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BOAM nº 8982 (24/09/2021)
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo

2413

Resolución de 7 de septiembre de 2021 del Director General de Economía por la que se aprueba la convocatoria pública para la constitución de una bolsa de proyectos empresariales y para la concesión demanial de las naves industriales de la red de factorías industriales de la Ciudad de Madrid.

Los interesados deberán aportar, a partir del día siguiente a la fecha de publicación de las presentes bases, la siguiente documentación:

 

1. Impreso original de solicitud cumplimentado y firmado por el solicitante.

 

Deberá explicitarse en el apartado correspondiente del modelo de solicitud por orden de preferencia la nave industrial que se prefiere según las características establecidas en el Anexo II de la presente convocatoria, que será específico para cada una de las factorías que componen la Red municipal. En caso de no estar disponible la nave seleccionada, se pondrán a disposición del adjudicatario, las restantes, a las que se optará por orden de prelación según baremo.

 

2. Proyecto empresarial o Plan de Empresa que incluya, al menos, los contenidos y denominaciones del modelo que se adjunta en la presente convocatoria (Anexo III).

 

3. Deberá incluir, además, una Memoria Descriptiva de la Actividad y, en el caso de estar previstas o ser necesarias, una Memoria Descriptiva de las Obras a ejecutar para la implantación de dicha actividad. La Dirección General de Economía podrá solicitar que la documentación sea complementada o solicitar aclaraciones sobre la misma. Estos documentos serán evaluados por el Área de Gobierno de Desarrollo Urbano del Ayuntamiento de Madrid con el objeto de realizar una verificación previa de la adecuación urbanística de las actuaciones previstas. Ambas memorias deben estar firmadas por el representante legal.

 

4. Para sociedades, una copia de:

 

- Modelo 036/037 de inicio de actividad.

- Escrituras de constitución registradas y estatutos.

- Impuesto de Sociedades del último ejercicio liquidado.

- Última declaración de IVA presentada a la AEAT.

- Alta en el Régimen de Seguridad Social que corresponda (General o Autónomos) de todos los socios que compongan la sociedad.

- TC1 de cotización a la Seguridad Social del último año abonado en la fecha de solicitud de todos los centros de la empresa solicitante (en su caso).

- La solicitud conlleva la autorización para que el órgano competente pueda obtener la información de la consulta de los datos o documentos de estar al corriente de las obligaciones tributarias y de pago con la Seguridad Social. En el supuesto de que los solicitantes no autoricen expresamente esta consulta a través de las redes corporativas, de las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados a este efecto, deberán aportar la correspondiente certificación.

 

5.  Empresarios individuales, una copia de:

 

- Los ciudadanos extracomunitarios deberán aportar NIE y el permiso de trabajo que corresponda.

- Modelo 036/037 de inicio de actividad.

- Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y último recibo o justificante de pago del empresario individual.

- La solicitud conlleva la autorización para que el órgano competente pueda obtener la información de la consulta de los datos o documentos de estar al corriente de las obligaciones tributarias y de pago con la Seguridad Social. En el supuesto de que los solicitantes no autoricen expresamente esta consulta a través de las redes corporativas, de las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados a este efecto, deberán aportar la correspondiente certificación.

 

6. En los supuestos de traslado del emplazamiento físico de empresas que provengan de fuera del municipio de Madrid, se deberá presentar además un informe justificativo de la conveniencia de la relocalización empresarial, que será valorada por la Dirección General de Economía.

 

7. Declaración responsable referida a no estar incurso en prohibiciones e incompatibilidades para contratar con la administración (Anexo VI).

 

Si la documentación aportada fuera incompleta o adoleciera de cualesquiera otros defectos que se consideraren subsanables, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sobre subsanación y mejora de la solicitud, se requerirá al interesado/a para que, en el plazo máximo de 10 días hábiles, subsane o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá dictarse en los términos establecidos en el artículo 21 de la citada ley.

 

La solicitud se formalizará conforme al modelo que estará disponible en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid (https://sede.madrid.es), será dirigida al titular de la Dirección General de Economía y podrá presentarse:

 

Electrónicamente: Accediendo a la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid. En este caso deberá utilizarse alguno de los certificados electrónicos admitidos por el Ayuntamiento de Madrid.

 

Están obligados a realizar la tramitación por medios electrónicos las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y demás sujetos obligados por el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Las personas físicas (artículo 14.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas) podrán elegir la forma de relacionarse con la Administración. Por tanto, las solicitudes deberán podrán presentarse en el Registro del Ayuntamiento de Madrid:

 

a) Electrónicamente, accediendo a la Sede Electrónica del Ayuntamiento, https://sede.madrid.es. En este caso deberá utilizar alguno de los certificados electrónicos admitidos por el Ayuntamiento de Madrid.

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