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BOAM nº 8670 (26/06/2020)
Área de Gobierno de Desarrollo Urbano

962

Resolución de 17 de junio de 2020 de la Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano por el que se hace público el Decreto de 4 de junio de 2020 del Delegado del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano, por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones 2020 con destino a actuaciones de adaptación de las viviendas para personas con movilidad reducida o discapacidad sensorial en la ciudad de Madrid, “PLAN ADAPTA MADRID 2020”.

Artículo 34. Devolución a iniciativa del/de la perceptor/a.

 

1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, los/as beneficiarios/as podrán realizar voluntariamente la devolución de la totalidad de la cuantía o parte de ella mediante su ingreso, en concepto de "devolución voluntaria de subvención", en la cuenta de titularidad del Ayuntamiento de Madrid que determine la Tesorería Municipal, previa solicitud del/de la perceptor/a.

 

2. Al mismo tiempo, el/la beneficiario/a deberá comunicar a la Dirección General de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración, la devolución voluntaria indicando expresamente el importe y la fecha en la que se realizó la misma, así como el proyecto concreto subvencionado.

 

3. En estos casos, el órgano competente adoptará resolución al efecto y emitirá la correspondiente liquidación con el cálculo de los intereses de demora producidos desde el efectivo abono de la subvención hasta ese momento. La resolución será motivada, especificando los periodos aplicados para la determinación de tales intereses, que habrán de recogerse debidamente desglosados. La resolución, que se le notificará al interesado, adjuntará la correspondiente liquidación con la debida carta de pago y las indicaciones necesarias para proceder a su ingreso al Ayuntamiento de Madrid.

 

Artículo 35. Delegación a la Directora General de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración.

 

Se faculta a la Directora General de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano para dictar cuantas resoluciones resulten necesarias para el desarrollo y ejecución del presente Decreto, así como para resolver las dudas que pudieran surgir en orden a su interpretación y aplicación.

 

Madrid, a 17 de junio de 2020.- La Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano, Inés Cámara Martín.

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