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BOAM nº 9624 (03/05/2024)
Distrito de Usera

1431

Decreto de 16 de abril de 2024 de la Concejala Presidenta del Distrito de Usera por el que se aprueban las bases que rigen el otorgamiento mediante pública concurrencia de las autorizaciones demaniales de cesión de las instalaciones deportivas básicas.

2. Acreditación documental de la existencia de un acuerdo de la entidad que exprese su voluntad de participar en la convocatoria.

 

3. Identificación de la persona que ostenta la representación de la entidad.

 

4. Designación de la persona responsable de la instalación que entre otros asuntos realizará las funciones de interlocución con el distrito.

 

5. Estatutos de la entidad o entidades donde se exprese su denominación, ámbito territorial de actuación, domicilio social, fines y actividades (deberán incluir entre sus finalidades sociales el fomento y la práctica de la actividad física y deportiva). Si procede, Certificado de inscripción en el Registro de Entidades Deportivas. Certificado de Declaración de utilidad pública si se dispone.

 

6. Declaración responsable firmada por la persona representante de la entidad en la que conste:

 

-No hallarse incurso en prohibiciones o incompatibilidades para contratar con la Administración.

 

-Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y de que no existen deudas de naturaleza tributaria en periodo ejecutivo con el Ayuntamiento de Madrid.

 

-No tener pendiente de presentación en plazo las cuentas justificativas correspondientes a subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Madrid.

 

-Que todo el personal cuya actividad conlleve algún tipo de contacto con menores está en posesión de certificación negativa del registro central de delincuentes sexuales (ley 26/2015 BOE 29 julio 2015).

 

- La ausencia de utilidad económica por destinar los ingresos obtenidos en dicho espacio para la autofinanciación del proyecto.

 

-Que se comprometen a ofertar un mínimo de dos plazas por categoría, becadas totalmente, incluyendo equipación completa, para usuarios derivados por los Servicios Sociales del distrito en riesgo de exclusión social.

 

7. Certificación firmada por la persona representante legal o el/la secretario/secretaria de éste/a en la que se especifique el número de socios o asociados que consten en el libro de registro de la entidad y que estén en situación de alta en el momento de la presentación de la solicitud.

 

8. Copia de la tarjeta de identificación fiscal.

 

9. Información básica de carácter económico del proyecto a desarrollar durante los años de vigencia de la autorización (incluida la prórroga), consistente en una memoria económica para todas las anualidades del proyecto que contemple los gastos y, en su caso, de los ingresos previstos derivados del uso de las instalaciones y de la organización y desarrollo de las actividades, así como las medidas de ahorro energético adoptadas. En cualquier caso, deberá quedar acreditada en la referida memoria la ausencia de utilidad económica.

 

10. Documento de compromiso de suscripción, en caso de resultar seleccionada, de las correspondientes pólizas de seguros de la modalidad y en la cuantía determinada señalado en el apartado 12 Obligaciones del adjudicatario de esta convocatoria.

 

11. Memoria de la actividad desarrollada por la entidad en la gestión de equipamientos o instalaciones deportivas, públicas o privadas, en la temporada 2022/2023 con especial referencia a las actividades desarrolladas en el Distrito de Usera y su arraigo e implantación indicando las modalidades deportivas desarrolladas y las categorías de base incluidas en el proyecto.

 

12. Plan de mantenimiento, limpieza y conservación de las áreas deportivas y, en su caso, de la edificación, maquinaria y elementos vegetales de la instalación deportiva acompañado de memoria económica para todos los años de vigencia de la futura autorización incluida la prórroga.

 

13. Plan de mejora de las instalaciones acompañado de la memoria económica correspondiente.

 

14. Proyecto de cooperación público social formado por el programa de actividades deportivas que desarrollará la entidad durante los años de duración de la autorización. En dicho programa, se detallarán tanto las actividades de carácter ordinario como extraordinario o puntual. También se indicarán las actividades de carácter social que incrementen la rentabilidad de los espacios públicos deportivos de proximidad. Así como la cesión de espacios a otras entidades sin ánimo de lucro. El proyecto deberá ir acompañado de los documentos 1, 2 y 3 del Anexo I de las presentes bases, debidamente cumplimentados y de los cuadrantes de uso semanales correspondientes (de lunes a domingo).

 

15. Relación del personal que figura en el documento 4 Anexo I de las presentes bases con el que contarían para el desarrollo del proyecto en el caso de resultar adjudicatario, con especial indicación de que la cualificación y titulación se hallen relacionadas con el tipo de actividades que se van a realizar en el marco del proyecto, de conformidad con la Ley 6/2016, de 24 de noviembre, por la que se ordena el ejercicio de las profesiones del deporte en la Comunidad de Madrid, modificada por la Ley 1/2019, de 27 de febrero. Con tal fin deberán presentar catálogo de puestos, todo el personal que participe en el proyecto, indicando, titulación, responsabilidades, tareas y área donde desarrolla su cometido (técnica, sanitaria, administrativa, mantenimiento, seguridad, etcétera).

 

16. Declaración responsable, en el caso de resultar adjudicatario, de cumplir con las obligaciones de afiliación y el alta en la Seguridad Social de las personas trabajadoras destinadas a la ejecución del programa deportivo propuesto y tener a disposición y verificable la documentación completa relativa a este punto.

 

17. Declaración responsable, en el caso de resultar adjudicatario, de suscribir el Código de Ética Deportiva del Comité de Ministros del Consejo de Europa, de 24 de septiembre de 1992, para el Juego Limpio en el Deporte.

 

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