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BOAM nº 7797 (02/12/2016)
Distrito de Centro

2542

Resolución de 1 de diciembre de 2016 del Coordinador del Distrito de Centro por la que se ordena la publicación de los decretos del Concejal Presidente del Distrito de Centro aprobando la relación de subvenciones concedidas, denegadas y desestimadas con cargo a la convocatoria de subvenciones para el fomento del asociacionismo y la participación ciudadana del Distrito Centro 2016.

3. Asociación La Boca, Espacio de Cultura.

Modalidad: Proyecto Búscate la vida. Madrid graba, 2016.

Motivo: Incumple el artículo 2 de las bases de la convocatoria, al superar la cuantía solicitada el importe máximo expresado.

 

4. Asociación Orquesta Escuela del Barrio.

Modalidad: Proyecto De la calle a la orquesta.

Motivo: Incumple el artículo 5.1 de las bases de la convocatoria, al no estar inscrita en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Madrid.

 

5. Asociacion Cultural de Mayores Madrid Centro-ACUMACE.

Modalidad: Proyecto Manualidades.

Motivo: Incumple el artículo 7 de las bases de la convocatoria, al presentar su solicitud fuera de plazo.

 

6. Asociación Coro CEIP Isabel La Católica.

Modalidad: Proyecto.

Motivo: Incumple el artículo 5.1 de las bases de la convocatoria, al no estar inscrita en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Madrid.

 

Contra estas resoluciones, que ponen fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación.

 

I.- Recurso potestativo de reposición, ante el Concejal Presidente de este Distrito, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 123, 124 y 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en adelante, LPAC).

 

II.- Recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en cuya circunscripción tenga su domicilio el demandante o en los de Madrid, a elección de aquel, en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 8.1, 14, 1.2ª y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

 

Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 de la LPAC).

 

Madrid, a 1 de diciembre de 2016.- El Coordinador de Distrito Centro, Jesús Martín Díaz.

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