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BOAM nº 9356 (31/03/2023)
Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad

1071

Propuesta de resolución definitiva de 30 de marzo de 2023 del Director General de Sostenibilidad y Control Ambiental de la convocatoria pública de subvenciones destinadas a la renovación de vehículos particulares (Cambia 360) de la anualidad 2022.

 

En atención a los fondos disponibles, todas las solicitudes válidamente presentadas pueden ser estimadas, de manera que no es necesaria la ordenación de solicitudes para determinar aquéllas que obtienen la subvención solicitada.

 

SEGUNDO.- Para obtener la condición de beneficiario de las ayudas constituye requisito indispensable no estar incurso en alguna de las causas de prohibición establecidas en el artículo 13 de la LGS, particularmente, hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social, y en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones con la Administración.

 

De este modo, en la presente propuesta se han excluido como beneficiarios aquellos solicitantes que, aun figurando en la propuesta de resolución provisional como beneficiarios, al haber recabado de nuevo los certificados acreditativos de encontrarse al corriente de obligaciones tributarias, por caducidad de su validez, han pasado a ser negativos, y por otro se han incluido aquéllos que en el plazo establecido al efecto han acreditado estar al corriente en el cumplimiento de dichas obligaciones.

 

De igual modo se ha constatado que los solicitantes propuestos como beneficiarios cumplen con todas y cada una de las obligaciones establecidas en el artículo 14 de la LGS y en los artículos 15.2 y 16 de la OBRGS, salvo aquellas relativas a la realización del acto subvencionable y a la justificación de la subvención, que deberán cumplirse junto con la justificación, previa al pago de la subvención, contemplada en el apartado 13 de la Convocatoria.

 

Así, se ha verificado que todos los solicitantes hayan declarado que no se encuentran incursos en las prohibiciones del artículo 13 de la LGS, en particular, que se encuentran al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones y que han manifestado otras subvenciones públicas que han solicitado u obtenido para esta misma actuación.

 

TERCERO.- En cuanto a las alegaciones formuladas a la propuesta de resolución provisional, se ha de indicar que han incluido en el Anexo I "Solicitudes estimadas" los solicitantes cuyas alegaciones han sido estimadas.

 

En cuanto a las alegaciones presentadas por D. Antonio Barrado Mateos, D. Jose Antonio de la Llama Blanco y María Sofia Córdoba Álvarez, tal y como se establece en el apartado 10 de la convocatoria, la solicitud se debería haber realizado por parte del interesado, a través del concesionario o punto de venta adherido, sin que conste en estos casos que la solicitud se llegara a presentar.

 

Así mismo respecto a las alegaciones presentadas por aquellos beneficiarios (José Ángel Vázquez Pérez -CERO_0406- y Raúl Martínez Contreras -ECO_0367-) que solicitan un cambio de ámbito distinto al que figuran como beneficiarios en la propuesta provisional, se señala que el objeto de esta alegación sería una nueva solicitud y que el plazo para su presentación ha expirado, por lo que al tratarse de un procedimiento de concurrencia competitiva no procede estimar su alegación.

 

Respecto a las demás alegaciones recibidas, se han desestimado porque no desvirtúan los incumplimientos a los que se aludían en la propuesta de resolución provisional. Los motivos de desestimación son los que se explicitan en el anexo correspondiente.

 

CUARTO.- Según se dispone en el artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, los interesados pueden desistir de sus solicitudes o renunciar a sus derechos cuando no esté prohibido por el ordenamiento jurídico.

 

De este modo, procede aceptar de plano la renuncia formulada por los siguientes solicitantes de subvención que así lo han requerido expresamente y que se encontraban entre los beneficiarios de la propuesta de resolución provisional:

Expediente

NOMBRE

APELLIDO1

APELLIDO 2

DNI/NIE

ECO_0994

MIRIAM

SUÁREZ

ROMERO

*****130W

ECO_0983

MARCO

RENDINA

 

*****629B

ECO_1806

ALFREDO

DÍAZ

CASTAÑO

*****163K

ECO_1678

DIEGO DANIEL

DEL REY

LÓPEZ DE LA TORRE

*****155Z

ECO_2317

JUAN JOSÉ

GRAÑENA

MARÍN

*****252J

ECO_1878

ALFONSO

ARIAS

PARRILLA

*****784N

ECO_1524

JOSÉ MANUEL

MENÉNDEZ

GORDITO

*****624E

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