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BOAM nº 9375 (03/05/2023)
Ayuntamiento Pleno

1406

Acuerdos de la Sesión (3/2023), ordinaria del Pleno celebrada el día 28 de marzo de 2023.

Así desde marzo de 2020 hasta septiembre de 2022 el sistema de solicitud de empadronamiento, justificantes de empadronamiento y gestiones de renovación de residencia de personas extranjeras, se pudo solicitar a través de formulario en la web municipal sin necesidad de firma electrónica y tramitadas por el personal de las Oficinas, facilitando así el acceso y la solicitud además de la atención con Cita Previa.

Desde entonces, siguiendo las indicaciones de la autoridad sanitaria competente, para la prevención de riesgo de contagio, se adoptaron las medidas oportunas, mantenimiento de distancia de seguridad y control de aforos en las Oficinas y dependencias que paulatinamente volvieron a la actividad con la reanudación de los plazos y trámites administrativos, previa solicitud de Cita Previa.

Medidas de distanciamiento obligadas, y gestión de la atención al público que el sector privado en su mayoría adoptó.

Sin embargo, una vez que se fueron tomando nuevas medidas por parte de las autoridades sanitarias, se produjo una bifurcación en los modelos de atención por parte de las administraciones.

Algunas en estos tres años han ido normalizando, en cuanto las restricciones se han ido levantando, la comunicación y trato directo con el ciudadano, si así este lo demanda como el Ayuntamiento de Madrid.

Las Oficinas de Atención a la Ciudadanía de Línea Madrid en el Ayuntamiento de Madrid fueron las primeras a abrir de nuevo la atención presencial el 8 de junio de 2020.

En abril de 2022 se implementó la atención a Mayores de 65 sin necesidad de Cita Previa.

Desde 4 de abril 2022 a 28 de febrero de 2023 habiéndose atendido a 121.171 personas que han realizado 187.053 gestiones.

El pasado 16 de enero, las oficinas de atención a la ciudadanía Línea Madrid comenzaron a ofrecer sin cita previa una amplia cartera de servicios.

Y desde el pasado 1 de febrero, se ha vuelto a prestar el servicio de registro sin necesidad de cita previa, facilitando así a la ciudadanía su relación con el Ayuntamiento y con otras administraciones públicas a través de las 16 oficinas de asistencia en materia de registro, las 27 oficinas de atención a la ciudadanía (OAC) de Línea Madrid y las 5 oficinas de atención Integral al contribuyente (OAIC).

Actualmente en las Oficinas de Línea Madrid se vienen atendiendo entre 1.500 a 2.000 personas diarias para el Servicio de Registro, absorbiendo demanda ciudadana que acude a nuestras Oficinas para presentar solicitudes y documentación dirigida a otras administraciones.

Sin embargo entes, organismos, entidades dependientes de otras administraciones, en estos tres años apenas han variado su forma de atender al ciudadano, cuando la situación sanitaria es totalmente distinta a los negros días del invierno y primavera de 2020.

Ello comporta una limitación del acceso de los ciudadanos a la gestión y defensa de sus derechos e intereses legítimos ante el órgano o administración competente.

Creando barreras difícilmente salvables para diversos colectivos de nuestra sociedad sensibles, afectados por una brecha tecnológica y generacional.

Originando actividades paralegales cuando no directamente ilícitas, de las que son víctimas aquellas personas acuciadas por la necesidad de realizar trámites imprescindibles para la tramitación del acto administrativo que necesiten.

Paradigmático resulta la situación de organismos dependientes del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, como el Instituto Nacional de Seguridad Social o la Tesorería General de la Seguridad Social, en el que la situación de los administrados, roza el maltrato, cuando no el abandono, al no poderse poner en contacto por los medios telemáticos habilitados para iniciar gestiones o no poder realizar las gestiones al no poderse proveer de cita.

PARTE DISPOSITIVA

El Pleno aprueba:

Instar al Consejo de Ministros del Gobierno de España a que adopte de forma urgente, las medidas normativas, organizativas, técnicas, presupuestarias y de personal necesarias para normalizar la atención a los administrados".

 

V. PARTE DE INFORMACIÓN, IMPULSO Y CONTROL (Subapartado 2)

 

Información del equipo de gobierno

 

Punto 43. Se da cuenta del Acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid en sesión de 23 de febrero de 2023, por el que se modifica el Acuerdo de 27 de junio de 2019 de organización y competencias del Área de Gobierno de Hacienda y Personal.

 

Punto 44. Se da cuenta, en cumplimiento del artículo 26.ter.4 de la Ordenanza de Terrazas y Quioscos de Hostelería y Restauración, del informe relativo a la ordenación conjunta en el periodo 2022-23, que abarca el periodo comprendido entre el 1 de febrero de 2022 al 28 de febrero de 2023.

 

Punto 45. Se da cuenta del Acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid en sesión de 2 de marzo de 2023, por el que se inadmite a trámite el Estudio de Detalle para el edificio situado en la calle de Darío Aparicio número 33, promovido por Nueva Geriatría S.L. Distrito de Moncloa-Aravaca.

 

Punto 46. Se da cuenta del Acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid en sesión de 2 de marzo de 2023, por el que se avocan las competencias para la ejecución de las obras de edificación derivadas del Programa de cesión de suelo en régimen de derecho de superficie con destino a la promoción de viviendas en alquiler asequible respecto a la parcela número 29733 del Patrimonio Municipal del Suelo, ubicada en la avenida de Nuestra Señora de Valvanera con vuelta a la calle de la Tórtola y a la calle de la Zaida.

 

Punto 47. Se da cuenta del Acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid en sesión de 2 de marzo de 2023, por el que se modifica el Acuerdo de 4 de julio de 2019, de organización y competencias del Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social.

 

Punto 48. Se da cuenta del Acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid en sesión de 9 de marzo de 2023, por el que se avoca la competencia en materia de contratación, a los solos efectos del nombramiento, coordinación y retribución de los comités de expertos en los procedimientos de licitación de escuelas infantiles, y se delega en el titular del Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social.

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