BOAM nº 9443 (08/08/2023)
Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad
2370
Decreto de 4 de agosto de 2023 del Delegado del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad por el que se declara el ámbito territorial de Sol como espacio de especial protección para el peatón.• la calle de la Paz
• la calle Carretas.
En esta zona peatonal queda prohibida la circulación y estacionamiento de vehículos, salvo aquellos relacionados en el apartado 2 del artículo 20 de la Ordenanza de Movilidad Sostenible.
Además, no se permitirá ni la parada ni el estacionamiento en todo el ámbito de la Puerta del Sol para proteger el Bien de Interés Cultural, su integridad material y la calidad del paisaje urbano.
En este sentido los vehículos de distribución urbana de mercancías puedan estacionar en las calles de acceso o salida a la Puerta del Sol, de acuerdo los itinerarios establecidos en el punto segundo de este decreto.
SEGUNDO.- Deberán adaptarse las condiciones de uso a las siguientes prescripciones:
A) Las operaciones de carga y descarga quedan establecidas del siguiente modo:
• Calles Mayor y Alcalá: se mantienen los mismos horarios actuales de las calles Arenal, Montera y Carretas. Horario de carga y descarga, de 0 a 11 horas.
• Calles Carmen y Preciados: mantienen los horarios de carga y descarga actuales, de 23 a 11 horas.
• Calles Espoz y Mina y Victoria: horario descarga y descarga, de 7 a 10:30 horas.
• Calles Marqués de Viudo de Pontejos, Correos, La Paz y Carreta, de 7 a 10:30 horas
• Se prohíbe la realización de operaciones de carga y descarga en la Puerta del Sol a cualquier hora del día.
La circulación por la Puerta del Sol se realizará exclusivamente por dos calzadas con pavimento diferenciado de adoquín de 10 x 10 cm. Estas calzadas conectan:
• Itinerario 1: calle Alcalá - calle Arenal (por el arco norte de la plaza).
• Itinerario 2: calle Mayor - calle Carrera de San Jerónimo (frente al edificio de la Casa de Correos).
• Itinerario de conexión: Tramo comprendido entre la calle Alcalá y calle Carrera de San Jerónimo.
La circulación de entrada y salida a la Puerta del Sol será la siguiente:
Calles de entrada a Puerta del Sol:
• Calle Mayor.
• Calle Preciados.
• Calle Alcalá.
• Calle Espoz y Mina.
Calles de salida de Puerta del Sol:
• Calle Arenal.
• Calle Montera.
• Calle Carrera de San Jerónimo.
• Calle Carretas.
Desde la calle del Carmen y Correo no se podrá acceder ni salir de la Puerta del Sol.
B) El acceso al aparcamiento de la Comunidad de Madrid en plaza de Marqués Viudo de Pontejos y a la sede de Presidencia de la Comunidad de Madrid se realizará por calle Esparteros y calle Marques Viudo de Pontejos a la calle San Ricardo. De salida desde la calle San Ricardo por calle Carretas a plaza Jacinto Benavente.
C) El acceso a los aparcamientos de la calle Alcalá, entre Sevilla y Puerta del Sol, se realizará por calle Alcalá y de salida por Puerta del Sol a calle Carrera de San Jerónimo.
D) El paso de ciclistas por la zona peatonalizada se realizará a través del itinerario 2 del apartado B del artículo segundo: calle Mayor - calle Carrera de San Jerónimo (frente al edificio de la Casa de Correos) por carril habilitado como acera-bici. Dicha acera-bici se ha ejecutado en plataforma única, con una diferencia de cota de 4 cm, absorbida en un plano inclinado donde se ubica una banda de baldosa de 40 cm de botones (pavimento podotáctil).
TERCERO.- El presente decreto surtirá efectos desde su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
CUARTO.- Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante el Delegado del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso administrativo, ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y así como por el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que se estime pertinente.
Madrid, a 4 de agosto de 2023.- El Delegado del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad (P.S. Decreto del Alcalde de 27 de julio de 2023), la Delegada del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos, Paloma García Romero.