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BOAM nº 8780 (01/12/2020)
Ayuntamiento Pleno

2228

Acuerdos de la sesión (15/2020), ordinaria del Pleno celebrada el día 27 de octubre de 2020.

 

Punto 12. Adoptar el siguiente acuerdo:

"Aprobar el reconocimiento extrajudicial de crédito por importe de 27,33 euros, IVA incluido, a favor de FARMACIA DRA. PILAR VARELA GALLEGO con NIF **1712*** para el abono de la factura correspondiente al suministro de productos de farmacia y parafarmacia a la Escuela Infantil La Paloma durante el mes de noviembre de 2019, con cargo a la aplicación presupuestaria G/201/323.01/221.06 "Centros docentes enseñanza infantil y primaria. Productos farmacéuticos y material sanitario" del Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid vigente para el año 2020".

 

Punto 13. Adoptar el siguiente acuerdo:

"Primero: Aprobar la cuantía de la asignación económica de los Vocales Vecinos para la anualidad 2021 que vendrá establecida en los siguientes importes mensuales:

- Vocal Vecino: 576,47 € mensuales

- Portavoz: 922,66 € mensuales

- Portavoz adjunto: 691,61 € mensuales

Segundo: El importe de esta asignación económica se percibirá íntegramente en once mensualidades excluyéndose la de agosto, por no celebrarse en ese mes sesión plenaria ordinaria de la Junta Municipal de Distrito.

La asignación económica se hará efectiva por meses completos y con referencia a la situación y derechos del vocal vecino al primer día hábil del mes al que corresponda, salvo en el mes en que tenga lugar la toma de posesión, en el cuál el importe se prorrateará por días naturales a contar desde dicha fecha, y en el mes en que tenga lugar el cese, en el cuál el importe se prorrateará por días naturales hasta la fecha del Decreto de cese.

La percepción de esta asignación económica es incompatible con la retribución por el desempeño del cargo de Concejal por lo que en caso de coincidir ambos cargos en la misma persona, sólo se podrá percibir la correspondiente al cargo del Concejal.

Tercero: El Documento para la Autorización, Disposición y Reconocimiento de la Obligación (ADO) que resulta necesario con carácter previo a la ordenación del pago, será elaborado, aprobado y remitido a la Intervención General dentro de los cinco primeros días del mes siguiente al de la liquidación de la asignación económica mensual correspondiente".

 

COMISIÓN PERMANENTE ORDINARIA DE HACIENDA Y PERSONAL Y DE ECONOMÍA, INNOVACIÓN Y EMPLEO

Punto 14. Adoptar el siguiente acuerdo:

"Corregir, al amparo de lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de conformidad con el informe del Secretario General del Pleno y de la Comisión de 9 de octubre de 2020, el error material padecido en el Anexo del acuerdo del Pleno de 29 de septiembre de 2020 por el que, a propuesta de la Junta de Gobierno, se aprobó la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Utilización Privativa o Aprovechamiento Especial del Dominio Público Local, que queda redactado del siguiente tenor literal:

ANEXO

"Artículo único. Modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Utilización Privativa o Aprovechamiento Especial del Dominio Público Local.

La Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Utilización Privativa o Aprovechamiento Especial del Dominio Público Local queda modificada como sigue:

Uno. Se añade una disposición adicional a continuación del Capítulo VIII. Infracciones y Sanciones, que queda redactada como sigue:

«DISPOSICIÓN ADICIONAL

1. Con efectos exclusivos para el ejercicio 2020, se aplicará una reducción del 100 por 100 en la cuota de la Tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local que resulte de la aplicación de las tarifas contenidas en los epígrafes D), E), F) y K).

Dicha reducción se aplicará sobre el importe de la cuota, incrementada con los recargos que, en su caso, correspondan".

2. La reducción a que se refiere esta disposición adicional se aplicará de oficio, sin necesidad de su solicitud por parte del sujeto pasivo de la tasa»".

 

Punto 15. Adoptar el siguiente acuerdo:

"Convalidar el Decreto de 30 de septiembre de 2020 del Alcalde del Ayuntamiento de Madrid por el que se aprueba un suplemento de crédito por importe de 140.000,00 euros en el presupuesto del Ayuntamiento de Madrid (Distrito de Carabanchel), en el programa presupuestario 231.99 "Actuaciones extraordinarias Covid-19", para atender gastos asistenciales extraordinarios devenidos de la pandemia provocada por el COVID-19".

Los cuadros correspondientes a la publicación del precedente acuerdo se incluyen como apéndice II, relacionado con el punto 15 del orden del día.

 

Punto 16. Adoptar el siguiente acuerdo:

"Convalidar el Decreto de 30 de septiembre de 2020 del Alcalde del Ayuntamiento de Madrid por el que se aprueba un suplemento de crédito por importe de 11.876.699,24 euros en el presupuesto del Ayuntamiento de Madrid (Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias), en el programa presupuestario 231.99 "Actuaciones extraordinarias Covid-19", para atender gastos asistenciales extraordinarios devenidos de la pandemia provocada por el COVID-19".

Los cuadros correspondientes a la publicación del precedente acuerdo se incluyen como apéndice III, relacionado con el punto 16 del orden del día.

 

Punto 17. Adoptar el siguiente acuerdo:

"Convalidar el Decreto de 30 de septiembre de 2020 del Alcalde del Ayuntamiento de Madrid por el que se aprueba un suplemento de crédito por importe de 870.215,00 euros en el presupuesto del Ayuntamiento de Madrid (Distrito de Tetuán), en el programa presupuestario 231.99 "Actuaciones extraordinarias Covid-19", para atender gastos asistenciales extraordinarios devenidos de la pandemia provocada por el COVID-19".

Los cuadros correspondientes a la publicación del precedente acuerdo se incluyen como apéndice IV, relacionado con el punto 17 del orden del día.

 

Punto 18. Adoptar el siguiente acuerdo:

"Convalidar el Decreto de 30 de septiembre de 2020 del Alcalde del Ayuntamiento de Madrid por el que se aprueba un suplemento de crédito por importe de 718.914,70 euros en el presupuesto del Ayuntamiento de Madrid (Distrito de Arganzuela), en el programa presupuestario 231.99 "Actuaciones extraordinarias Covid-19", para atender gastos asistenciales extraordinarios devenidos de la pandemia provocada por el COVID-19".

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