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BOAM nº 5831 (11/07/2008)
Ayuntamiento Pleno

2151

Acuerdos de la sesión ordinaria del Pleno celebrada el día 30 de mayo de 2008.

18) Declarar de especial interés o utilidad municipal, a petición de Dª Cristina de Luna Bravo, en representación de la Comunidad de Propietarios de la calle San Quintín nº 4, las obras proyectadas en la finca citada, a los efectos de la bonificación en la cuota del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras que corresponda a las mismas, por tratarse de obras a realizar en un inmueble catalogado con Nivel de Protección 2 (Grado Estructural), incluidas entre los supuestos de bonificación del artículo 5, apartado c). c.2, de la Ordenanza fiscal reguladora del citado Impuesto vigente en el año 2008".

 

Punto 6. Adoptar en cinco expedientes otros tantos acuerdos del siguiente tenor literal:

"1) Desestimar la solicitud formulada por Dª Beatriz Carrera Manzano, en representación de Andobras S.A. sobre la declaración de especial interés o utilidad municipal de las obras de ampliación 3+6 unidades en el Colegio de Educación Infantil y Primaria Pedro Duque, sito en la calle Marmolina nº 5, a los efectos de obtener la bonificación en la cuota del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras que corresponda a las mismas, por tratarse de obras a realizar en una parcela destinada por el Plan General de Ordenación Urbana de Madrid a Equipamiento Básico, en su clase de Uso Alternativo, incluidas entre los supuestos de bonificación del artículo 5, apartado a), de la Ordenanza fiscal reguladora del citado Impuesto, toda vez que las obras se realizan sin la correspondiente licencia municipal, y por tanto, se incumple el requisito establecido en el artículo 16.6, de la citada Ordenanza vigente en el año 2006.

2) Desestimar la solicitud formulada por Dª Erenia Izquierdo Martín, en representación de la Comunidad de Propietarios de la calle Arriaga nº 53, sobre la declaración de especial interés o utilidad municipal de las obras proyectadas en la finca citada, a los efectos de la bonificación en la cuota del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras que corresponda a las mismas, toda vez que el edificio donde se realizan las obras no se encuentra incluido en un Área o Zona de Rehabilitación Preferente o Integrada, y por tanto, no se cumplen los requisitos exigidos en el artículo 5, apartado b), de la Ordenanza fiscal reguladora del citado Impuesto vigente en el año 2006.

3) Desestimar la solicitud formulada por D. José Ignacio Ortega Cachón, en representación de Agencia de Desarrollo Económico Madrid Emprende, sobre la declaración de especial interés o utilidad municipal de las obras proyectadas en la finca sita en la calle La Diligencia nº 9, a los efectos de obtener la bonificación en la cuota del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras que corresponda a las mismas, por tratarse de obras a realizar en una parcela destinada por el Plan General de Ordenación Urbana de Madrid a Equipamiento Básico, en su clase de Educativo, incluidas entre los supuestos de bonificación del artículo 5 apartado a), de la Ordenanza fiscal reguladora del citado Impuesto, toda vez que la solicitud fue presentada fuera del plazo establecido en el artículo 16.1, de la citada Ordenanza vigente en el año 2007.

4) Desestimar la solicitud formulada por D. Vicente Olivares Garde, en representación de la Comunidad de Propietarios de la calle Cuart de Poblet nº 81, sobre la declaración de especial interés o utilidad municipal de las obras proyectadas en la finca citada, a los efectos de la bonificación en la cuota del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras que corresponda a las mismas, por tratarse de obras de rehabilitación a realizar en un edificio sito en una Zona de Rehabilitación Integrada, incluidas entre los supuestos de bonificación del artículo 5, apartado b), de la Ordenanza fiscal reguladora del citado Impuesto, toda vez que la solicitud fue presentada fuera del plazo establecido en el artículo 16.1, de la citada Ordenanza vigente en el año 2007.

5) Desestimar la solicitud formulada por D. Jesús Ruiz Cosín, en representación de Arproma S.A. sobre la declaración de especial interés o utilidad municipal de las obras proyectadas en la calle Vía Lusitana nº 21, a los efectos de la bonificación en la cuota del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras que corresponda a las mismas, toda vez que dichas obras se realizan en una parcela no destinada a equipamiento, y por tanto, no se encuentran incluidas entre los supuestos de bonificación del artículo 5, apartado a), de la Ordenanza fiscal reguladora del citado Impuesto vigente en el año 2007".

 

Punto 7. Adoptar en tres expedientes, otros tantos acuerdos del siguiente tenor literal:

"1) Tener a Dª Rosa María Cuesta Herrero, en representación de la Comunidad de Propietarios de la calle Bronce nº 15, por desistida de su petición, formulada el día 3 de diciembre de 2007, en la que solicitó la declaración de especial interés o utilidad municipal respecto de las obras a realizar en la finca citada, a los efectos de obtener la bonificación en la cuota del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras correspondiente a las mismas, y asimismo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, declarar concluso el procedimiento y proceder al archivo de la referida solicitud.

2) Tener a Dª María de los Ángeles Bartolomé González, en representación de la Comunidad de Propietarios de la calle Monroy nº 42, por desistida de su petición, formulada el día 4 de diciembre de 2007, en la que solicitó la declaración de especial interés o utilidad municipal respecto de las obras a realizar en la finca citada, a los efectos de obtener la bonificación en la cuota del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras correspondiente a las mismas, y asimismo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, declarar concluso el procedimiento y proceder al archivo de la referida solicitud.

3) Tener a Block Arquitectura S.L. en representación de Dª Ayanta Sánchez Barilli, por desistido de su petición, formulada el día 17 de enero de 2008, en la que solicitó la declaración de especial interés o utilidad municipal respecto de las obras a realizar en la finca sita en la calle Aralar nº 5, a los efectos de obtener la bonificación en la cuota del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras correspondiente a las mismas, y asimismo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, declarar concluso el procedimiento y proceder al archivo de la referida solicitud".

 

ÁREA DE GOBIERNO DE URBANISMO Y VIVIENDA

 

Punto 8. Adoptar un acuerdo con los siguientes apartados:

"Primero.- Aprobar el Reglamento de Adjudicación de Viviendas afectas a los Programas Municipales de Vivienda a aplicar por la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Madrid, S.A.

Segundo.- Publicar en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid este Acuerdo y el Reglamento que constituye su objeto".

 

(El texto completo del Reglamento de Adjudicación de Viviendas afectas a los Programas Municipales de Vivienda a aplicar por la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Madrid, S.A., se incluye como Apéndice I relacionado con el punto 8 del orden del día).

 

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