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BOAM nº 6950 (28/06/2013)
Ayuntamiento Pleno

1318

Acuerdos de la sesión ordinaria del Pleno celebrada el día 27 de mayo de 2013.

12) Desestimar la solicitud formulada por D. Fernando Martín Muñoz, en representación de la Asociación de la Venerable Orden Tercera de San Francisco de Asís, sobre la declaración de especial interés o utilidad municipal de las obras proyectadas en la finca sita en la calle Santa Isabel nº 42, a los efectos de la bonificación en la cuota del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras que corresponda a las mismas, por tratarse de obras de rehabilitación a realizar en un edificio sito en un Área de Rehabilitación Integrada, incluidas entre los supuestos de bonificación del artículo 5, apartado b), de la Ordenanza fiscal reguladora del citado Impuesto, toda vez que la solicitud fue presentada fuera del plazo establecido en el artículo 16.1 de la citada Ordenanza vigente en el año 2005.

13) Desestimar la solicitud formulada por D. José Morales Carrasco, en representación de la Comunidad de Propietarios de la avenida Manzanares nº 174, sobre la declaración de especial interés o utilidad municipal de las obras proyectadas en la finca citada, a los efectos de la bonificación en la cuota del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras que corresponda a las mismas, toda vez que el edificio en el que se realizan las obras no está incluido en el catálogo de elementos protegidos por el Plan General de Ordenación Urbana de Madrid y, por tanto, no se cumplen los requisitos exigidos en el artículo 5, apartado c), de la Ordenanza fiscal reguladora del citado Impuesto vigente en el año 2011".

Punto 13. Adoptar un acuerdo del siguiente tenor literal:

"Tener a D. Ricardo Naya Arboleya, en representación de Hosjue, S.L., por desistido de su petición, presentada el día 1 de diciembre de 2010, en la que solicitó la declaración de especial interés o utilidad municipal respecto de las obras a realizar en la finca sita en la plaza de Cascorro nº 20, local planta baja, a los efectos de obtener la bonificación en la cuota del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras correspondiente a las mismas, y asimismo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, declarar concluso el procedimiento y proceder al archivo de la referida solicitud".

 

ÁREA DE GOBIERNO DE URBANISMO Y VIVIENDA

 

Tramitados por la Coordinación General de la Alcaldía

 

Punto 14. Adoptar un acuerdo del siguiente tenor literal:

"Aprobar definitivamente, una vez trascurrido el plazo de información pública sin que se hayan formulado alegaciones, el Plan Especial de Control Urbanístico Ambiental de Usos para la implantación de un uso de servicio terciario, en su clase comercial, categoría mediano comercio para la actividad de supermercado de alimentación en edificio exclusivo, en la parcela situada en la calle de Alcocer número 39, promovido por MERCADONA, S.A., Distrito de Villaverde.

El presente Plan Especial de Control Urbanístico Ambiental de Usos tendrá una vigencia de un año a contar desde el día siguiente a la publicación del Acuerdo de aprobación definitiva en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo establecido en el artículo 54.3 del Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, aprobada por Real Decreto 1346/1976 de 9 de abril".

Punto 15. Adoptar un acuerdo del siguiente tenor literal:

"Aprobar definitivamente, una vez trascurrido el plazo de información pública sin que se hayan formulado alegaciones, el Plan Especial de Control Urbanístico Ambiental de Usos para la implantación de garaje aparcamiento privado en las plantas bajo rasante de un conjunto edificatorio compuesto de dos edificios en la calle de Alcalá número 480, promovido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Distrito de San Blas-Canillejas.

El presente Plan Especial de Control Urbanístico Ambiental de Usos tendrá una vigencia de un año a contar desde el día siguiente a la publicación del Acuerdo de aprobación definitiva en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo establecido en el artículo 54.3 del Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, aprobada por Real Decreto 1346/1976 de 9 de abril".

Punto 16. Adoptar un acuerdo del siguiente tenor literal:

"Aprobar definitivamente, una vez trascurrido el plazo de información pública sin que se hayan formulado alegaciones, el Plan Especial de Control Urbanístico Ambiental de Usos para la implantación de uso terciario en su clase de oficina en edificio exclusivo, como uso autorizable en el ámbito regulado por la Norma Zonal 7, grado 1º, en la calle de Arturo Soria número 194, promovido por Consulting Inmobiliario Gilmar, S.A. Distrito de Ciudad Lineal.

El presente Plan Especial de Control Urbanístico Ambiental de Usos tendrá una vigencia de un año a contar desde el día siguiente a la publicación del Acuerdo de aprobación definitiva en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo establecido en el artículo 54.3 del Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, aprobada por Real Decreto 1346/1976 de 9 de abril".

 

Tramitados por el Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda

 

Punto 17. Adoptar un acuerdo del siguiente tenor literal:

"PRIMERO.- Aprobar, en virtud de lo previsto en el artículo 2 del Decreto 92/2008, de 10 de julio, por el que se regulan las modificaciones puntuales no sustanciales de Planeamiento Urbanístico, una vez transcurrido el periodo de información pública sin que se hayan formulado alegaciones, la modificación puntual no sustancial del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid en la calle de las Calas número 13 del Área de Planeamiento Específico 05.11 "Colonia Unión Eléctrica Madrileña". Distrito de Chamartín.

SEGUNDO.- Remitir el expediente a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid, para que el órgano correspondiente lo apruebe definitivamente, si procede, conforme dispone el artículo 2.3 del citado Decreto 92/2008".

Punto 18. Adoptar un acuerdo del siguiente tenor literal:

"PRIMERO.- Desestimar las alegaciones presentadas durante el trámite de información pública en los términos recogidos en los informes técnico y jurídico de fechas 21 de marzo y 6 de mayo de 2013, respectivamente.

SEGUNDO.- Aprobar provisionalmente la Modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid de 1997 en el ámbito del Área de Planeamiento Específico APE 01.07 "Plaza de la Cebada-Carrera de San Francisco". Distrito Centro.

TERCERO.- Remitir el expediente de Modificación del Plan General de Ordenación Urbana a la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid, para que el órgano correspondiente lo apruebe definitivamente, si procede, conforme al artículo 57 e) de la Ley 9/2001, de 17 de Julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid".

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