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BOAM nº 6827 (26/12/2012)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid

2388

Acuerdo de 20 de diciembre de 2012 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se establece la organización y estructura del Área de Gobierno de Las Artes y se delegan competencias en su titular y en los titulares de los órganos directivos.

Disposición transitoria segunda. Nombramiento de los titulares de los órganos directivos.

 

En tanto se proceda al nombramiento de los titulares de los órganos directivos creados o modificados sustancialmente por el presente Acuerdo, las competencias atribuidas a los mismos serán ejercidas por el titular del Área de Gobierno.

 

Disposición derogatoria.

 

Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan o contradigan lo establecido en el presente Acuerdo y, en particular el Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 26 de enero de 2012 por el que se establece la organización y estructura del Área de Gobierno de Las Artes y se delegan competencias en su titular y en los titulares de los órganos directivos.

 

Disposición final primera. Habilitación de desarrollo.

 

Se faculta al titular del Área de Gobierno de Las Artes a dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución del presente Acuerdo.

 

Disposición final segunda. Interpretación.

 

Se faculta a la titular del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública a dictar cuantas disposiciones sean necesarias para resolver las dudas que pudieran surgir en la interpretación y aplicación del presente Acuerdo.

 

Disposición final tercera. Modificaciones presupuestarias, de la relación de puestos de trabajo y de la plantilla de personal.

 

1. El titular del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública adoptará las modificaciones de la plantilla de personal y de la relación de puestos de trabajo que resulten necesarias para la aplicación de lo dispuesto en el presente Acuerdo.

 

2. De conformidad con lo establecido en el artículo 17.1 g) de la LCREM, por el titular del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública se procederá, en su caso, a la aprobación de las modificaciones presupuestarias que resulten necesarias como consecuencia de la estructura orgánica establecida en el presente Acuerdo.

 

Disposición final cuarta. Entrada en vigor.

 

El presente Acuerdo surtirá efectos desde el día 1 de enero de 2013, sin perjuicio de su publicación en el "Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid" y en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid".

 

Disposición final quinta. Comunicación al Pleno.

 

Del presente Acuerdo se dará cuenta al Pleno a fin de que quede enterado del mismo.

 

Madrid, a 20 de diciembre de 2012.- La Directora de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno, Casilda Méndez Magán.

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