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BOAM nº 9593 (15/03/2024)
Distrito de Barajas

854

Decreto de 6 de marzo de 2024 del Concejal Presidente del Distrito de Barajas por el que se aprueba la convocatoria de gestión de la Instalación Deportiva Básica El Capricho.

5. En cualquier caso, el importe de las cantidades que se satisfagan por participar en estas actividades no podrá exceder del establecido para los precios públicos aplicados en los centros deportivos municipales.

 

6. La entidad adjudicataria deberá utilizar el bien según su naturaleza y deberá entregarlo en el estado en que se recibe, asumiendo los gastos de conservación y mantenimiento, impuestos, tasas y demás tributos que correspondan.

 

Cláusula 6. Entidades.

 

1. Conforme a lo establecido en el artículo 19.1.a de la OCPS, podrán promover y participar en actividades deportivas de cooperación público-social en la modalidad de gestión las entidades ciudadanas sin ánimo de lucro, las entidades ciudadanas sin ánimo de lucro inscritas en las secciones 1.ª y 2.ª del Censo Municipal de Entidades. El Distrito de Barajas comprobará de oficio la inscripción de las entidades ciudadanas en el Censo Municipal de Entidades, haciéndolo constar en el expediente mediante la oportuna diligencia.

 

2. Sin perjuicio de los requisitos exigidos por la normativa aplicable, para la realización de actividades deportivas de cooperación público-social, las entidades ciudadanas sin ánimo de lucro deberán además incluir entre sus finalidades sociales el fomento y la práctica de la actividad física y deportiva.

 

3. Cuando se trate de entidades deportivas a las que se refiere el artículo 25 de la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid, dichas entidades habrán de reunir los requisitos establecidos en esta norma.

 

Cláusula 7. Documentación que presentar.

 

1. Junto con la solicitud de participación en la convocatoria, la entidad deberá presentar la siguiente documentación, pudiendo presentar cualquier otra documentación que se estime procedente para la valoración de la solicitud:

 

a) Identificación de la entidad que promueve el proyecto, y de su representante, acreditando dicha representación. Además, se deberá acreditar la existencia de un acuerdo de la entidad que exprese su voluntad de participar en la convocatoria, presentando además la documentación relativa al sistema de toma de decisiones de la entidad.

El proyecto podrá ser presentado conjuntamente por más de una entidad, en cuyo caso deberá adjuntarse la relación de estas entidades, con indicación de la que asumirá la titularidad de la autorización, así como la conformidad de los órganos o miembros de cada entidad con este extremo. Cuando se presente un proyecto conjunto por varias entidades se deberán aportar las correspondientes certificaciones de los acuerdos de adhesión expedidas por el secretario de la entidad que acrediten la conformidad con la solicitud, la propuesta de programa de actividades, así como la asunción del régimen de responsabilidad solidarias y del modelo de gobernanza participativo y democrático adoptado.

b) Declaración responsable: (I) de no estar incurso en prohibición o incompatibilidad para contratar con la administración, (II) de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y de que no existen deudas de naturaleza tributaria en periodo ejecutivo con el Ayuntamiento de Madrid, (III) de haber realizado la presentación en plazo de las cuentas justificativas correspondientes a subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Madrid u organismos dependientes, (IV) de hallarse en posesión del certificado negativo de antecedentes penales del Registro Central de Delincuentes Sexuales al que se refiere el artículo 57.1 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia a todo el personal que tenga prevista la atención directa a menores de 18 años, (V) de que las actividades a desarrollar en caso de cobro, exista ausencia total de utilidad económica.

c) Proyecto deportivo y/o propuesta de gestión. El proyecto deportivo para presentar deberá describir de forma detallada todos los aspectos conforme a los criterios que se presentan a continuación. En el proyecto se incluirá el cuadrante de distribución y asignación del uso de las unidades deportivas, donde se detalle el horario y el tipo de uso que se asignará a cada unidad deportiva. Una vez otorgada la autorización, la entidad al que se le otorgue la autorización deberá cumplir todo lo que figure en el proyecto deportivo, cuestión que será objeto de seguimiento por parte del distrito.

d) Información básica de carácter económico del proyecto a desarrollar, consistente en una memoria económica para todas las anualidades del proyecto que contemple los gastos y, en su caso, de los ingresos previstos derivados del uso de las instalaciones y de la organización y desarrollo de las actividades. En cualquier caso, deberá quedar garantizada la ausencia de utilidad económica.

e) Documento de compromiso de suscripción, en caso de resultar la entidad seleccionada, de la correspondiente póliza de seguro en la cuantía determinada a continuación, necesaria para cubrir todos los riesgos derivados de la ocupación, así como los derivados de la responsabilidad civil en que pudiera incurrir la entidad autorizada, como consecuencia del desarrollo de la actividad en el espacio público deportivo de proximidad.

La suscripción de la póliza se justificará al Distrito de Barajas mediante entrega de una copia y de la acreditación del pago de la prima correspondiente (obligación esencial).

La póliza de seguros sin franquicia alguna incluirá como mínimo las siguientes coberturas:

 

· Póliza de seguros de responsabilidad civil, por un importe mínimo de 300.000 euros que cubra los daños y perjuicios que se puedan ocasionar a terceros como consecuencia de la prestación del servicio. El Ayuntamiento de Madrid deberá constar como asegurado adicional en la póliza, sin perder su condición de tercero.

· Póliza de seguros que cubra los daños que pueda sufrir el inmueble, por cualquier riesgo, incluido el incendio, con una suma asegurada de 600.000 euros. El Ayuntamiento de Madrid deberá aparecer como beneficiario de esta póliza, indicando que es el propietario del inmueble.

f) Memoria de la actividad desarrollada por la entidad en la gestión de equipamientos o instalaciones deportivas, públicas o privadas, en los tres últimos años, con especial referencia a las actividades desarrolladas en el Distrito de Barajas y su arraigo e implantación y a las modalidades deportivas y categorías a las que alcanza su actividad.

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