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BOAM nº 7671 (01/06/2016)
Área de Gobierno de Participación Ciudadana, Transparencia y Gobierno Abierto

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Decreto de 10 de mayo de 2016 del Delegado del Área de Gobierno de Participación Ciudadana, Transparencia y Gobierno Abierto por el que se acuerda la aprobación de la convocatoria pública de subvenciones para el año 2016 del Área de Gobierno de Participación Ciudadana, Transparencia y Gobierno Abierto a entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos de voluntariado en la ciudad de Madrid. Expediente n.º 171/2016/00054.

Las solicitudes de subvención se formalizarán conforme al modelo que figura como solicitud de subvención en la presente convocatoria. A esta solicitud acompañará el modelo Anexo Memoria explicativa del proyecto.

 

La solicitud de subvención y el anexo Memoria explicativa del proyecto deberán suscribirse por quien ostente la representación legal de la entidad, haciendo constar en los mismos el nombre y firma del representante legal.

 

Los modelos podrán obtenerse en la web municipal www.madrid.es y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid https://sede.madrid.es.

 

2. Documentación que deberá acompañar a la solicitud:

 

2.1. Certificado expedido por quien ostente la secretaría de la entidad, que acredite la capacidad legal de la persona firmante de la solicitud como representante de la entidad, así como la vigencia de su cargo.

 

2.2. Si la entidad, por su naturaleza jurídica, no pudiese estar inscrita en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Madrid, deberá presentar documento acreditativo de hallarse inscrita en el registro público correspondiente. En ambos casos, la entidad deberá presentar los estatutos y escritura de constitución o normas fundacionales de la entidad o institución, salvo cuando estos obren en poder del Ayuntamiento de Madrid, de conformidad con lo establecido en el artículo 35.f de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en adelante, LRJPAC), siempre que se haga constar la fecha y el órgano o dependencia en que fueron presentados o, en su caso, emitidos y cuando no hubieran transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento a que correspondan, de conformidad con el artículo 23.3 de la LGS. Este extremo deberá acreditarse mediante declaración responsable del representante de la entidad en la que se especifiquen los documentos presentados, su fecha de presentación anterior y la dependencia donde se entregaron. En tal caso, las entidades solicitantes acreditarán en la citada declaración responsable que los documentos, así como los hechos y circunstancias que consten en los mismos, se mantienen vigentes y no han sufrido modificaciones en la fecha de presentación de la solicitud.

 

2.3. Declaración de quien ostente la representación legal de la entidad solicitante haciendo constar, bajo su responsabilidad, que esta se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, según establece el artículo 24.7 del RGS.

 

2.4. Declaración de quien ostente la representación legal de la entidad haciendo constar, bajo su responsabilidad, que no se halla incurso en ninguna de las causas que impiden obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas, según lo dispuesto en el artículo 13 de la LGS, y de estar al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

 

2.5. Declaración de quien ostente la representación legal de la entidad haciendo constar, bajo su responsabilidad, que la entidad no tiene pendiente de justificación fuera de plazo subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Madrid o sus organismos públicos. Esta declaración se presentará únicamente en el caso de que la entidad haya sido beneficiaria de subvenciones de convocatorias anteriores.

 

En todas estas declaraciones, la entidad deberá dejar constancia de que dispone de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos, señalando que no se podrán considerar como originales aquellas que se presenten de forma escaneada.

 

Las declaraciones señaladas en los puntos 2.3 a 2.5 de la presente convocatoria están incluidas en el texto del modelo de solicitud que se adjunta a esta convocatoria.

 

Por el solo hecho de presentar la solicitud, las entidades solicitantes y los representantes legales de las mismas autorizan al Ayuntamiento de Madrid a utilizar los datos de carácter personal contenidos en la documentación aportada para los fines de valoración de las solicitudes y, caso de resultar beneficiarias, para el seguimiento y control de los proyectos subvencionados. Los titulares de los datos podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición que les atribuye la legislación de protección de datos (Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y Reglamento de Protección de Datos de Carácter Personal, aprobado por el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre), ante la Dirección General de Participación Ciudadana (calle Alcalá, n.º 45, de Madrid).

 

El órgano instructor comprobará de oficio la inscripción de la entidad en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas.

 

Asimismo, el órgano instructor comprobará que las entidades se encuentran al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Madrid, haciéndolo constar en el expediente mediante la oportuna diligencia.

 

ARTICULO 6. Plazo y lugar de presentación de solicitudes.

 

La convocatoria será publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, así como en la página web del Ayuntamiento de Madrid www.madrid.es y su sede electrónica https://sede.madrid.es.

 

De conformidad con lo establecido en el artículo 23.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la convocatoria deberá publicarse en la BDNS y, un extracto de la misma, en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 20.8 de la LGS.

 

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados desde el siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

 

La solicitud, junto con el Anexo Memoria explicativa del proyecto y la documentación exigida, se dirigirán a la Dirección General de Participación Ciudadana y podrán presentarse en el Registro del Área de Gobierno de Participación Ciudadana, Transparencia y Gobierno Abierto (calle Alcalá, número 45, C.P.: 28014 Madrid), en los registros de Línea Madrid, en los registros de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas y en todas aquellas oficinas de registro que establecen las disposiciones vigentes. También podrá remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 38.4 de la LRJPAC.

 

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