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BOAM nº 6827 (26/12/2012)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid

2388

Acuerdo de 20 de diciembre de 2012 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se establece la organización y estructura del Área de Gobierno de Las Artes y se delegan competencias en su titular y en los titulares de los órganos directivos.

d) La coordinación de la promoción de la cultura en materia de artes escénicas, música, exposiciones y cine realizada por el Área de Gobierno de las Artes.

 

e) La programación, organización y gestión de las fiestas mayores de la ciudad.

 

f) La coordinación y colaboración en el ámbito de las relaciones externas con las distintas Áreas y organismos municipales así como con otras Administraciones y entidades públicas, en las materias de su competencia.

 

g) La interlocución y colaboración con aquellas asociaciones, instituciones y organismos en el ámbito de la cultura que propongan o desarrollen actividades que se consideren estratégicas para la ciudad de Madrid.

 

h) El impulso de programas, en coordinación con otras Áreas de Gobierno, de promoción de la cultura así como de festivales o iniciativas de interés público en el ámbito de su competencia.

 

i) El fomento y la ayuda a los sectores vinculados a la creación cultural en la ciudad de Madrid, así como la promoción de las industrias culturales, de la nueva creación artística, y la creación y consolidación de nuevos públicos.

 

j) Establecer los criterios para la gestión y uso de espacios municipales al servicio de la creación, así como la coordinación del resto de recursos culturales del Área de Gobierno.

 

k) Mantener las relaciones ordinarias derivadas de la adscripción de la Empresa Pública Madrid Arte y Cultura, S.A., de conformidad con lo previsto en el artículo 2 del presente Acuerdo.

 

l) El desarrollo de la política de comunicación y difusión de las actividades del Área de Gobierno.

 

2. La Coordinación General de Las Artes se estructura en las unidades administrativas que seguidamente se indican, así como en las demás unidades y puestos de trabajo que se determinen en la relación de puestos de trabajo:

 

2.1. Subdirección General de Coordinación Cultural.

2.1.1. Servicio de Coordinación Cultural.

2.1.2. Departamento de Coordinación de Recursos Culturales.

2.1.3. Departamento de Planeamiento y Evaluación.

 

Artículo 6. Direcciones Generales.

 

1. A las Direcciones Generales les corresponden las funciones referidas en el artículo 48 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid, las que les atribuye el presente Acuerdo, así como las demás que les puedan ser asignadas por la Junta de Gobierno, sin perjuicio de las que puedan ejercer por delegación o desconcentración del Alcalde.

 

2. Asimismo, corresponde a los Directores Generales:

 

a) La notificación a los interesados de las resoluciones administrativas en materia de su competencia.

 

b) Acordar la conclusión y archivo de los expedientes que aparezcan ultimados en todos sus trámites referentes a materias propias de su competencia.

 

Artículo 7. Dirección General de Bibliotecas y Archivos.

 

1. A la Dirección General de Bibliotecas y Archivos le corresponden las competencias referidas en el artículo 6 del presente Acuerdo y, por delegación de la Junta de Gobierno, las siguientes:

 

a) Protección y gestión del patrimonio bibliográfico y documental municipal.

 

b) Creación, dirección y gestión de la red de bibliotecas del Ayuntamiento de Madrid, compuesto por las bibliotecas públicas y especializadas.

 

c) La gestión del Archivo de Villa, la protección de la documentación histórica procedente de los archivos de las distintas unidades municipales, así como la aprobación de directrices para la remisión de documentación.

 

d) Catalogación, conservación, acrecentamiento y difusión de los bienes culturales adscritos a bibliotecas y archivos.

 

e) Promocionar y facilitar el acceso al conocimiento, consulta e investigación de los bienes adscritos a bibliotecas y archivos, con la incorporación de nuevas tecnologías.

 

f) La dirección y gestión del Centro de las Artes del Libro (imprenta municipal).

 

g) La dirección y gestión de la Hemeroteca municipal.

 

h) Impulso y programación de actuaciones y actividades dirigidas al fomento, promoción y difusión del libro, del patrimonio documental y de la lectura.

 

i) Promoción de la acción cultural en los centros dependientes de la Dirección General, mediante la programación de actividades culturales con la participación de agentes culturales, económicos, sociales y los ciudadanos.

 

j) El desarrollo de la política de publicaciones del Área de Gobierno de las Artes.

 

k) Promoción de actuaciones y convenios de colaboración con otras Administraciones Públicas y con entidades públicas y privadas, en el ámbito de su competencia.

 

2. La Dirección General de Bibliotecas y Archivos se estructura en las unidades administrativas que seguidamente se indican, así como en las demás unidades y puestos de trabajo que se determinen en la relación de puestos de trabajo:

 

2.1. Subdirección General de Bibliotecas y Archivos.

2.1.1. Servicio de Bibliotecas Públicas.

2.1.2. Departamento de Tecnología e Innovación.

2.1.3. Departamento de Patrimonio Bibliográfico y Documental.

 

Artículo 8. Dirección General de Museos y Música.

 

1. A la Dirección General de Museos y Música le corresponden las competencias referidas en el artículo 6 del presente Acuerdo y, por delegación de la Junta de Gobierno, las siguientes:

 

a) Dirección, gestión y creación de museos y colecciones, de titularidad municipal.

 

b) La dirección y gestión de los espacios museísticos e inmuebles adscritos al Área de Gobierno en los que se permita la visita pública.

 

c) Catalogación, conservación, restauración, ampliación y difusión de los bienes culturales integrantes de los museos y colecciones municipales.

 

d) Asesoramiento técnico para la conservación preventiva, documentación y comunicación del Patrimonio Histórico mueble de propiedad municipal adscrito a otras unidades, instituciones u organismos municipales.

 

e) La promoción y gestión de las exposiciones en los centros dependientes de la Dirección.

 

f) La dirección y gestión del Centro Cultural Conde Duque.

 

g) La dirección y gestión del Planetario municipal.

 

h) La coordinación, asesoramiento y seguimiento de las exposiciones y proyectos museísticos que se realicen por el Área de Gobierno de las Artes.

 

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