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BOAM nº 9624 (03/05/2024)
Distrito de Usera

1431

Decreto de 16 de abril de 2024 de la Concejala Presidenta del Distrito de Usera por el que se aprueban las bases que rigen el otorgamiento mediante pública concurrencia de las autorizaciones demaniales de cesión de las instalaciones deportivas básicas.

18. Cuantos documentos se estime que pueden mejorar la comprensión y valoración de su propuesta.

 

Artículo 8. - Subsanación de defectos de las solicitudes.

 

Cuando la solicitud no reúna los requisitos establecidos en la presente convocatoria, el órgano instructor requerirá al interesado para que subsane o acompañe los documentos preceptivos en el plazo improrrogable de diez días hábiles, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido, previa resolución que será dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que será notificada a los interesados con carácter previo en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid (https://sede.madrid.es).

 

Artículo 9.- Criterios de valoración de proyectos.

 

La valoración de los proyectos se realizará de conformidad con los criterios recogidos en las presentes bases, a los que se les asignará la siguiente ponderación pudiéndose obtener un total de 130 puntos:

 

9.1.-Criterios relativos al proyecto de cooperación público-social reflejado en la programación deportiva propuesta y resto de documentación, al que se le atribuye una puntuación máxima de 70 puntos. Desglosado en los subcriterios que a continuación se describen:

 

a) Número de entidades que solicitan compartir la autorización de uso de la instalación, se le atribuye una puntuación máxima de 5 puntos. Desglosado en:

 

- Una entidad: 2 puntos.

- Dos entidades: 4 puntos.

- Más de dos entidades: 5 puntos.

 

b) Becas en el Programa de Actividades Deportivas, se le atribuye una puntuación máxima de 5 puntos. Para el fomento de la inclusión social, el adjudicatario está obligado a reservar un mínimo de 2 plazas por categoría becadas totalmente, incluyendo equipación completa, para usuarios derivados por los Servicios Sociales del distrito.

 

-Por cada plaza becada adicional que se ofrezca por categoría se adjudicarán 0,25 puntos, hasta un máximo de 5 puntos.

 

c) Idoneidad del proyecto para atender las necesidades sociales del Distrito de Usera, se le atribuye una puntuación máxima de 10 puntos. Desglosado en:

 

-Número de horas semanales cedidas a los centros docentes del distrito: 0,25 puntos por cada hora hasta un máximo de 2,5 puntos.

-Número de horas semanales cedidas a servicios sociales del distrito: 0,25 puntos por cada hora hasta un máximo de 2,5 puntos.

-Número de horas semanales cedidas a centros juveniles del distrito: 0,25 puntos por cada hora hasta un máximo de 2,5 puntos.

-Número de horas semanales cedidas a las asociaciones vecinales del distrito: 0,25 puntos por cada hora hasta un máximo de 2,5 puntos.

 

d) Idoneidad del proyecto para atender las necesidades de cuidado y mejora de las instalaciones, se le atribuye una puntuación máxima de 45 puntos. Desglosado en:

 

-Plan propuesto para garantizar la limpieza de las instalaciones con informe económico. Hasta un máximo de 15 puntos.

-Plan propuesto para garantizar el mantenimiento de las instalaciones con informe económico. Hasta un máximo de 15 puntos.

-Plan de mejora de las instalaciones con informe económico. Hasta un máximo de 15 puntos.

 

e) Presencia de la mujer en los órganos decisorios y técnicos de la entidad hasta un máximo de 5 puntos:

- Por cada mujer que ocupe un puesto técnico (entrenadoras, monitoras, preparadoras, directoras deportivas, fisioterapeutas, psicólogas, etcétera; 0.25 puntos hasta un máximo de 2,5 puntos.

- Por cada mujer que ocupe un puesto en órganos directivos y de gestión del club (presidenta, gerenta, delegada de equipo) etcétera; 0,25 puntos hasta un máximo de 2,5 puntos.

 

9.2.- Criterios relativos a las entidades, al que se le atribuye una puntuación máxima de 40 puntos. Desglosado en los subcriterios, que a continuación se describe:

 

a) Arraigo en el Distrito de Usera, se le atribuye una puntuación máxima de 26 puntos. Desglosado en los subcriterios que a continuación se describen:

 

a.1) Número de entidades solicitantes con sede social en el Distrito de Usera, se le atribuye una puntuación máxima de 6,5 puntos. Desglosado en:

 

· Una entidad: 3,5 puntos.

· Dos entidades o más; 6,5 puntos.

 

a.2) Antigüedad de las entidades solicitantes en el Registro de Entidades Deportivas del distrito de Usera. Se le atribuye una puntuación máxima de 6,5 puntos. Desglosado en:

 

· Hasta 24 meses: 1,5 puntos.

· De 25 a 48 meses: 3,5 puntos.

· Más de 48 meses: 6,5 puntos.

 

En caso de presentarse varias entidades juntas, se tendrá en cuenta la Entidad de mayor antigüedad.

 

a.3) Número de Entidades que han desarrollado anteriormente proyectos deportivos en el Distrito de Usera, se le atribuye una puntuación máxima de 6,5 puntos. Desglosado en:

 

· Una entidad: 3,5 puntos.

· Dos entidades o más; 6,5 puntos.

 

En caso de presentarse varias entidades juntas, la puntuación se concederá con que solo una de ellas cumpla el requisito.

 

a.4) Representatividad de la entidad. Número de socios, se le atribuye una puntuación máxima de 6,5 puntos. Desglosado en:

 

· Hasta 100 socios: 3,5 puntos.

· De 101 a 300 socios: 5 puntos.

· Más de 300 socios: 6,5 puntos.

 

En caso de presentarse varias entidades juntas, la puntuación se concederá con que solo una de ellas cumpla el requisito.

 

b) Capacidad técnica y organizativa de la Entidad, se le atribuye una puntuación máxima de 12 puntos. Desglosado en los subcriterios que a continuación se describen:

 

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