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BOAM nº 9645 (04/06/2024)
Distrito de Arganzuela

1887

Decreto de 30 de mayo de 2024 de la Concejala Presidenta del Distrito de Arganzuela por el que se aprueban las bases de la convocatoria “Instalación de casetas de entidades y colectivos ciudadanos en las Fiestas de la Melonera 2024”.

En la proximidad de todos los equipos eléctricos que se precisen para el desarrollo del evento, tales como grupos electrógenos, equipos de luces y sonido, cuadros de distribución de electricidad, etc., deben disponerse de extintores de eficacia mínima 21A-113B (art. 35 del RPEByAr/82).

 

Si las casetas disponen de cocina, la dotación mínima obligatoria será de 2 extintores por caseta, colocándose uno en la cocina y otro junto al cuadro eléctrico.

 

Los extintores se ubicarán en lugares visibles y de fácil acceso, debidamente indicados.

 

Se garantizará durante el funcionamiento de la actividad la instalación de alumbrado de emergencia y la señalización de salidas y equipos de emergencia (art. 35 del RPEByAR/82 y art. 218 de la OPI/93).

 

Los sistemas de protección contra incendios deberán estar debidamente revisados conforme a la normativa en vigor, cumpliendo el Reglamento de Instalaciones de protección contra Incendios (RD 513/2017) en las disposiciones que le sean de aplicación (tipos de fuego, programa de mantenimiento, y revisiones actualizadas).

 

6.11. Residuos generados y combustibles utilizados.

 

Todos los autorizados deberán contar con recipientes propios destinados a la recogida de desperdicios de todo tipo, de forma que se aseguren las condiciones de limpieza del recinto y se realice una correcta separación de residuos.

 

Cada caseta debe realizar recuento de sus residuos generados durante las fiestas (incluidos montajes y desmontajes) y al final de las mismas debe comunicar la cantidad total generada por cada tipo de residuo (en litros, metros cúbicos o kilogramos), así como del consumo de combustible para las labores de cocinado.

 

6.12. Instalación y puesta en funcionamiento de las casetas.

 

Las casetas y cerramientos que instalar por los adjudicatarios deberán ajustarse al mismo modelo, presentando todas ellas características estéticas similares. En este sentido, los titulares de las autorizaciones deberán gestionar de común acuerdo la implantación del modelo elegido.

 

Las casetas tendrán una superficie máxima de 72 m² (6 m x 12 m).

 

- Documentación técnica para presentar antes de las 12:00 horas del día 29 de agosto del 2024:

 

· Proyecto Técnico firmado por técnico competente de las carpas, casetas y elementos de cerramiento que se pretendan instalar, que acredite su suficiencia estructural en la hipótesis de esfuerzos extremos, y la adecuación de sus condiciones a la normativa reguladora de prevención y extinción de incendios, evacuación, estabilidad y reacción al fuego a la normativa reguladora. Dicho proyecto contará con los contenidos indicados en la Ordenanza Municipal de Tramitación de Licencia Urbanísticas y será de aplicación lo establecido en la Ley 17/1997. En caso de instalación de terraza, deberá reflejarse los elementos y mobiliario a instalar.

· Certificado de técnico competente en el que se haga constar que las instalaciones se montan bajo su dirección y que cumplen adecuadamente con las condiciones de seguridad estructural y frente a incendios para su funcionamiento (Hoja de encargo).

 

- Documentación técnica para presentar antes de las 09:00 horas del día 5 de septiembre del 2024:

 

· Certificado final de montaje suscrito por técnico competente, en el que se haga constar que las instalaciones y/o aparatos han sido montado bajo su dirección, conforme al proyecto presentado y:

a. Acredite la suficiencia de su estabilidad estructural en la hipótesis de esfuerzos extremos y de la adecuación de sus condiciones de prevención y extinción de incendios, evacuación, estabilidad y reacción al fuego a la normativa reguladora de todas las instalaciones y aparatos festivos.

b. Da cumplimiento de las condiciones y prescripciones de la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas y las correspondientes Ordenanzas Municipales y demás normativa de aplicación.

· Documentación justificativa de la instalación eléctrica y/o gas exigidos en los puntos anteriores.

· Documentación justificativa de las revisiones y pruebas reglamentarias en vigor de los extintores de incendios y sistemas de protección contra incendios exigidos anteriormente.

 

La falta de presentación de esta documentación, su aportación parcial o deficiente determinará la invalidez de la autorización otorgada y la obligación de retirar inmediatamente la caseta instalada, ello sin perjuicio de la imposición de las sanciones que correspondan por la infracción administrativa cometida.

 

El replanteo de todas las casetas se realizará por el Servicio de Medio Ambiente y Escena Urbana con asistencia de los adjudicatarios de las casetas y la Unidad de Servicios Culturales y Ocio Comunitario. La fecha y hora será fijada por la Junta Municipal de Distrito.

 

En caso de instalación de mesas y sillas estas deberán cumplir las medidas y distribución de los módulos establecidas en la ordenanza de Terrazas y quioscos de hostelería y restauración.

 

Todos los elementos de la caseta, incluyendo la terraza de veladores, deberán estar incluidos en la superficie máxima asignada a la caseta de 72 m² (6 m x 12 m).

 

Ninguna de las instalaciones de agua, saneamiento y especialmente las eléctricas deberán tener contacto con el público, siendo subterráneas o protegidas por pasacables adecuados, excepto las que el Servicio de Medio Ambiente y Escena Urbana determine que pueden ser aéreas. Dichas instalaciones deberán reflejarse en el proyecto técnico correspondiente.

 

En ningún caso se deberá obstaculizar la circulación peatonal y, por lo tanto, se deberán respetar las vías de evacuación previstas para casos de emergencia.

 

Los elementos que instalar deberán dejar un paso libre de metro y medio por detrás de las casetas, para el acceso de policía y servicios municipales.

 

No se permite la instalación de las casetas sobre las rejillas de ventilación ubicadas en la explanada.

 

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