BOAM nº 8284 (23/11/2018)
Gerencia de la Ciudad
2387
Resolución de 23 de noviembre de 2018 del Gerente de la Ciudad por el que se aprueba el baremo de remuneraciones por la colaboración en actividades desarrolladas por la Escuela de Formación del Ayuntamiento de Madrid.
Cuarto.- La documentación que se entregue deberá cumplir con la normativa aplicable en materia de protección de datos de carácter personal y de propiedad intelectual y llevará implícita la cesión voluntaria y de forma gratuita al Ayuntamiento de Madrid, EFAM, de los derechos de publicación y divulgación de la documentación en su portal corporativo (intranet) y en la Escuela Virtual del Ayuntamiento de Madrid, para su uso exclusivamente interno y con carácter intemporal, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual.
La EFAM podrá seleccionar y promover la difusión en la intranet municipal, a los efectos exclusivos de consulta de los empleados públicos interesados, de aquella documentación formativa que por sus características, importancia del tema y calidad técnica, considere conveniente.
Quinto.- Las actividades a las que se refiere la presente resolución se realizarán de conformidad con lo establecido en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, y demás disposiciones de desarrollo, el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón de servicio, y la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
Las remuneraciones por actividades desarrolladas por la EFAM que se formalicen a través de convenios o contratos serán las fijadas en dichos instrumentos de colaboración.
Sexto.- Quedan excluidas del conjunto de remuneraciones contempladas en la presente resolución las relativas a gastos en dietas, locomoción y otras indemnizaciones por razón de servicio previstas en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, que se liquidarán de conformidad con lo dispuesto en el citado reglamento.
A las remuneraciones satisfechas en virtud de la presente resolución se les efectuarán las retenciones a efectos del IRPF que correspondan, según la normativa vigente en cada caso para dicho impuesto.
Séptimo.- La presente resolución surtirá efectos a partir del 1 de enero de 2019 y será publicada en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, quedando sin efecto el Decreto de 20 de septiembre de 2010 del Delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública se aprobó el baremo de remuneraciones por la colaboración en actividades desarrolladas por el Instituto de Formación y Estudios del Gobierno Local de Madrid.
No obstante lo anterior, la liquidación de las colaboraciones en actividades formativas desarrolladas por la EFAM con anterioridad al 1 de enero de 2019 se realizará de conformidad con el Decreto de 20 de septiembre de 2010.
Madrid, a 23 de noviembre de 2018.- El Gerente de la Ciudad, Eloy Gregorio Cuéllar Martín.