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BOAM nº 8150 (10/05/2018)
Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo

1038

Decreto de 16 de abril de 2018 de la Delegada del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo por el que se aprueba la convocatoria del Certamen Escolar de Creación Literaria 2018.

12.4. De conformidad con lo establecido en el artículo 45 de la LPAC, todos los actos integrantes de este procedimiento se darán a conocer a los interesados mediante la publicación en el Boletín Oficial de Ayuntamiento de Madrid y en la web institucional del Ayuntamiento de Madrid: www.madrid.es.

12.5. Las obras premiadas y no premiadas podrán retirarse una vez finalizado el acto de entrega de premios.

 

13. Requisitos para el abono de los premios y acto de reconocimiento.

13.1. El alumnado que resulte premiado, de conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional Primera, apartado 5 de la OBRGS, deberá acreditar que se encuentra al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, no ser deudor por reintegro de subvenciones, ni hallarse incurso en alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2013, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para lo cual presentarán las oportunas declaraciones. La firma de las mismas corresponde, en el caso de que el/la alumno/a tenga dieciocho años, a él/ella mismo/a; y en el supuesto de que tenga menos de dieciocho años, a cualquiera de sus progenitores y en este último caso, cuando sean los progenitores los que suscriban la declaración a nombre de su hijo/a, deberán aportar, junto con la misma, copia del libro de familia.

En el caso de ausencia de los progenitores, y según se recoge en el apartado 7.2, deberá suscribir la declaración, la persona que tenga capacidad jurídica para ello, circunstancia que deberá ser acreditada documentalmente.

El cumplimiento de las obligaciones de reintegro de subvenciones, por parte de los premiados, se acreditará en la forma establecida en el artículo 33 de la ordenanza citada en el párrafo primero del presente apartado, para lo cual solo será exigible, en el momento de la tramitación del reconocimiento de la obligación, una declaración responsable de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y de hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro.

Las declaraciones enumeradas en el presente apartado, deberán presentarse exclusivamente cuando hayan transcurrido más de seis meses desde la presentación de la solicitud de participación.

13.2. El alumnado que resulte premiado deberá contar con DNI, NIE o pasaporte en vigor. La falta de presentación de cualquiera de estos documentos se considerará como renuncia al premio.

En el caso de que los/as alumnos/as premiados sean menores de edad se procederá a la subrogación en el cobro de los premios concedidos a los beneficiarios/as menores de edad, a favor del padre, madre o tutor legal de los mismos.

Los/as alumnos/as que resulten premiados/as o en el supuesto de que sean menores de edad, el padre, la madre o tutor legal del menor, deberán aportar los datos bancarios, de acuerdo con el modelo establecido, Impreso T, alta de pago por transferencia, necesarios para hacer efectivo el pago del premio, que se producirá una vez haya acordado la concesión del mismo la Delegada del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo.

El premio será abonado a través de transferencia bancaria en la cuenta indicada por el beneficiario. El importe del mismo estará sujeto a la retención correspondiente de IRPF, conforme a lo establecido en la legislación vigente.

13.3 Durante el mes de diciembre de 2018 tendrá lugar un acto de protocolario de reconocimiento a los premiados en los certámenes escolares 2018 y al que están invitados/as los/as ganadores/as o una representación de los mismos. Este acto tendrá lugar en el auditorio Caja de Música de CentroCentro, plaza de Cibeles, número 1, y su fecha concreta se pondrá en conocimiento de los participantes en el momento oportuno.

 

14. Aceptación, interpretación, responsabilidad de las obras y derechos de autor

14.1. La participación en el certamen supone la aceptación incondicionada de sus bases por parte de los participantes.

14.2. Cualquier duda que pudiera surgir acerca de la interpretación de las bases será resuelta por el jurado del certamen.

14.3. El Ayuntamiento de Madrid no se hace responsable necesariamente de las opiniones, manifestaciones gráficas o de otro tipo que pudieran expresarse por los participantes en este certamen.

14.4. El Ayuntamiento de Madrid se reserva el derecho de publicación de la obra en folletos, guiones pedagógicos o libros, que pudieran editarse en el marco del programa "Madrid, un Libro Abierto" o en la web institucional del Ayuntamiento de Madrid: www.madrid.es.

 

15. Derechos de imagen de los participantes.

Los centros del alumnado participante tendrán que hallarse en poder o solicitar a los progenitores o tutores, un permiso específico para aparecer en imágenes (fotografía, vídeo, etc.) tomadas con motivo de la participación en el certamen y/o en el acto de entrega de premios. Los datos facilitados se tratarán conforme a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

 

Madrid, a 16 de abril de 2018.- La Delegada del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo, Marta Higueras Garrobo.

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