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BOAM nº 5831 (11/07/2008)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid

2161

Acuerdo de 3 de julio de 2008 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se desarrolla la estructura y organización interna del Inventario del Ayuntamiento de Madrid y de los Catálogos separados.

Disposición transitoria primera. Bajas en el Inventario de Bienes del Ayuntamiento de Madrid y aprobación del Inventario de Vías Públicas y Zonas Verdes.

 

1. Con anterioridad al 15 de septiembre de 2008, la Dirección General de Patrimonio entregará a las Secretarías Generales Técnicas de las Áreas de Gobierno de Medio Ambiente y de Obras y Espacios Públicos la relación de todos aquellos bienes y derechos que deban figurar en el Inventario de Vías Públicas y Zonas Verdes, junto con su correspondiente documentación, para que se proceda a su integración en el Inventario de Vías Públicas y Zonas Verdes.

 

2. A tal efecto, la Dirección General de Patrimonio y las Secretarías Generales Técnicas citadas procederán a la formalización de un acta en la que se relacionen tales bienes y derechos y la documentación de la que se hace entrega.

 

3. Tras la suscripción del acta de entrega, por la Dirección General de Patrimonio se procederá a dar de baja en el Inventario del Ayuntamiento de Madrid todos aquellos bienes y derechos que deban figurar en el Inventario de Vías Públicas y Zonas Verdes.

 

4. Durante el primer trimestre de 2009, los órganos competentes procederán a la aprobación del Inventario de Vías Públicas y Zonas Verdes del año 2008 que contendrá, al menos, todos los bienes y derechos dados de baja, de acuerdo con la estructura y organización interna que para el mismo se apruebe por la Junta de Gobierno.

 

Disposición transitoria segunda. Aprobación de los Catálogos separados de bienes muebles no incluidos en el Inventario del Ayuntamiento de Madrid.

 

1. Mediante Decreto del Delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública se determinará el plazo y el procedimiento para la aprobación de los Catálogos separados.

 

2. Asimismo, en dicho Decreto se establecerá el procedimiento para regularizar el contenido del antiguo epígrafe de "muebles no comprendidos en los apartados anteriores", que permita su baja y el traspaso a los Catálogos separados, en su caso.

 

Disposición final primera. Modificación del Acuerdo de la Junta de Gobierno de 18 de junio de 2007, de delegación de competencias específicas.

 

Se modifica el párrafo primero del artículo 1.5.8.1 del Acuerdo de la Junta de Gobierno de 18 de junio de 2007, de delegación de competencias específicas en los órganos superiores y directivos de las Áreas de Gobierno y de los Distritos, que queda redactado en los siguientes términos:

 

"Conforme a lo dispuesto en los artículos 13.1 c) y d) y 19.4 del Reglamento del Inventario General del Ayuntamiento de Madrid, la estructura y organización interna y el contenido de las inscripciones se establecerán mediante Acuerdo de la Junta de Gobierno":

 

Disposición final segunda. Habilitación de desarrollo e interpretación del Acuerdo.

 

Se faculta al titular del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública a dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución del presente Acuerdo, así como para resolver las dudas que pudieran surgir en su interpretación y aplicación.

 

Disposición final tercera. Entrada en vigor.

 

El presente Acuerdo surtirá efectos desde la fecha de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

Madrid, a 3 de julio de 2008.- El Director de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno, Jesús Espino Granado.

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