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BOAM nº 9126 (27/04/2022)
Área de Gobierno de Desarrollo Urbano

1220

Decreto de 21 de abril de 2022 del Delegado del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones 2022 con destino a actuaciones de adaptación de las viviendas para personas con discapacidad y de locales en edificios de uso residencial en la ciudad de Madrid, “PLAN ADAPTA MADRID 2022”.

b) Declaración de no hallarse incurso en ninguna de las causas que impiden obtener la condición de persona beneficiaria de subvenciones públicas, y de estar al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones, según lo dispuesto en los artículos 33.2 de la OBRS, 25 y 26 del RGS y 13 de la LGS.

 

c) Declaración responsable de no haber recibido, ni tener concedida otro tipo de ayuda para la misma actuación.

 

d) Declaración responsable de la veracidad de los documentos presentados.

 

e) Declaración responsable de haber solicitado título habilitante para ejecutar la actuación, en el caso que fuera necesario (declaración responsable, licencia urbanística u otro regulado en la legislación aplicable).

 

f) Exclusivamente para las solicitudes de subvención en locales de uso residencial (línea B):

 

1. Declaración responsable comprometiéndose a adaptar el local, con el objetivo de eliminar cualquier barrera arquitectónica y que el local sea accesible en su totalidad.

 

2. Declaración responsable de que el local cuenta con el preceptivo título habilitante para desarrollar su actividad.

 

Artículo 16. Documentación que debe acompañarse a la solicitud de subvención.

 

1. Documentación general obligatoria:

 

1.1. Modelo oficial de solicitud, cumplimentado en todos sus apartados. Cuando la solicitud sea formulada por la persona representante, deberá acreditarse la representación por cualquier documento válido en derecho.

 

1.2. Certificado o nota simple del Registro de la Propiedad o bien documentación acreditativa del hecho, acto o negocio jurídico (contrato de compraventa, contrato de arrendamiento, escritura de partición de la herencia, testamento y/o certificado de últimas voluntades, escritura pública de donación, etc.) que demuestre la titularidad del inmueble (vivienda o local) como persona propietaria, arrendataria, usufructuaria o titular por cualquier otro título jurídico de similar naturaleza admisible en Derecho.

 

1.3. Documento normalizado "T" Alta de Pago por Transferencia a nombre de la persona beneficiaria de la subvención. Este documento estará exclusivamente disponible en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid (https://sede.madrid.es). Las personas beneficiarias indicadas en el artículo 10.1 de esta convocatoria, deberán contar con una cuenta bancaria abierta para el cobro de la subvención, salvo en los casos que haya representante legal o quien asuma la tutela que será a su nombre.

 

2. Documentación específica obligatoria:

 

2.1. En el supuesto de solicitud por parte de quien no sea la persona propietaria de la vivienda o del local - Declaración responsable suscrita por la persona solicitante o su representante, donde manifieste que goza de la plena disponibilidad del inmueble para la realización de las actuaciones, contando con la autorización de la persona propietaria de la vivienda o del local, según el modelo adjunto a la convocatoria y disponible en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid (https://sede.madrid.es).

 

2.2. En el supuesto de actuaciones sin iniciar o en curso de ejecución - Presupuesto del coste de la actuación para la que se solicita la ayuda, incluyendo las obras o instalaciones a realizar y, en caso de que fuera necesario por la entidad de las obras, proyecto básico firmado por técnico facultativo competente.

 

2.3. En el supuesto de actuaciones sin iniciar - Fotografías del estado actual, previo a la reforma.

 

2.4. En el supuesto de actuaciones sin iniciar y cuando el importe del gasto subvencionable de cada actuación independiente, iguale o supere las cuantías establecidas en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, para el contrato menor, contratos de valor estimado inferior a 40.000 euros, cuando se trate de contratos de obras, o a 15.000 euros, cuando se trate de contratos de suministro o de servicios - La persona beneficiaria de la ayuda deberá solicitar tres ofertas, como mínimo, de diferentes proveedores, con carácter previo a la contratación. Cuando la elección no recaiga sobre la oferta económicamente más ventajosa, deberá aportarse una memoria justificando los motivos de la elección en base a criterios de eficiencia y economía.

 

 

2.5. En el supuesto de solicitud de subvención para actuaciones terminadas en el plazo de presentación de las solicitudes - Se aportará, además de la documentación general, la documentación descrita en el artículo 30 de esta convocatoria y, en el caso que se le requiera, el presupuesto de la actuación.

 

2.6. En el supuesto de solicitud de ayuda relacionada con el artículo 21.3.h de la convocatoria (instalación de domótica, sistemas de control de entorno o tecnologías del hogar digital) - Será necesaria la presentación de Memoria justificativa, elaborada por la persona solicitante y firmada por el Comité de Entidades Representantes de Personas con Discapacidad de la Comunidad de Madrid (CERMI Comunidad de Madrid) o por cualquier organización o entidad perteneciente al CERMI Comunidad de Madrid, que acredite la necesidad de utilizar este tipo de ayudas como apoyo técnico para la discapacidad que presente la persona con discapacidad.

 

Este supuesto no será aplicable en las subvenciones de la línea B de la convocatoria, relativo a la accesibilidad en locales situados en la planta baja de edificios de uso residencial.

 

2.7. En el supuesto de que el objeto, actividad o servicio que se preste en el local esté relacionado con las personas con discapacidad (línea B) - Se aportará documento acreditativo de dicha relación.

 

3. Para acreditar el grado de discapacidad de la persona con discapacidad, que resida en la vivienda, deberá presentar cualquiera de estos documentos:

 

3.1. Certificado de calificación de la discapacidad en vigor, que incluya el grado de movilidad reducida positivo (baremo de movilidad reducida) o que acredite la discapacidad sensorial o intelectual.

 

3.2. Tarjeta individual acreditativa del grado de discapacidad en vigor, que incluya el grado de movilidad reducida positivo (baremo de movilidad reducida) o que acredite la discapacidad sensorial o intelectual.

 

3.3. Excepcionalmente, previa valoración de los técnicos del Servicio de Rehabilitación, y siempre que se tenga reconocida la discapacidad, podrá concederse la subvención con un baremo de movilidad reducida negativo, cuando se aporte informe médico oficial en donde se acredite que la actuación que solicita es necesaria para la discapacidad que tiene.

 

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