido los proyectos deberán identificar y formular de forma precisa la actividad para la que solicitan subvención, definiéndose los objetivos que con ella se persiguen, los destinatarios a los que va dirigida, las tareas que se desarrollarán, la estrategia de comunicación prevista para difundirlo, el presupuesto total desglosado de gastos, su financiación y un calendario o cronograma de las diferentes acciones que en el tiempo se contemplen.

El anexo II de estas bases servirá de guía para la elaboración del proyecto, al que podrán adjuntarse cuantos documentos, archivos y material gráfico e informático se consideren oportunos para permitir una mejor valoración del mismo.

 

Artículo 8.- Plazo de ejecución de los proyectos.

 

Las actividades para las que se solicita subvención se ejecutarán dentro del año 2007.

 

Artículo 9.- Criterios de Valoración para las Subvenciones a Proyectos.

 

La evaluación y puntuación de las solicitudes de cada Entidad admitida en esta convocatoria, se regirá por los siguientes criterios objetivos:

 

1. Valoración de la entidad (hasta un total de 25 puntos):

a)  Representatividad (hasta 10 puntos).

Se valorará en este apartado el número de entidades asociadas y/o número de socios numerarios que los integran. La acreditación será mediante Consulta por el personal municipal del dato en el Registro de Entidades Ciudadanas.

b) Antigüedad (hasta 10 puntos).

Se valorará en este apartado la fecha de inscripción en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Madrid.

La acreditación será mediante consulta por el personal municipal del dato en el Registro de Entidades Ciudadanas.

c) La capacidad económica (hasta 5 puntos).

Se valorará en este apartado el presupuesto de ingresos y gastos de la entidad en la anualidad correspondiente a la convocatoria.

La Acreditación será mediante certificación firmada por el representante de la entidad en el que figure el presupuesto anual de la entidad.

 

2. Valoración del proyecto (hasta un total de 75 puntos):

a) Calidad técnica y viabilidad del proyecto presentado (hasta 20 puntos).

Se valorará en función del análisis de las necesidades detectadas, de la planificación y temporalización de las actividades, de la adecuación metodológica del proyecto y de la idoneidad de los criterios de valoración.

b) Eficacia y Eficiencia (hasta 20 puntos).

Se valorará la pertinencia de los objetivos del proyecto y la concordancia entre éstos y los recursos asignados al proyecto.

c) Participación comunitaria (hasta 20 puntos).

Este criterio tendrá en cuenta la intervención de los destinatarios a los que va dirigido el proyecto en el proceso de realización del mismo (información, toma de decisiones y evaluación).

d) Introducción criterios de Calidad (hasta 15 puntos).

En este punto se valorará el establecimiento de propuestas de mejora, la coordinación y rentabilización de los recursos y el control de la satisfacción de los usuarios. Para su acreditación la entidad solicitante deberá presentar certificación firmada por su representante legal de la entidad en la que conste que todos los datos del proyecto presentado se ajustan al correcto desarrollo de las acciones o actividades a implementar.

 

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