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BOAM nº 7732 (29/08/2016)
Área de Gobierno de Cultura y Deportes

1858

Resolución de 9 de agosto de 2016 de la Secretaría General Técnica del Área de Gobierno de Cultura y Deportes por la que se ordena la publicación del Decreto de la Delegada del Área, de fecha 1 de agosto de 2016, por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el apoyo en nuestra ciudad de grandes eventos deportivos durante el año 2016 y las correspondientes bases.

Sobre 2 (deberá figurar la siguiente leyenda)

"Documentación Técnica de la convocatoria para la realización de grandes eventos deportivos"

 

1.- Memoria descriptiva del evento a desarrollar, a la que se adjuntará las certificaciones y documentos a los que se hace referencia en el artículo 10, y donde constará como mínimo:

- Desarrollo técnico del evento.

- Lugar de celebración.

- Número de ediciones anteriores del evento.

- Para las pruebas internacionales, copia del calendario de la Federación Internacional correspondiente o autorización de la prueba por el Consejo Superior de Deportes. Para las pruebas de carácter nacional calendario de la Federación Nacional correspondiente y certificado firmado por el representante legal o secretario de la entidad solicitante.

- Número de participantes en el evento.

- En pruebas de carácter internacional número de países participantes.

- Medios de retransmisión de la prueba.

- Certificado suscrito por el representante legal o secretario de la entidad en el que se haga constar la categoría del proyecto atendiendo a los criterios anteriores.

- Medios de promoción y publicidad de la misma.

2.- Certificado suscrito por el representante legal o secretario de la entidad en el que se haga constar si el evento está incluido o no en el catálogo de pruebas olímpicas y si no está incluido, el reconocimiento por el Comité Olímpico Internacional.

3.- Certificado firmado por el representante legal o secretario de la entidad en el que conste el número de ediciones realizadas a los efectos de valoración se tendrá en cuenta la edición de la prueba para que se solicita la subvención.

4.- Certificado firmado por el representante legal o secretario de la entidad en el que conste el número de participantes.

5.- Certificado firmado por el representante legal o secretario de la entidad en el que conste nombre del medio y fecha de publicación o retransmisión.

6.- Presupuesto de ingresos y gastos firmado por el representante legal de la entidad, donde no deberá figurar cantidad alguna como subvención del Ayuntamiento, debiendo detallarse de forma expresa el resto de los ingresos.

 

ARTÍCULO 10.- Criterios de Valoración.

La evaluación y puntuación de las solicitudes recibidas se realizará conforme a los siguientes criterios:

1.- Carácter del evento según la categoría del mismo:

- Evento, de un deporte olímpico, incluido en el calendario oficial de la Federación Internacional correspondiente:10 puntos.

- Evento, de un deporte olímpico, incluido en el calendario oficial de la Federación Española correspondiente: 5 puntos.

Si el evento para el que se solicita la subvención cumple los dos requisitos anteriores la puntuación obtenida por este apartado será la suma de ambos.

- Evento, de un deporte no olímpico pero reconocido por el Comité Olímpico Internacional, incluido en el calendario oficial de la Federación Internacional correspondiente: 5 puntos.

- Evento, de un deporte no olímpico pero reconocido por el Comité Olímpico Internacional, incluido en el calendario oficial de la Federación Española correspondiente: 2 puntos.

Si el evento para el que se solicita la subvención cumple los dos requisitos anteriores la puntuación obtenida por este apartado será la suma de ambos.

En la solicitud deberá incluirse certificado suscrito por el representante legal o secretario de la entidad en el que se haga constar la categoría del proyecto atendiendo a los criterios anteriores.

2.- Carácter del proyecto según el nivel de participación:

- Internacional: 10 puntos

- Nacional: 6 puntos

En la solicitud deberá incluirse en las pruebas de carácter internacional, copia del calendario de la Federación Internacional correspondiente o autorización de la prueba por el Consejo Superior de Deportes. Para las pruebas de carácter nacional calendario de la Federación Nacional correspondiente y certificado firmado por el representante legal o secretario de la entidad solicitante.

3.- Número de ediciones del evento:

- Más de 15 ediciones: 10 puntos.

- De 6 a 15 ediciones: 3 puntos.

- De 1 a 5 ediciones: 1 punto.

En la solicitud deberá incluirse certificado firmado por el representante legal o secretario de la entidad en el que conste el número de ediciones realizadas a los efectos de valoración se tendrá en cuenta la edición de la prueba para que se solicita la subvención.

4.- Número de participantes:

- Más de 151 participantes: 5 puntos.

- De 101 a 150 participantes: 3 puntos.

- Menos de 100 participantes: 2 puntos.

En la solicitud deberá incluirse certificado firmado por el representante legal o secretario de la entidad en el que conste el número de participantes.

5.- Repercusión del evento en los medios de comunicación:

- Retransmisión TV internacional: 5 puntos.

- Retransmisión TV nacional: 4 puntos.

- Inserción en medios nacionales: 2 puntos.

- Inserción en medios locales e Internet: 1 punto.

En la solicitud deberá incluirse certificado firmado por el representante legal o secretario de la entidad en el que conste nombre del medio y fecha de publicación o retransmisión.

6.- Capacidad de gestión en función del presupuesto de gastos del evento:

- Hasta 12.000 euros: 2 puntos.

- De 12.001 a 20.000 euros: 3 puntos.

- Más de 20.000 euro: 6 puntos.

En la solicitud deberá incluirse presupuesto de ingresos y gastos firmado por el representante legal o secretario de la entidad.

 

ARTÍCULO 11. Publicación.

La publicación del extracto de esta convocatoria se realizará en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, publicándose el texto integro de la misma en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, así como en la Sede Electrónica (https://sede.madrid.es). Así mismo se podrá realizar una publicación adicional en la forma y por los medios que se establezcan por el órgano competente para realizar la convocatoria.

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