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BOAM nº 9649 (10/06/2024)
Distrito de Chamartín

1966

Decreto de 4 de junio de 2024 de la Concejal Presidente del Distrito de Chamartín por el que se acuerda la aprobación de la convocatoria pública de Subvenciones de Fomento del Asociacionismo del Distrito de Chamartín en la anualidad 2024.

No se iniciará el procedimiento de reintegro cuando el importe a reintegrar sea inferior a seis euros.

 

 

 

Artículo 30. Devolución a iniciativa de la entidad perceptora.

 

30.1. De conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la OBRGS, las entidades beneficiarias de la subvención podrán realizar voluntariamente la devolución de la totalidad de la cuantía, o de parte de ella mediante su ingreso como "devolución voluntaria de subvención", en la cuenta de titularidad del Ayuntamiento de Madrid: ES36 0049 1892 6729 1326 3285. En el concepto del ingreso que se realice el beneficiario deberá indicar "devolución de subvención" y a continuación el NIF de la entidad.

 

La entidad deberá acreditar ante la Unidad de Participación Ciudadana y Cooperación Público-Social del Distrito la realización del reintegro mediante la aportación de la carta de pago justificativa del reintegro del remanente no aplicado o mediante la aportación de declaración responsable firmada electrónicamente por el representante legal de la entidad en la que se incluyan los datos del pago necesarios para su identificación. Posteriormente esta Unidad informará al Negociado de Control Bancario de Intervención General mediante mensaje electrónico.

 

30.2. En estos casos, el órgano competente adoptará la correspondiente resolución con el cálculo de los intereses de demora producidos hasta ese momento. Ésta se comunicará a la entidad con la indicación de la forma de proceder para realizar el ingreso de la liquidación de dichos intereses de demora.

 

Madrid, a 4 de junio de 2024.- La Concejal Presidente del Distrito de Chamartín, Yolanda Estrada Madrid.

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