Saltar navegación

BOAM nº 9540 (02/01/2024)
Distrito de Tetuán

8

Decreto de 15 de diciembre de 2023 de la Concejal Presidenta del Distrito de Tetuán por el que se aprueban las bases de la III Edición del Certamen Literario Escolar “Tetu y Tuán” del Distrito de Tetuán, año 2024. Número de expediente 106/2023/06315.

En este caso, el centro deberá entregar los trabajos originales de cada alumno, por duplicado, junto con el sobre cerrado (plica) de cada participante, de lunes a jueves de 8:30 a 17:00 horas y viernes de 9:30 a 14:00 horas en la siguiente dirección:

Junta Municipal de Distrito de Tetuán. Calle Simancas, 6, 28029 Madrid. Dirigidos a la Unidad de Servicios Culturales y Ocio Comunitario.

 

En el exterior de la plica se indicará:

 

a) "Inscripción en el Certamen literario escolar Tetu y Tuán, Modalidad xxx".

b) Pseudónimo del autor.

c) Título de la obra presentada a concurso.

d) Número de anotación de la instancia de inscripción en el certamen presentada en registro.

 

En el interior de la plica se facilitarán los siguientes datos:

 

a. Nombre y apellidos del autor.

b. Dirección postal completa.

c. Teléfono de contacto y correo electrónico del profesor que lo ha inscrito y de sus progenitores y/o tutores legales.

d. Centro escolar en el que está matriculado.

 

7.6. La ausencia de datos o su inexactitud puede dar lugar, en su caso, a la exclusión de la obra.

 

7.7. El plazo de inscripción, así como de la entrega de documentación, comenzará el día posterior a la publicación de estas bases en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, y finalizará el día 31 de enero de 2024.

 

8. Jurado.

 

8.1. El jurado estará compuesto por:

 

a) Presidente (con voz y voto de calidad): Concejal-Presidenta del Distrito de Tetuán, o persona en quien delegue.

b) Vocales (con voz y voto):

Un miembro designado por cada uno de los grupos políticos con representación en la Junta Municipal.

Un autor de literatura infantil o persona vinculada al ámbito literario infantil de reconocido prestigio.

Un docente de lengua o literatura de centros educativos del distrito, o en su defecto, un autor de literatura infantil o persona vinculada al ámbito literario infantil de reconocido prestigio.

c) Secretaria (con voz y sin voto): Jefa de la Unidad de Servicios Culturales y Ocio Comunitario o funcionario/a en quien delegue.

 

8.2. El fallo del jurado, que será inapelable, tendrá lugar durante la primera semana de abril de 2024. Si por cualquier circunstancia, algún miembro del jurado no pudiera asistir personalmente al acto del fallo, podrá enviar su puntuación mediante correo electrónico.

 

8.3. Las decisiones del jurado constarán en acta.

 

8.4. Asimismo, el Distrito de Tetuán se reserva el derecho de hacer las modificaciones o tomar las iniciativas no reguladas en las presentes bases, siempre que contribuyan al mayor éxito del certamen.

 

9. Dotación económica y premios.

 

9.1. Categoría Benjamín (Modalidad Redacción): 3.º, 4.º, 5.º y 6.º de Primaria.

 

Primer premio: Diploma y Bono Parque Oro para tres personas. Valorado en 600 euros.

Segundo premio: Diploma y Bono Parque Plata para tres personas. Valorado en 435 euros.

Tercer premio: Diploma y Bono Parque Bronce para tres personas. Valorado en 345 euros.

 

Y un premio especial para el centro escolar que más alumnos haya presentado en esa categoría, consistente en 1.000 euros.

 

9.2. Categoría Junior (Modalidad Relato Corto): 1.º, 2.º, 3.º y 4.º E.S.O, 1.º y 2.º PMAR.

 

Primer premio: Diploma y Bono Parque Oro para tres personas. Valorado en 600 euros.

Segundo premio: Diploma y Bono Parque Plata para tres personas. Valorado en 435 euros.

Tercer premio: Diploma y Bono Parque Bronce para tres personas. Valorado en 345 euros.

 

Y un premio especial para el centro escolar que más alumnos haya presentado en esa categoría, consistente en 1.000 euros.

 

9.3. El importe total destinado a esta convocatoria asciende a 4.760 €.

 

9.4. Los premios serán entregados a los centros educativos mediante transferencia bancaria. El centro o centros en los que cursen sus estudios los alumnos premiados, se encargarán de la gestión, adquisición y entrega de los Bonoparques correspondientes.

 

Los centros inscritos deberán aceptar por escrito esta condición; en caso contrario, los alumnos que presenten no serán admitidos al certamen.

 

9.5. Los premios podrán quedar desiertos si así lo decidiera el jurado.

 

9.6. En caso de empate, el jurado propondrá repartir el importe de los premios en cantidades iguales entre los centros participantes que hayan presentado el mismo número de alumnos.

 

9.7. El jurado tendrá capacidad de dejar desiertos los premios, dejando constancia en acta de las razones por las que ningún trabajo reúna las condiciones necesarias.

 

9.8. Será de aplicación a los premios en metálico la legislación vigente en materia de impuestos, a los efectos de aplicar las retenciones fiscales correspondientes.

 

9.9. Para el cobro de los premios en metálico, los premiados en la presente edición deberán estar al corriente de sus obligaciones tributarias, de Seguridad Social, encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Madrid y hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

 

9.10. Los participantes autorizan al personal responsable de la Junta de Distrito de Tetuán, (Unidad de Servicios Culturales y Ocio Comunitario), a la realización de oficio de cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba formularse la propuesta de resolución. Toda comprobación por parte de la Administración municipal de los datos relativos al cumplimiento de los requisitos de los participantes requerirá de su autorización expresa, contenida en la solicitud específica (artículo 6 Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales).

 

 

Subir Bajar