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BOAM nº 9645 (04/06/2024)
Distrito de Latina

1888

Decreto de 21 de mayo de 2024 del Concejal Presidente del Distrito de Latina por el que se aprueban las bases que han de regir la séptima edición del Certamen de Arte Urbano de Latina Juan Carlos Argüello “Muelle”.

8.- Premios.

 

La cuantía total de los premios es de 1.500 euros, distribuyéndose de la siguiente forma:

 

- Primer premio, con una dotación económica de 800 euros, diploma y un trofeo conmemorativo.

- Segundo premio, con una dotación económica de 400 euros y diploma.

- Tercer premio, con una dotación económica de 300 euros y diploma.

 

En la concesión de los premios se tendrá en cuenta la legislación vigente en materia de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, a los efectos de aplicar las retenciones correspondientes.

 

El ganador o la ganadora del certamen deberá comprometerse a la realización de la obra, quedando supeditada la recepción del premio a la ejecución de la misma, en los términos especificados en el apartado 10 de estas bases.

 

El abono de los premios se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada por las personas premiadas, previa aportación del modelo de impreso denominado "Documento T-Alta de Pago por transferencia", que se facilitará en la Unidad de Servicios Culturales y Ocio Comunitario, por lo que todas las personas que participen en el certamen deberán disponer de cuenta bancaria.

 

La entrega de premios se realizará el 23 de septiembre de 2024, coincidiendo con la fecha de nacimiento del artista. En caso de fuerza mayor, el distrito se reserva el derecho de modificar la fecha de entrega.

 

9.- Instrucción y resolución.

 

La instrucción del procedimiento corresponde a la Coordinación del Distrito de Latina a través de la Unidad de Servicios Culturales y Ocio Comunitario.

 

El órgano instructor, a la vista del fallo del jurado, formulará propuesta de resolución que se elevará al Concejal Presidente del Distrito.

 

El plazo máximo de resolución no podrá exceder de seis meses a contar desde la publicación de la convocatoria.

 

La resolución por la que se conceden los premios pondrá fin a la vía administrativa.

 

Se prescinde del trámite de audiencia, según el artículo 82.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, al no figurar en el procedimiento ni ser tenidos en cuenta en la resolución otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por el interesado. 

 

10.- Obligaciones de los participantes y ganadores.

 

- La persona ganadora del concurso realizará el graffiti en base a su boceto ganador, entre los meses de julio y agosto, en el lugar que se le indique del muro del CDM Gallur (el material para su realización lo proporcionará el Distrito de Latina).

 

La Unidad de Servicios Culturales y Ocio Comunitario podrá modificar las fechas señaladas cuando circunstancias sobrevenidas así lo aconsejen.

 

- Las personas que participen en el presente concurso otorgarán su consentimiento, sin contraprestación económica alguna, para que el Distrito de Latina pueda, en su caso, utilizar los bocetos presentados en los distintos soportes de publicidad y de difusión que considere procedentes.

 

- Los datos facilitados por las personas participantes deberán ser veraces, siendo excluidas del concurso aquellas personas que facilitasen datos falsos.

 

- Asimismo, en el caso de que el Distrito de Latina detecte cualquier anomalía o sospeche que alguna persona participante esté impidiendo el normal desarrollo del concurso, alterando ilegalmente su registro o su clasificación mediante cualquier procedimiento, podrá, de forma unilateral, excluirla del proceso.

 

- Las personas que participen en este certamen prestan su consentimiento, mediante dicha participación, para que los datos personales facilitados sean incluidos en un fichero automatizado para la gestión de este concurso por parte del Distrito de Latina, de conformidad con lo establecido en la vigente normativa de protección de datos de carácter personal.

 

 

11.- Aceptación y protección de datos.

 

La participación en el certamen implica la total aceptación de las bases de esta convocatoria.

 

La organización se reserva el derecho a modificar las bases o adoptar decisiones sobre aspectos no regulados en las mismas, por razones de interés público que contribuyan a un mayor éxito del certamen.

 

Los datos registrados por las personas participantes serán recogidos y tratados conforme a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

 

12.- Publicación de la convocatoria.

 

La convocatoria del certamen se publicará, conforme a lo establecido en el artículo 2 de la disposición adicional primera de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, así como en la sede electrónica https://sede.madrid.es, incluyéndose los datos y documentos que se indican en el artículo 6 de la Ordenanza, sin perjuicio de la publicidad que, a través de los medios de comunicación y otras fórmulas, se realicen por el distrito para una mayor difusión del certamen.

 

Madrid, a 21 de mayo de 2024.- El Concejal Presidente del Distrito de Latina, Alberto González Díaz.

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