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BOAM nº 8802 (11/01/2021)
Ayuntamiento Pleno

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Acuerdos de la sesión (16/2020), ordinaria del Pleno celebrada el día 24 de noviembre de 2020.

3. Realizar actuaciones urgentes en las aulas de los colegios públicos de conservación municipal y escuelas infantiles de la red municipal en las que ambos trabajos de análisis den como resultado un informe negativo sobre la viabilidad de la prescriptiva ventilación natural cruzada: apertura de vanos y/o la compra de mecanismos de ventilación, aparatos purificadores de aire, filtros HEPA, etc. en los casos en los que su instalación esté técnica y sanitariamente indicada.

4. Incluir en ambas tareas un trabajo exhaustivo y urgente de análisis del estado de los cuartos de baño de los centros educativos cuyo mantenimiento y conservación es competencia de las Juntas Municipales de Distrito y en los de las escuelas infantiles de la red municipal para que todos tengan la ventilación necesaria y para asegurar que todos los urinarios cuenten con tapa, grifos, cisternas y mecanismos de descarga en perfecto estado para evitar posibles contagios por coronavirus, contemplando los riesgos que la Comunidad de Madrid ha documentado en sus publicaciones al respecto.

5. En el caso de que la Comunidad de Madrid no lleve a cabo la adquisición de medidores de CO2 en los centros de Educación Infantil y Primaria, tal y como se ha comprometido, que el Ayuntamiento de Madrid realice la compra e instalación de estos equipos, como actuación propia o como colaboración formalizada mediante convenio.

6. En el caso de las Escuelas Infantiles, desde el Área de Hacienda habrán de darse instrucciones para modificar los contratos de las Escuelas Infantiles con el fin contemplar el gasto que desde septiembre ha sido necesario afrontar por parte de las adjudicatarias para la compra de todo el material necesario para hacer frente a la pandemia (termómetros, mascarillas, calzas, batas de un solo uso, termómetros, gel hidroalcohólico, etc.) junto con la actual inversión imprescindible en medidores de CO2 como primer paso generalizado".

 

Punto 43. Aprobar los puntos 1 y 3 de la proposición n.º 2020/8000960, presentada por el concejal don Francisco Javier Ortega-Smith Molina, Portavoz del Grupo Municipal VOX, en la redacción resultante de integrar en la misma el acuerdo transaccional "in voce" planteado por el grupo municipal Mas Madrid, interesando el suministro gratuito de mascarillas, higiénicas o quirúrgicas, mientras sean de uso obligatorio para todos los vecinos mayores de seis años y, una vez finalizado el estado de alarma, a los solicitantes con prescripción médica, estableciendo el mecanismo más adecuado y seguro para su efectiva entrega a los vecinos que se encuentran en situación de extrema vulnerabilidad de dos mascarillas reutilizables a cada una de las personas en dicha situación y que se inste al Gobierno de España a que realice las actuaciones de carácter tributario que se indican en la iniciativa encaminadas a llevar a cabo lo anterior y rechazar el punto 2 de la misma.

Siendo el acuerdo adoptado del siguiente tenor literal:

"EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:

En la situación actual de estado de alarma que vuelve a golpear a los sectores económicos más débiles, pero más necesarios, en el continuismo de la trágica gestión de un gobierno insolvente, multitud de familias están viendo afectada gravemente su economía y no pueden llegar a comprar los alimentos más básicos y necesarios. Nos encontramos sin duda inmersos en una emergencia alimentaria creciente en los hogares de nuestros vecinos.

Estas personas, que antes eran contribuyentes a la caja del Ayuntamiento, necesitan que sea ahora el Ayuntamiento quien les preste auxilio en algo tan necesario como es la alimentación y otros productos o servicios básicos.

Por si fuera poco, miles de españoles siguen sin cobrar los ERTES y el ingreso mínimo vital se autoriza de forma cuestionable. Esto hace que la carga de adquirir productos de obligatoriedad recientemente regulada suponga en muchas familias un esfuerzo intolerable.

La situación es crítica y requiere una respuesta inmediata y contundente. Este grupo ya ha presentado múltiples propuestas para paliar las necesidades básicas y seguirá presentando cuantas sean necesarias, pero hoy planteamos la solución a una cuestión que afecta, en mayor o menor medida, a todas familias: ninguna madre debe elegir entre comprar leche o mascarillas, ningún abuelo debe elegir entre calentar el hogar o comprar mascarillas.

· Estado de alarma: Medidas de seguridad, higiene y prevención en la desescalada.

Con la declaración por la Organización Mundial de la Salud de la pandemia por la COVID-19 el pasado 11 de marzo de 2020, y posterior declaración del estado de alarma en España, mediante Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 (BOE n.º 67, de 14 de marzo), sucesivamente prorrogado, el Ministro de Sanidad quedó habilitado para dictar las órdenes, resoluciones, disposiciones e instrucciones interpretativas que, dentro de su ámbito de actuación como autoridad delegada, sean necesarias para garantizar la prestación de todos los servicios, ordinarios o extraordinarios, en orden a la protección de personas, bienes y lugares.

Recientemente se ha publicado el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara de nuevo el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2.

· Orden SND/422/2020, de 19 de mayo, por la que se regulan las condiciones para el uso obligatorio de mascarilla.

Al amparo de dicha regulación, de carácter urgente y extraordinario, se dictó la Orden SND/422/2020, de 19 de mayo, por la que se regulan las condiciones para el uso obligatorio de mascarilla durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. Se ha justificado la publicación de dicha Orden indicando que la evolución de la crisis sanitaria ha obligado a adaptar y concretar las medidas adoptadas, para asegurar la eficiencia en su gestión, y dada la ya reconocida alta transmisibilidad del SARS-CoV2.

De esta manera, y desde el pasado 21 de mayo, resulta obligado el uso de mascarilla de cualquier tipo, aunque preferentemente higiénicas y quirúrgicas, que cubra nariz y boca, por parte de la población mayor de 6 años (recomendable en niños de 3 a 6), con determinadas excepciones. Y todo ello en la vía pública, en espacios al aire libre, y en cualquier espacio cerrado de uso público, o que se encuentre abierto al público, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros.

PARTE DISPOSITIVA

El Pleno aprueba:

1. El suministro gratuito de mascarillas, higiénicas o quirúrgicas, mientras sean de uso obligatorio para todos los vecinos mayores de seis años y, una vez finalizado el estado de alarma, al solicitante con prescripción médica, estableciendo el mecanismo más adecuado y seguro para su efectiva entrega a los vecinos que se encuentren en situación de extrema vulnerabilidad de dos mascarillas reutilizables a cada una de las personas en dicha situación.

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