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BOAM nº 8344 (25/02/2019)
Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible

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Resolución de 4 de febrero de 2019 de la Secretaría General Técnica el Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible por el que se hace público el Decreto de 21 de diciembre de 2018 del Delegado del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible, rectificado por Decreto de fecha 31 de enero de 2019, por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones 2018 con destino a actuaciones de rehabilitación y renovación de los edificios existentes de uso residencial vivienda en el ámbito del área de rehabilitación, regeneración y renovación urbana “Colonia Experimental de Villaverde”.

Artículo 14. Lugar de presentación de la solicitud de subvención.

 

La solicitud de subvención, junto con los anexos que procedan y documentación exigida, se dirigirá a la Dirección General de Planificación Estratégica y podrá presentarse:

Electrónicamente, accediendo a la sede electrónica del Ayuntamiento https://sede.madrid.es. En este caso deberá utilizar alguno de los certificados electrónicos admitidos por el Ayuntamiento de Madrid.

Presencialmente, en las oficinas de registro del Ayuntamiento de Madrid, o mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la LPACAP.

Puede informarse llamando al teléfono 010 Línea Madrid o al 915298210, si llama desde fuera de la Ciudad de Madrid.

 

Artículo 15. Modelo de solicitud de subvención.

 

Las solicitudes de subvención se presentarán mediante el modelo que se incorpora al presente Decreto de convocatoria. Este modelo y los restantes referidos en la convocatoria podrán obtenerse en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid, https://sede.madrid.es.

La solicitud deberá estar debidamente formalizada y firmada por el solicitante o quien ostente su representación legal, en la que además de consignar los datos identificativos y de contacto, deberá, bajo su responsabilidad suscribir las siguientes declaraciones, incluidas en el modelo de solicitud adjunto a esta convocatoria:

Declaración de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, según establecen los artículos 33 de la OBRS y 22.1 y 24 RGS. De conformidad con los principios básicos y generales contenidos en el nuevo Reglamento General de Protección de Datos, aplicable desde mayo de 2018, el consentimiento para la consulta de datos deber ser inequívoco, entendiéndose como tal aquel que se ha prestado mediante una manifestación del interesado o mediante una clara acción afirmativa. Esto implica que, a diferencia de la regulación del Reglamento de Desarrollo de la Ley Orgánica de Protección de Datos (Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre), no se admiten formas de consentimiento tácito o por omisión, ya que se basan en la inacción. Por lo tanto, a partir de ahora se requiere un consentimiento explícito de cada consulta, es decir, que pueda demostrarse su existencia.

Declaración de no hallarse incurso en ninguna de las causas que impiden obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas, y de estar al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones, según lo dispuesto en los artículos 33.2 de la OBRS, 25 y 26 del RGS y 13 de la LGS.

Declaración de no haber recibido, ni tener concedida otros tipos de ayudas con el mismo objeto que superen el coste real de lo subvencionado:

c.1) En el supuesto de haber solicitado otras subvenciones, siempre que no supere el coste real del proyecto, se hará expresa mención al órgano o entidad ante la que se han presentado, sin perjuicio de su acreditación con anterioridad a la propuesta de resolución de concesión de la subvención.

c.2) En el supuesto de tener concedida la subvención se deberá hacer expresa mención a su cuantía.

Declaración de no tener pendiente de justificación fuera de plazo subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Madrid o sus organismos públicos. Esta declaración se presentará únicamente en el caso de que haya sido beneficiario de subvenciones de convocatorias anteriores.

El documento "Descripción de las actuaciones" debidamente formalizado y firmada por el técnico responsable de la actuación, siguiendo el modelo que figura como Anexo I de la solicitud de subvención adjunto a esta convocatoria. Este impreso es necesario cumplimentarlo en todos los caso, incluso cuando se presenta proyecto completo de las obras a realizar.

 

Artículo 16. Forma de presentación de la solicitud de subvención.

 

En los supuestos de presentación de solicitud de subvención de manera electrónica, la documentación se presentará utilizando cualquier procedimiento de copia digitalizada del documento original, así como ficheros firmados y visados electrónicamente. En este caso, las copias digitalizadas presentadas garantizarán la fidelidad con el original bajo la responsabilidad de la persona solicitante o representante. La Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica. Se exceptúa la aportación de facturas, que deberá realizarse siempre de forma presencial con los originales y una copia para proceder a su compulsa.

En los supuestos de presentación de la solicitud de subvención de manera presencial, la documentación se acompañará en formato papel (original o fotocopia compulsada), o bien digitalizada en dispositivos de almacenamiento como CDs o similares. La documentación que se presente en formato digital deberá incorporar firma electrónica en todos los casos, y visado digital cuando proceda, según la normativa de aplicación.

 

 

Artículo 17. Documentación que se debe acompañar a la solicitud de subvención.

 

General:

1.1. Documento normalizado "T" Alta de Pago por Transferencia. Este documento estará exclusivamente disponible en la sede electrónica (https://sede.madrid.es). Los beneficiarios indicados en los apartados 1.a) y b), del artículo 6 de esta convocatoria, deberán contar con una cuenta bancaria abierta para el cobro de la subvención.

1.2. Proyecto de las actuaciones a realizar o, en el caso de que no se requiera proyecto de acuerdo con la Ley 38/99 de Ordenación de la Edificación, memoria técnica, planos descriptivos de la actuación y fotografías del lugar, suscrito en ambos casos por técnico competente o instalador, en su caso.

1.3. Presupuesto de la empresa o empresas que realizarán la ejecución de las actuaciones, desglosado por partidas con precios unitarios y totales con el Impuesto sobre el Valor Añadido (en adelante IVA) correspondiente, de conformidad con el artículo 23.3 de esta convocatoria. Este presupuesto aceptado por la propiedad debe estar debidamente firmado y/o sellado por la empresa o empresas que lo presenta.

1.4. Tres ofertas, como mínimo, de diferentes proveedores, con carácter previo a la contratación. La aportación de estos documentos no será necesaria en el caso de actuaciones terminadas o en curso, o en el supuesto de que el beneficiario sea alguno de los señalados en los artículos 6.2 b) y c) de la convocatoria. Cuando la elección no recaiga sobre la oferta económicamente más ventajosa, deberá aportarse una memoria justificando los motivos de la elección en base a criterios de eficiencia y economía.

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